Obligatoriamente y con sanciones los partidos políticos deben respetar la paridad

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  • Se acordará que cada partido proponga 8 mujeres y 7 hombres en la gubernaturas 2021
  • Mujeres, especialistas y diputadas advierten de las resistencias y la poca empatía que se puede generar
  • El INE hará la propuesta el viernes, responde a la Constitución de la República

Sara Lovera

SemMéxico. Cd. de México. 01 de noviembre 2020.- En respuesta a dos peticiones ciudadanas, al principio constitucional en relación a la paridad, a múltiples acuerdos y  recomendaciones internacionales,  a 9 tesis de la Suprema Corte de Justicia,  el Instituto Nacional Electoral INE,   pondrá en la mesa del consejo general el próximo viernes  las obligación de los partidos políticos  para que   en la renovación de las gubernaturas  en 15 entidades del país en 2021, propongan 8 mujeres y 7 hombres, asegurando triunfos a las mujeres para reequilibrar la brecha política de género. Podrán recibir sanciones quienes no cumplan.

El los lineamientos, de ser aprobados, se dota  a los Organismos Públicos Locales Electorales  OPLES a vigilar lo que concierne a partidos políticos nacionales, a los de nueva creación para que cumplan con la paridad total, tanto como  a los partidos locales o regionales y a los de nueva creación.

El razonamiento amplio y detallado, fundado en el proceso del camino a la paridad y a la igualdad sustantiva, señala que desde las primeras cuotas de participación en 1996, la realidad es clara y muestra que hasta hoy los partidos políticos no hicieron ningún tipo de acción efectiva para garantizar un acceso paritario de las mujeres a la candidatura de una gubernatura. En el periodo 2015 a 2020; de las 224 personas postuladas como candidatas, el 81.69 por ciento (183) fueron hombres y 18.30 por ciento (41) mujeres, revelando que los partidos, libres de elegir a sus candidatas y candidatos, siempre deciden registrar sólo a hombres.

El sentido del acuerdo implica que cada partido deberá proponer 4 mujeres en las entidades donde esos partidos hayan logrado votaciones competitivas, altas, de modo que garanticen reponer la falta histórica en que las mujeres, cómo número, han estado rezagadas; el criterio, además se funda en el principio de paridad horizontal que impacta, las mismas reglas, para los mil 900 municipios que se renovarán también en 2021.

De aprobarse este acuerdo, se suma a otros tres que ha tomado el INE en las últimas semanas. El que se refiere a la obligación de los partidos políticos a evitar la violencia política contra las mujeres en razón de género; el que obliga a los partidos a poner en práctica la regla 3 de 3, para evitar las candidaturas de personas con antecedentes de violencia familiar, sexual y no cumplan con la dotación de alimentos y el reglamento para monitorear a la radio y la televisión de modo que se detecten sesgos de género, lenguaje excluyente, difamatorio o estereotipado en notas, entrevistas, imágenes de las mujeres contendientes en las elecciones del próximo año, previstos en la ley y con sanciones.

Algunos datos de los criterios en un documento de pre acuerdo han circulado copiosamente, como seguimiento al artículo de hace 5 días en el diario El Universal de la consejera Karla Humphrey Jordán y el adelanto de la noticia que hizo el ex consejero electoral Marco Antonio Baños Martínez en la puesta en marcha del Comité Editorial de Género en la Organización Editorial Mexicana. Los medios recogieron los datos básico el fin de semana y con poco impacto -ningún medio o portal le dio la noticia principal- ya tuvo algunas reacciones., y la paridad electoral podría significar que en 2021 se mantenga la paridad en las Cámaras Federales, rebasar el 40 por ciento en las cámaras locales y multiplicar por dos el 27.2 por ciento de mujeres que hoy encabezan los ayuntamientos y municipios

Toda la propuesta está  fundamentada en 17 reformas, acuerdos internacionales, 9 tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación  y el examen detallado de los procesos electorales de 1953 –fecha de la reforma constitucional para el voto de las mujeres- a 2019. Por ejemplo entre 1979 en que se eligió a la primera gobernadora a 2018, solamente se han elegido a 7 mujeres, más dos por designación o suplencia.

En México, en el periodo comprendido de 2015 a 2019 se han registrado 224 candidaturas, de las cuales solo 41 han correspondido a mujeres (18.30 por ciento) y 183 han correspondido a hombres (81.69 por ciento), identificándose una gran desventaja en las postulaciones entre hombres y mujeres.

La paridad total que obliga a elevar al 50 por ciento todas las personas en toma de decisiones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2021 y la modificación en 2020 de 36 leyes secundarias, además de las recomendaciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer (CDAW), las hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la OEA y la ONU, están en concordancia.

