Proponen modificar Ley Federal de Protección Industrial

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  • Lorena Villavicencio Ayala y Porfirio Muñoz Ledo, suscriben la iniciativa
  • Medicamentos genéricos reducirán costos en el sector público con respecto a patentes.

Redacción

SemMéxico, Cd. de México, 14 de julio, 2020.- Para eliminar obstáculos normativos en la producción de medicamentos genéricos que sustituirían a medicamentos de patente; y evitar juicios que retrasarían, incluso por años, su entrada al mercado, la Diputada Silvia Lorena Villavicencio Ayala y el Diputado Porfirio Muñoz Ledo, propusieron modificar la recién creada Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

Al detallar los beneficios que tendría la aprobación de su propuesta en costos económicos para la población y en el gasto gubernamental, preciso, que con la firma del Tratado de Comercio México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en ningún momento se establecieron condiciones o limitantes en esta materia.

Por lo cual, consideró indispensable eliminar requisitos que desde el Poder Legislativo “nos hemos autoimpuesto para la obtención de autorizaciones para la producción de medicamentos genéricos al vencer la patente”. La iniciativa hace énfasis en los problemas de la competencia desigual en un mercado complejo, y que obstaculizan un funcionamiento más eficiente de este sector.

Los medicamentos genéricos y/o la presentación de pruebas de bioequivalencia, disminuirán costos y ampliarán la atención para personas con diabetes, enfermedades metabólicas e inmunológicas, VIH o sida, cáncer, complicaciones respiratorias, artritis reumatoide y quienes requieren tratamientos de planificación familiar, indicó.

La propuesta sometida a consideración de la Comisión Permanente, prevé modificar 3 artículos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, ya que La legisladora considera que la premura por ratificar el T-MEC limitó un análisis más profundo de la disponibilidad y accesibilidad de medicamentos genéricos. 2

Los legisladores integrantes de las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, plantea cambios al artículo 45, el cual deberá establecer que “Para los efectos del presente Capítulo se entenderá por: Fracción I.- Nuevo, todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica”. Por lo que se eliminará el siguiente texto: No se excluirá de la patentabilidad a cualquier sustancia, compuesto o composición comprendida en el estado de la técnica, siempre y cuando su utilización sea nueva;»

Para avanzar en el derecho humano de acceso a la salud, Lorena Villavicencio y Porfirio Muñoz, plantean añadir la fracción IX al artículo 47 de la Ley para que establezca que “No se considerarán invenciones, en particular: …IX. La variación de uso, de forma, de dimensiones o de materiales de invenciones conocidas, salvo que esta variación implique un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia.»

Aclararon que “excluir las variaciones de uso de invención”, retrasaría la entrada al mercado de medicamentos, al establecer la obligatoriedad de patentar invenciones que no representan un avance tecnológico real”.

También, plantearon modificar el párrafo tercero del artículo 162 que establece: Para los fines previstos en el Reglamento de Insumos para la Salud, el Instituto publicará trimestralmente en la Gaceta la relación de las patentes vigentes de principio activo y de medicamentos de síntesis química. Los términos de dicha publicación estarán establecidos en el Reglamento de esta Ley.»

Señalaron que sin esa modificación, el sistema de vinculación sería vulnerable a cambios en lo dispuesto en el artículo 167 bis del reglamento porque al no emplear las palabras “principio activo y composiciones” generará inseguridad e incertidumbre jurídica y abrirá la puerta a juicios largos que retrasarían o provocarían rechazo en los trámites para la obtención de registros sanitarios de medicamentos genéricos.

De la redacción de la Ley actual, se desprende que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial determinará si una patente protege o no un medicamento de referencia, cuando esta debe ser competencia de Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Recordó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), a través del «Estudio en materia de libre concurrencia y competencia sobre los mercados de 3 medicamentos con patentes vencidas en México”, señalaron entre otras cosas que los medicamentos genéricos no imponen suficiente presión competitiva con respecto a los socios comerciales de Estados Unidos y Canadá.

Entre los elementos más relevantes de este Estudio destaca que en condiciones de competencia similares a las de los socios comerciales del norte, los consumidores mexicanos en conjunto ahorrarían un promedio de 2,552 millones de pesos anuales en medicamentos. De igual forma, reportaría beneficios al sector público de la salud al ofrecer disponibilidad y costos accesibles.

SEM/SJ

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