Con todo y AVGM, 2019 el año más violento para el estado de Morelos

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  • 100 feminicidios registrados oficialmente, 386 documentados por la CIDHM.

Elda Montiel

SemMéxico. Cuernavaca, Morelos. 10 de febrero 2020.- A cuatro años y medio de la Declaratoria de Alerta en el estado, la Comisión Independiente de los Derechos Humanos de Morelos (CIHDM), señala que el año de 2019 fue el más violento para el estado en cuanto a casos de mujeres asesinadas con un registro de 100 casos, en un rango de edad que va de los 21 a los 50 años de edad.

En tanto, los municipios con mayor número de casos registrados fueron Cuernavaca, Emiliano Zapata, Yautepec, Jiutepec, Temixco, Xochitepec, Cuautla, Jojutla y Puente de Ixtla.

Sin embargo, los números de feminicidios documentados por la CIHDM, en dichos municipios, dan cuenta de 386 casos.

Por lo que este organismo de Derechos Humanos hace un enérgico llamado a todas y cada una de las instituciones para que frenen los asesinatos de cientos de mujeres, pues al no aplicar verdaderas y efectivas políticas públicas para combatir la violencia en contra de la población femenina, y mucho menos hacer efectiva la legislación vigente que previene y sanciona la violencia contra las mujeres, se vuelven directamente responsables.

Asimismo, demandan tipificar la violencia institucional para combatir el feminicidio, y a las y los servidores públicos que por acción u omisión hagan un mal trabajo que impida a las victimas alcanzar justicia, debe aplicarse penas que contemplen una multa, prisión e inhabilitación para ocupar cargos en la administración pública y de elección popular.

Incluir en el Código Penal un artículo 109 Bis que establezca la tipificación y las sanciones de tipo penal a quienes en el ejercicio de sus funciones cometan violencia institucional y con ello transgredan las disposiciones contenidas en la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

Y que las organizaciones peticionarias de la Alerta de Violencia estén incluidas en todo el proceso, con voz y voto. Si no es así, se abre la posibilidad de que el Estado simule.

La CIDHM, señala que a pesar de la Alerta de Violencia de Genero en el estado de Morelos, que tiene como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, el nivel de violencia feminicida se mantiene en los más altos niveles.

Ante estos crímenes, precisan, no debemos olvidar que las consecuencias del feminicidio son múltiples y además de privar de la vida a las mujeres, deja secuelas graves en su entorno familiar y en el tejido social.

La Alerta de Violencia de Genero es un buen mecanismo para examinar de cerca al Estado y detectar el procedimiento donde se está reproduciendo la violencia feminicida y determinar las medidas a subsanar, sin embargo, deben estar incluidas con voz y voto las organizaciones solicitantes para que no haya simulación. 

También la Alerta de Violencia de Género de acuerdo al Artículo 22, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 2007 es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.

Debe implementar las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida; Hacer del conocimiento público el motivo de la alerta de violencia de género.

En Morelos, las mujeres son doblemente victimizadas: son las madres, las hermanas, las hijas, quienes sufren la pérdida y el trauma psicológico y el daño moral que significa el trato que autoridades y algunos medios de comunicación amarillistas dan a los cuerpos de las víctimas, exhibiéndolos y denigrando su dignidad.

Las cifras en 19 años dan cuenta que los municipios con mayor número de feminicidios son: Cuernavaca con 85; Temixco con 36; Jiutepec con 30; Yautepec con 25; Cuautla con 21; Emiliano Zapata con17; Jojutla y Puente de Ixtla con 15 cada uno; Tlaltizapan con 14; y Xochitepec y Zacatepec con 13 cada uno.

En dichos años la CIDHM ha documentado 1035 feminicidios. Aunados con los reportados por las autoridades de manera detallada, tenemos un total de 1191.

Ya el Código Nacional Penal, en su párrafo final, artículo 109, garantiza en el numeral XXIX, que para los delitos que impliquen violencia contra las mujeres, se deberán observar todos los derechos que en su favor establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y demás disposiciones aplicables.

Por ello es necesario incluir en éste Código Penal un artículo 109 Bis que establezca la tipificación y las sanciones de tipo penal a quienes en el ejercicio de sus funciones cometan violencia institucional y con ello transgredan las disposiciones contenidas en la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. Hasta el momento, solamente se establecen responsabilidades administrativas pero no penales, lo que limita las sanciones correspondientes que sirven como manto de la impunidad.

SEM/em/IL

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