El feminicidio (y las ganas de aplaudir)

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Claudia Almaguer
SemMéxico, 17 de agosto, 2020.- El pasado 13 de agosto Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República propuso al Congreso, obligar al Ministerio Público a que investigue toda muerte violenta de mujer como feminicidio. Esa idea fue celebrada en medios y redes sociales por mujeres activistas y legisladoras como un gesto de voluntad política generoso e inusual para el mismo funcionario que a principios de año quería eliminar el feminicidio del código penal.

Pero fuera de esta tendencia de ensalzar a un hombre cuando “entiende” y considerando que la deuda principal es para con las víctimas que han estado protestando para acceder a la justicia; es urgente cuestionarse si lo que propuso el Fiscal realmente es una dádiva y no algo que ya está previsto como parte de sus obligaciones.

Comencemos por decir que un delito es de exacta aplicación, allí no van instrucciones administrativas ni protocolos o manuales o buenas intenciones o discursos políticos o recetas de cocina. La Política Criminal de las normas penales de un Estado Democrático y de Derecho prevé y sanciona conductas conforme a los requisitos formales de una Teoría del Delito. Ni se le debe pedir más ni sirven de nada los adornos y florituras.

Dicho lo anterior vamos a deshilar este enredo:

La intención de hacer un solo delito de feminicidio para todo el país deviene de las Observaciones Finales emitidas en julio de 2018 por el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) al Estado mexicano (https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CEDAW%2fC%2fMEX%2fCO%2f9&Lang=en) que textualmente recomiendan:

“Vele por que se tipifique como delito el feminicidio en todos los códigos penales estatales de conformidad con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, normalice los protocolos de investigación policial del feminicidio en todo el Estado parte y garantice la aplicación efectiva de las disposiciones del derecho penal sobre el feminicidio”

La Ley General de Acceso en mención conduce a su vez a la tipificación del artículo 325 del Código Penal Federal, figura que en su momento fue considerada la mejor de la región en opinión del Dr. Carlos Echarri Canovas por integrar en las razones de género los constructos teórico feministas de Ana Carcedo Cabañas, Montserrat Sagot Rodríguez, Julia Estela Monárrez Fragoso y Marcela Lagarde y de los Ríos.

De tal manera, si hablamos de homologar el feminicidio, bastaría con integrarlo ahora si a la Ley General y modificar el artículo 73 constitucional para añadirlo como uno de los tipos penales de facultad exclusiva del Congreso. Pero tener un solo delito para todo el país no resuelve la incapacidad de sus operadores para aplicarlo, lo que nos lleva al punto siguiente que Gertz propuso meter al tipo penal: forzar a la autoridad ministerial a que investigue por feminicidio toda muerte violenta de mujer.

La Fiscalía General de la República tiene un “Protocolo de investigación ministerial, policial y pericial con perspectiva de género para el delito de feminicidio”

(www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/253267/Protocolo_Feminicidio.pdf) publicado el 1 de septiembre de 2015 que tiene por objeto: “proporcionar una herramienta metodológica estándar y efectiva en la investigación de la violencia feminicida, competencia de la Procuraduría General de la República, cometidos en agravio de las mujeres y niñas, para que se realicen con visión de género y estricto cumplimiento al principio de debida diligencia”.

Es decir, ya tiene sus años que el Ministerio Público está obligado a trabajar con perspectiva de género por eso ya existen instrumentos específicos para la investigación que se publican mediante acuerdos administrativos emitidos por los diferentes titulares que han pasado por esa institución.

De hecho la obligación de aplicar perspectiva de género se originó desde el 14 de junio de 2012 cuando se modificó el Código Penal Federal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, obligando a la entonces PGR a formar a sus agentes en esta materia para la debida diligencia en la conducción de investigaciones y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y feminicidio.

Si alguien quisiera objetar que la Procuraduría ya no existe, entonces podemos decir que en la nueva normativa aprobada por el Congreso para la Fiscalía General de la Republica, la perspectiva de género es un principio rector y el Ministerio Público está obligado a garantizar su aplicación en la investigación y ejercicio de la acción penal de acuerdo a las condiciones específicas de las víctimas por lo que en casos de violencia de género y contra la mujer su personal debe estar especializado.

Cabe decir para el resto de las Fiscalías de México ya existen acuerdos interinstitucionales para investigar toda muerte de mujer como probable feminicidio, del mismo modo en que hay una figura de feminicidio por cada entidad federativa, en mayor o menor medida, muy similares a la del Código Penal Federal.

Luego entonces no hay ninguna dádiva aquí y dado el llamado de las víctimas es un insulto hacer pasar de favor lo que es una obligación jurídica vigente en la legislación desde hace varios años. Mejorar el tipo penal ameritaría preguntar a las mujeres con cuyos estudios se creó la norma antes que ir a consultar a los mismos señores que hace siete meses emitieron un boletín de lo más vulgar para borrar el delito y evitarse el esfuerzo.

Para considerarles la buena voluntad aprovechando su ánimo de hacerse aliados feministas, pidamos la integración del feminicidio al Plan de Persecución Penal, el fortalecimiento de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas que tuvo un recorte de presupuesto del 25 %, y en la que manda un hombre siendo que siempre habían liderado abogadas especializadas con perspectiva de género o la adopción nacional del Modelo de Protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género de las Naciones Unidas.

Exijamos entonces más que palabras, contengamos un poco las ganas de aplaudir porque llevamos 27 años de promesas y del otro lado están las víctimas, mirando, que nos dé un poco de pudor, porque ya no más.
Twitter: @Almagzur

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