Advertencias

La diputada de Martha Tagle Martínez, del partido Movimiento Ciudadano, señaló en un twitter del sábado 31, que habrá mucha resistencia en las dirigencias partidarias, hoy encabezadas totalmente por hombres y dijo que ellos soy quienes deciden al final de cuentas las candidaturas. Al  respecto el proyecto de acuerdo señala la libertad de las asambleas partidarias para tomar la decisión, pero ésta deberá estar acorde a lo que decida el INE, tal como lo mandató el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, apenas el 11 de agosto pasado, cuando se conoció la solicitud de la ciudadana Selene Lucía Vázquez Alatorre, aspirante de Morena a la gubernatura de Michoacán, así como las organizaciones EQUILIBRA, Centro para Justicia Constitucional, y LITIGA, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos y una posterior demanda en Change firmada por decenas de otras mujeres.

La destacada política María Elena Chapa Hernández dijo que el acuerdo será una decisión histórica, y habrá que definir reglas muy claras y precisas, para que los partidos políticos hagan la mejor elección.

La expresidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís Figueroa dijo que es muy importante que lleguen la mujeres, y aunque “estamos corriendo” y parece que no hay de otra se tiene que avanzar a “golpe de sentencias”, porque estamos ante el escenario de que se inconformen los partidos. Y ante la cercanía de las elecciones, ésta pudiera ser una regla fundamental, pero, advirtió, todavía no está en ley. Lo importante es negociar muy bien con los partidos y “se podría avanzar”, sin duda.

La diputada Guadalupe Almaguer Pardo, representante ante el INE del Partido de la Revolución Democrática, advirtió sobre resistencia de los partidos. Y reflexionó sobre la realidad que nos rodea. Dijo que los liderazgos de las mujeres en los estados y municipios siguen sin reconocerse.  Podrán aceptar Paridad –los partidos- pero siguen sin reconocer a las mujeres como sus iguales. Además reconoció la importancia de los avances en el INE y la legislación de paridad en todo. De ahí la trascendencia de los nuevos lineamientos, de acordarse el próximo viernes.

Luego dijo que la ley está llegando antes que el reconocimiento, lo que dificulta mucho las cosas. Pero, enfrentar esas dificultades, será entonces el camino. Finalmente advirtió que entre feministas, es claro que “no se trata solo de poner mujeres. Sino mujeres con claridad de lo que hoy se debe defender. “el federalismo, la República, y la independencia del INE”.

La magistrada de la Sala Superior del TEPJF, Mónica Aralí Soto Fregoso, dijo el INE, el 19 de octubre, durante su intervención en el panel Los Compromisos y Retos para Garantizar el Sufragio de las Mujeres ante la Discriminación, Violencia y Contingencia Sanitaria, en el marco del 67 aniversario del voto femenino que los avances  se fundan en las reformas constitucionales de paridad en todo, las hechas a 36 leyes segundarias y atendiendo a las recomendaciones internacionales, juicios ganados y especialmente las recomendaciones de la CEDAW en 2018, y puntualizó que las resistencias a mantener  los privilegios siguen haciendo uso de la diferencia de poder para discriminar, violentar y mantener las desigualdades que impiden una igualdad sustantiva aun en estos tiempos, pese a los importantes e innegables avances en las leyes, en las políticas que hemos alcanzado.

En ese mismo Panel del INE, Blanca Olivia Peña Molina, experta en el análisis de los datos electorales dijo que el reto será cumplir con el mandato de candidaturas con paridad de género y advirtió que resulta paradójico que en un contexto de máxima protección de los derechos políticos de las mujeres, las decisiones no se acompañen de políticas públicas y presupuesto para atender todas las desigualdades. Abonó a mantener como principio de igualdad sustantiva que conciba la diferencia sexual entre las personas como un principio universal de equivalencia humana.

El  proyecto de acuerdo  Responde a la propuesta y demanda del 10 de agosto que hizo Selene Vázquez Alatorre, militante de Morena en Michoacán, que busca la candidatura al gobierno, reclamo que llegó al Tribunal y este lo dirigió al Consejo General del INE.

El valladar son los partidos políticos, que sistemáticamente han hecho toda clase de triquiñuelas para limitar la participación igualitaria de las mujeres en las listas electorales, desde antes de la paridad electoral -2014- en que hubo que establecer un acuerdo de tribunales para que en todos los casos de postulaciones de mujeres, sus suplentes serían mujeres, tras el escándalo que significó el conocido asunto llamado “de las juanitas”.

La aplicación de la paridad es sumamente importante en 2021 porque por primera vez, la renovación de la Cámara de Diputados será concurrente con elecciones en las 32 entidades federativas, y será de gran trascendencia para quienes aspiran a la igualdad sustantiva y a concretar un México 50-50 en todos los niveles, dijo en su momento el consejero presidente del INE. De ahí que se interprete que el pre acuerdo será votado favorablemente.

