No es una atribución de la Fiscalía, debe ser una obligación, dice

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Soledad Jarquín Edgar

SemMéxico, Oaxaca, 21 marzo 2019.- La diputada Elisa Zepeda Lagunas presentó una iniciativa para que las investigaciones relacionadas con “las muertes violentas de mujeres” sean investigadas por la Fiscalía General del Estado bajo la presunción de feminicidios.

La legisladora de Morena apuntó que esta iniciativa es resultado de la observación de un problema y busca resolver el hecho de que las investigaciones relacionadas con las muertes violentas de mujeres no son clasificadas como feminicidio desde el inicio de las carpetas de investigación o, en su caso, averiguaciones previas, lo que dificulta la identificación de los posibles componentes de género en esos hechos violentos, incumple un estándar establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y recomendaciones internacionales sobre el tema.

Señaló que es evidente que en Oaxaca esto no sucede y recordó la comparecencia del 5 de febrero pasado del Fiscal General, Rubén Vasconcelos Méndez, quien dio cuenta de las estadísticas sobre el inicio de carpetas de investigación por feminicidio y, de manera separada, por homicidio doloso contra mujeres, citando las cifras presentadas por el servidor público en aquella ocasión.

Zepeda Lagunas sostuvo que aunque el fiscal no lo plantea, la disminución de carpetas de investigación iniciadas por feminicidio está relacionada directamente con el aumento de las iniciadas por homicidio doloso. Esto queda de manifiesto en el Diagnóstico Nacional de Acceso a la Justicia y Violencia Feminicida en México, publicación de 2018 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Universidad Autónoma Metropolitana, donde se muestra cómo en Oaxaca, al igual que en otros estados, paulatinamente se han iniciado menos carpetas por el primer delito y más por el segundo.

La ex presidenta municipal de Eloxochitlán de Flores Magón, propuso por ello la iniciativa con proyecto de decreto de reforma al Artículo 57 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, en el que se adiciona la Fracción X y se recorren las subsecuentes, lo que establecería la obligación de iniciar como feminicidio todas las investigaciones de muertes violentas de mujeres.

En ese sentido, apuntó se evitará “la manipulación en las cifras, así como garantizar que los componentes de género queden incluidos en las investigaciones relacionadas con todas las muertes de mujeres, es que se proponen una reforma y una adición a la legislación estatal”.

Pero además, se busca reformar la primera línea de ese párrafo único, con el fin de que en lugar de “atribuciones” dicho artículo establezca las “obligaciones” de la Fiscalía para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de género.

La convencionalidad nacional e internacional

Su propuesta de reforma, de acuerdo con la exposición de motivos, está fundamentada en la convencionalidad nacional e internacional, que reconoce los derechos humanos de las mujeres, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de género y a la no discriminación.

Después de citar diversos instrumentos internacionales, la legisladora se refiere al “Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)”, la Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y la Oficina Regional para las Américas y el Caribe de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres) establecen qué tipos de muertes de mujeres deben investigarse como feminicidios:

“Se aconseja aplicar las directrices del Modelo de Protocolo de manera sistemática frente a todos los casos de muertes violentas de mujeres, puesto que detrás de cada muerte puede existir un femicidio, aunque al inicio no haya sospecha de criminalidad.

“Por ejemplo, los casos de suicidios de mujeres deben ser investigados bajo las indicaciones de este Modelo de Protocolo por tres razones fundamentales. En primer lugar, muchos suicidios son consecuencia de la violencia previa que han sufrido las mujeres. En segundo término, los suicidios son una forma habitual de ocultar un homicidio por parte de su autor, presentando la muerte de la mujer como un suicidio o muerte accidental. Finalmente, pueden ser un argumento usado por las personas a cargo de la investigación criminal para no investigar el caso y archivarlo como suicidio.

En los casos de muertes de mujeres aparentemente accidentales, la prudencia exige aplicar el Modelo de Protocolo ante el más mínimo indicio o duda de que se pueda estar frente a una muerte violenta. En ningún caso su aplicación impide la investigación general de los hechos sino que, por el contrario, permite identificar los hechos y asociarlos a un eventual contexto femicida”.

Asimismo, se refiere a la sentencia Mariana Lima, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece las diligencias que las autoridades se encuentran obligadas a realizar en su investigación y que obliga a plantear hipótesis relacionadas con las razones de género como los posibles móviles de los que explican los asesinatos de mujeres… ”hallazgos preliminares que identifiquen la discriminación…”.

Señaló que de acuerdo con el Modelo de Protocolo, si la investigación no inicia con esa presunción, será más difícil o imposible llegar a esos hallazgos.  Además, pide “investigar, de oficio, las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia perpetrado contra una mujer cuando dicho acto se enmarca en un contexto de violencia contra la mujer que se da en una región determinada”, lo cual es el caso de Oaxaca, bajo alerta de violencia de género desde 2018.

Citó también que la obligación de iniciar las investigaciones como feminicidio está prevista también el cuarto acuerdo de su XLIII Sesión Ordinaria, del 21 de diciembre de 2017, el Consejo Nacional de Seguridad Pública (que) acuerda que la Procuraduría General de la República y las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia de las 32 entidades federativas inicien la investigación de toda muerte violenta de mujeres de carácter doloso bajo protocolos de feminicidio”.

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