En México, 310 asesinatos de mujeres por mes: CNDH

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* 2,481 mujeres asesinadas en los últimos ocho meses

* Una de cada 10 víctimas era una niña o adolescente

Soledad Jarquín Edgar

SemMéxico. Ciudad de México, 06 noviembre 2019.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos señaló que pese a la falta de una metodología homogénea de medición de la violencia feminicida de enero a agosto de 2019 –ocho meses-, han sido asesinadas dos mil 481 mujeres en México, 310 cada mes. Y, enfatiza que de cada 10 homicidios dolosos contra mujeres, uno es cometido contra una niña o adolescente.

De acuerdo con la publicación hoy en el Diario Oficial de la Federación de la Recomendación General 40/2019 sobre la violencia feminicida y el derecho de las mujeres a una vida libre en México, la CNDH sostiene que las tasas de violencia contra las mujeres y el feminicidio han aumentado en el país, por lo que emitió un total de 24 recomendaciones a los tres niveles de gobierno y a los poderes republicanos.

La Recomendación General tiene como objetivo exponer la situación actual de la violencia feminicida que viven las mujeres en México; así como contribuir en la garantía de los derechos a una vida libre de violencia y de acceso a la justicia, proponiendo acciones para el fortalecimiento de mecanismos y dispositivos legales para que estos se implementen mediante propuestas de políticas públicas de manera efectiva, con perspectiva de género y de derechos humanos.

En el análisis realizado por la CNDH concluye que las tasas de violencia y de feminicidio han aumentado de forma significativa en el país, lo que implica –dice- que el reto actual es la efectividad a favor de todas las víctimas de la La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el ámbito federal y sus versiones locales, así como los distintos mecanismos de protección de las mujeres víctimas de violencia como lo es la Alerta de Violencia de Género, refugios y órdenes de protección.

Otro reto para conseguir la efectividad de los mecanismos de protección es la Coordinación interinstitucional entre el poder ejecutivo, legislativo y judicial a nivel federal y estatal junto con los municipios para la modificación e implementación de la LGAMVLV.

En sus observaciones, la CNDH señala que México carece de un mecanismo que registre de manera homogénea el número de feminicidios en México, pese a ello las fuentes de información para dimensionar la violencia feminicida, en todos los casos, coincide en el aumento en el número de asesinatos de mujeres: 10 mujeres son asesinadas cada día en el país.

Violencia contra niñas y adolescentes

También señala los altos índices de feminicidios y violencia feminicida de la que son víctimas directas o indirecta, niñas, adolescentes menores de 18 años, que de acuerdo con el Diagnóstico de Acceso a la Justicia y Violencia Feminicida (CNDH), el 11.53 por ciento fueron niñas y adolescentes, es decir de cada 10 homicidios dolosos, por lo menos en un caso, se trata de una niña o adolescente.

Cita también la información de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) sobre la grave situación de trata y desaparición de niñas y adolescentes y los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública: de enero a junio del presente año, se registran a nivel nacional tres mil 320 víctimas de trata, de las cuales, 805, es decir, una cuarta parte, corresponde a niñas, niños y adolescentes, de los cuales, en 7 de cada 10 casos, la víctima es una niña o mujer adolescente.

Se refiere a la negación del servicio de acceso inmediato a la anticoncepción de emergencia y aborto legal para niñas y jóvenes, de acuerdo a la NOM 046, lo que genera una revictimización y violación a sus derechos a la seguridad jurídica, a la salud, a la procuración de justicia y a la protección del interés superior de la infancia, tal como lo ha señalado esta Comisión Nacional en la Recomendación 49/2018.

Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres

Hasta el15 de octubre de 2019, en el país se han solicitado 34 procedimientos de Alerta de Violencia de Género en 28 Estados de la República, de los cuales, 20 han resultado en Declaratorias de Alerta de Género. La última Alerta, fue declarada el 20 de septiembre de 2019 y corresponde al Estado de México por desaparición de niñas, adolescentes y mujeres, siendo la primera AVGM declarada por esta modalidad. Por otra parte, en 10 entidades, no fue declarada la Alerta de Violencia de Género. Asimismo, cuatro entidades se encuentran en alguna fase del procedimiento.