El proyecto reafirma  que todos los partidos políticos postulen mujeres como candidatas, con la finalidad de revertir la brecha enorme de desigualdad frente a las mujeres en esos cargos de representación popular, máxime que solo en 6 estados que son Colima, Puebla, Tlaxcala, Sonora, Yucatán y la Ciudad de México han sido gobernadas por mujeres en un periodo en cada una de ellas, y en los demás estados ninguna mujer ha accedido a ese cargo de elección popular, aunado a que en 4 estados ni siquiera se postularon mujeres en las últimas elecciones a las Gubernaturas.

Y sostiene que se trata de evitar que a alguna mujer le sea asignada la precandidatura o candidatura a una gubernatura en la que algún partido político haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral local anterior, los partidos políticos nacionales y locales se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. Cada partido político nacional enlistará las gubernaturas postuladas en el proceso electoral inmediato anterior, ordenada de forma creciente conforme al porcentaje de votación que en cada entidad haya obtenido;

II. Las gubernaturas se dividirán en tres bloques conformados de manera proporcional de acuerdo con el porcentaje de votación obtenida en los resultados precisados en la fracción I, a fin de obtener un bloque con la gubernatura con el más bajo porcentaje de votación, un bloque con la gubernatura con el porcentaje de votación media y un bloque con la gubernatura con el más alto porcentaje de votación.

 Una vez realizado lo anterior, el partido político nacional definirá el número de gubernaturas que le corresponderán a cada género por bloque, garantizando la paridad horizontal y transversal.

Tratándose de partidos políticos nacionales de nueva creación, podrán determinar libremente las ocho (8) entidades federativas en las que postularán mujeres para la renovación de las Gubernaturas, al no contar con una participación previa en este tipo de elecciones. 

En el caso de los partidos locales, deberán postular como candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior.

Tratándose de coaliciones o candidaturas comunes entre partidos políticos nacionales y locales, se debe cumplir con la regla de que, en la totalidad de las 15 gubernaturas, se postulen a 8 mujeres y 7 hombres, conforme a los bloques de competitividad señalados, con independencia de la postulación de origen de la candidatura en coalición.

P O S I B L E   A C U E R D O

PRIMERO. Se da respuesta a la solicitud presentada por la C. Selene Lucía Vázquez Alatorre, aspirante a la candidatura de la gubernatura de Michoacán por MORENA, y las organizaciones “Equilibra, Centro para la Justicia Constitucional”,  y “Litiga, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos”, relacionada con la emisión de criterios generales que garanticen el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas en los procesos electorales locales 2020-2021, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JDC-2729-2020, resultando procedente la petición y, en consecuencia, se determinan las acciones conducentes para garantizar el cumplimiento del principio constitucional de paridad en las elecciones 2020-2021 para renovar las Gubernaturas de 15 entidades federativas, en los términos planteados en el presente acuerdo.

SEGUNDO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales, notifique por la vía más expedita a los OPLES el presente Acuerdo y realice las acciones necesarias para, en su oportunidad, informar y verificar la aplicación de los criterios aprobados en el presente Acuerdo, a fin de detallar sus alcances, responsabilidades, procedimientos y términos.

TERCERO. En cumplimiento del artículo 45, párrafo 2, incisos b) y c) del Reglamento, se requiere el apoyo de los OPLES de las entidades, para que publiquen la presente Resolución en el Periódico o Gaceta Oficial de su entidad, así como en su portal de Internet. A su vez, para que notifiquen el presente Acuerdo a todos los integrantes de su máximo órgano de dirección y a los partidos políticos con representación en el mismo en un plazo máximo de 48 horas.

CUARTO. Se vincula a los OPLES para que informen a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales, las medidas adoptadas en cumplimiento a los criterios fijados en el mismo.

QUINTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales para que, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, y la Unidad Técnica de Igualdad de Género y no Discriminación, en caso de que, de la información que le proporcionen los OPL, se desprendan posibles irregularidades derivadas de la aplicación de este Acuerdo, dé vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de este Instituto, así como al resto de autoridades competentes para investigar y sancionar las conductas irregulares.

SEXTO. Lo no previsto por el presente Acuerdo, será resuelto por este Instituto mediante los Acuerdos correspondientes, en términos de lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 1, inciso jj), de la LGIPE.

SÉPTIMO. Se instruye al Secretario Ejecutivo disponga de las medidas conducentes para la difusión del contenido de la presente Resolución, así como la publicación en la página de internet y redes sociales del propio Instituto, y en cualquier otro medio de difusión que resulte pertinente.

OCTAVO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

NOVENO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página de internet del Instituto.

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