Armoniza la ley en la materia, federal y estatal, con el objetivo de poder incidir en la mayor medida posible en la atención de las mujeres.

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Magaly Rodriguez

SemMéxico. Chilpancingo, Guerrero. 30 de julio de 2018.- El Congreso del Estado, aprobó en la última sesión del Tercer Periodo del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, el proyecto de Decreto para reformar la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, con lo que buscan una mayor participación de los gobiernos municipales, en la atención de las mujeres y la erradcación de la violencia de género.

Yuridia Melchor Sánchez, diputada presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, fue la encargada de motivar el dictamen presentado por las comisiones de Asuntos Políticos y Gobernación y para la Igualdad de Género.

La legisladora señaló que esta reforma no limita las facultades, atribuciones y obligaciones de los Ayuntamientos en materia de igualdad entre hombres y mujeres, al contrario, armoniza la ley en la materia, federal y estatal, con el objetivo de poder incidir en la mayor medida posible en la atención de las mujeres y erradicar la violencia de género y actos de discriminación.

Uno de los aspectos que se precisan con esta reforma, es que la Dirección Municipal de la Mujer deberá estar a cargo de una persona que será designada por el Cabildo, a propuesta del Presidente municipal, cuya función se deberá desarrollar de manera independiente de las Regiduría de Equidad y Género, cuyas funciones podrán coordinarse, pero en ningún momento subordinarse una a la otra, ni mucho menos ostentarse dichas funciones en una sola persona, puntualizó la diputada.

En su argumentación, Melchor Sánchez, dijo que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Artículo 8, establece que los modelos de atención, prevención y sanción que establezca la federación, las entidades federativas y los municipios son el conjunto de medidas y acciones para proteger a las víctimas de violencia familiar como parte de la obligación del Estado, de garantizar a las mujeres su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos.

En tanto la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en su capítulo primero, establece las competencias y la coordinación inter institucional entre la federación, los estados y los municipios, correspondiéndole a estos últimos, implementar políticas en materia de igualdad entre mujeres y hombres en concordancia con las políticas nacionales y locales correspondientes. 

Los ordenamientos nacionales y locales, tienen como objetivo general establecer  procedimientos de actuación de los profesionales que atienden los casos de violencia de género contra las mujeres en un marco de derechos humanos, ciudadanía de las mujeres y perspectiva de género con el fin de que las mujeres víctimas reciban la atención que necesitan con dignidad, confidencialidad y profesionalismo, por lo que es necesario crear un esquema de coordinación inter institucional que garantice el acceso a todos los servicios a una mujer víctima de violencia de género así como de sus familiares y testigos.

Articular las acciones de los espacios de atención que correspondan a distintos ámbitos del sector público a fin de disminuir el estado de riesgo de las víctimas, atender y detener las secuelas causadas por la violencia de género con calidad y profesionalismo y generar mecanismos de evaluación de los servicios que se brindan como del persona que los ofrece así como del nivel de aplicabilidad del modelo.

La propuesta de reforma y adiciones, conlleva a generar ese espacio personal sobre todo esa parte funcional en el ámbito municipal para la implemenntación de acciones en lo local y de coordinación con las demás instancias estatales o federales haciendo una red de servicios que generen mayores oportunidades de acceso a las mujeres víctima de violencia a los servicios de atención, prevención y en su caso de erradicación. Al ser sometida a consideración del pleno, la propuesta fue aprobada por unanimidad de votos.

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