En ese sentido, la recomendación general de la CHDH apunta que “ha reconocido aspectos positivos del procedimiento”, sin embargo, afirma que no se observan cambios sustanciales en el contexto de la violencia feminicida en entidades con declaratoria desde hace cuatro años (Estado de México y Morelos) o en aquellas que tienen dos declaratorias como Veracruz.

Sostiene que en aquellas entidades donde no se declaró la AVGM, ni la ley ni su reglamento prevén mecanismos de seguimiento y aunque en estos casos la CONAVIM será responsable del seguimiento “no existe claridad en los criterios utilizados para dicha tarea”.

Refiere al Diagnóstico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como integrante de los grupos de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, en el que la CHDH propone modificaciones a la normatividad que regula este mecanismo.

La alerta ayuda, pero no puede constituirse como la única estrategia para erradicar la violencia contra las mujeres; por el contrario, se requiere la implementación integral de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como estrategias de combate a la impunidad y el silencio que rodean a los feminicidios.

Costos de la violencia en el PIB es del 2 por ciento

Los recursos públicos, fundamentalmente del ámbito del presupuesto federal (Anexo 13) se han incrementado cada año: en 2006, el monto fue de dos ml 428 millones de pesos (mdp) hasta llegar en 2019 a una asignación del 63 mil 209 mdp.

Recuerda, sin embargo, que de acuerdo con las cifras del Banco Interamericano de Desarrollo, dadas a conocer por el Secretario General de la Organización de Estados Americanos, José Miguel Insulza, «[…] los costos de la violencia contra las mujeres están cerca al 2% del Producto Interno Bruto (PIB) de los países de América Latina y el Caribe, y sin embargo los países de la región sólo invierten entre 0.01 % y 0.1 % del (PIB) en programas para prevenir, atender y sancionar esta violencia«.

Los refugios para mujeres víctimas de violencia

Este Órgano Nacional pudo percatarse a través de las diversas entrevistas realizadas en los refugios, que los servicios y acompañamiento que ahí se prestan resultan fundamentales para salvaguardar a las mujeres y darles la oportunidad de hacer un plan inmediato para la sobrevivencia y su futuro desarrollo, una vez rescatadas del riesgo, por ende, la permanencia y operación de los refugios deben ser prioridad de política pública.

Acceso a la justicia

Señala que en México persisten condiciones de impunidad.

puede observar que, a pesar de la gravedad de los feminicidios y la violencia feminicida, así como el aumento en sus cifras en los últimos años, su investigación no es una prioridad para algunas entidades; la eficaz investigación de las muertes violentas de mujeres implicaría trabajos de profesionalización a través de la creación de protocolos, con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, que permitan desarrollar una investigación criminal con todas las formalidades en el contexto del sistema penal acusatorio y adversarial que generen un debido proceso a las víctimas y agresores.

También cita las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso González y Otras («Campo Algodonero») vs México; Caso Fernández Ortega y Otros vs México; y la sentencia Caso Rosendo Cantú y Otra vs México.

Asimismo, es necesario que todas las entidades federativas y la Federación den cumplimiento al Acuerdo 04/XLIII/17. Investigación de homicidios dolosos de mujeres bajo protocolos de feminicidio, del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su Cuadragésima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de diciembre de 2017,y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 2018.

Destaca la sentencia del amparo en revisión 554/2013 emitida por la SCJN, el 25 de marzo de 2015, el cual versa sobre el caso de la muerte violenta de una mujer que fue investigado por la entonces Procuraduría del Estado de México como suicidio, además de que se cometieron diversas irregularidades.

Esta sentencia constituyó el primer pronunciamiento sobre feminicidio de este tribunal. Esta tesis señala elementos de importancia para la investigación de los casos de muertes violentas de mujeres que modifica la forma tradicional de investigarlos con el objetivo de que se lleven cabo con perspectiva de género, centrándose también en la víctima y la violencia previa que pudo haber experimentado. (Mañana las recomendaciones)

SEM/sj/IL

1 COMENTARIO

  1. Sería bueno que dieron los datos generales de homicidios para poder hacer una justa ponderación de equidad de género. Estamos ante el supuesto de una clara problemática (y terrible) pero sería más justo ver también que pasa en torno a fallecimientos a género masculino e intergéneros adultos/xs y niños/xs. Justo al inicio señala de las dificultes metodológicas de medición, creo que ésta es una. Claro que de cualquier forma son datos muy importantes.

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