Crisis humanitaria en materia de desaparición.

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Yaneth Angélica Tamayo

SemMéxico. 8 de enero de 2021.- En audiencia pública celebrada en mayo de 2019, durante el 172 periodo de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Estado mexicano reconoció la crisis humanitaria en materia de desaparición y emergencia nacional forense en México.

Reconocimiento que se suscitó tras las mesas de trabajo que el Estado sostuvo con las familias de personas desaparecidas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales; en donde además se aprobó la creación del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense. Siendo hasta diciembre del 2020, cuando por fin, el Estado mexicano se comprometió a elegir los perfiles del Grupo Coordinador que elaborará el plan de trabajo para la entrada en funciones del MEIF.

Como preguntas detonadoras para entender la trascendencia de la creación de este Mecanismo, habría que preguntarnos lo siguiente: ¿Para qué la creación de un Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense?  ¿Por qué en México?  Y ¿Qué beneficios producirá este Mecanismo?

Para dar respuesta a estas interrogantes, se debe partir del siguiente antecedente nacional.

El primer escenario a tomar en cuenta, se deriva de la violencia que experimentó el país durante el desarrollo del sexenio de Felipe Calderón (2006-2012), en donde la escalada de violencia que acompañó la guerra contra el crimen organizado, se reflejó principalmente en el crecimiento exponencial del índice de homicidios y desapariciones.

Situación que generó una sistemicidad en la violación a derechos humanos, ya que la estrategia empleada por el ejecutivo dejó en estado de indefensión a la ciudadanía, perpetrándose abusos por parte de las fuerzas de seguridad, incluyendo militares.  

Si bien, en ese entonces el Estado trató de demostrar control y castigo al poder económico del narco, la realidad es que, la estrategia impuesta por el ejecutivo falló, pues esto produjo que el crimen organizado se diversificara en sus actividades ilícitas. 

La trata y tráfico de personas (inmigrantes), extorsión, secuestros, cobro del “derecho de piso”, “piratería” y redes de prostitución formaron parte de sus actividades criminales. Otorgándoles de nueva cuenta poder económico, mayor beligerancia y dominio de los territorios. Y todo esto en complicidad y complacencia de las autoridades mexicanas, lo cual ha dado como resultado miles de muertos y desaparecidos.

Ahora bien, ¿Para qué la creación de un Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense?, pues bueno, estos son implementados con la asistencia de organismos internacionales como las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos y por organismos especializados, cuando los Estados partes no proporcionan respuestas eficaces y eficientes ante desafíos persistentes de graves violaciones a derechos humanos y violencia extrema, ya sea por que sus mecanismos nacionales no son idóneos o porque la situación los ha sobre pasado.

En el caso de México, este mecanismo se ha creado porque concurren ambas situaciones; por una parte, los mecanismos internos han resultado insuficientes para esclarecer el paradero de las personas y por otro lado se encuentra el tema sin resolver de las fosas clandestinas y la identificación de cuerpos hallados en estas.

Tan solo, del periodo de 1964 al día de hoy enero, hay un total de 76,240 personas desaparecidas y 5.886 no localizadas, siendo Tamaulipas, Jalisco, México, Veracruz, Nuevo León, Sonora y Sinaloa, entidades con mayores registros. En donde, además se han ubicado un aproximado de mil 339 fosas clandestinas y 81 cementerios clandestinos, esto según datos de la Comisión Nacional de Búsqueda y del Subsecretario de Derechos Humanosde la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

Sin contar el número de osamentas encontradas por colectivos integrados por víctimas que se dedican a hacer búsquedas de personas desaparecidas y rastreo de fosas clandestinas.

Por ello, la CIDH ha reconocido el compromiso del Estado mexicano en la creación de este Mecanismo Extraordinario ya que, los efectos que producirá se verán reflejados en los trabajos para erradicar la impunidad estatal, lo cuál garantizará los derechos de las víctimas al acceso de justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición.

Para finalizar, solo basta mencionar que el Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense, está encaminado a convertirse en una buena práctica de construcción de una política pública con enfoque de derechos humanos que garantice el derecho de participación de las familias de personas desaparecidas en la creación de institucionalidad para la búsqueda, identificación y restitución de sus seres queridos, en los términos delineados por el sistema interamericano. 

Situación que de manera permanente le recordará al Estado mexicano su deber estatal de búsqueda e implementación de estrategias integrales que agoten todos los medios y recursos al alcance del Estado para buscar, localizar, liberar, exhumar, identificar y restituir a las personas desaparecidas, de forma efectiva, exhaustiva y expedita, así como eliminar los posibles obstáculos internos que impidan dicha coordinación interinstitucional.

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