Con estas reformas se prohíbe que, en la propaganda política o electoral de partidos políticos, coaliciones y candidatos, se utilicen expresiones que calumnien a las mujeres, las discriminen o constituyan violencia política en razón de género.

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Alicia Mendoza

SemMéxico, Cd. de México, 16 diciembre 2017. En la última sesión de la Cámara de Diputados de este año, el Pleno aprobó por unanimidad, con 263 votos a favor, la minuta del Senado de la República que reforma cinco leyes para establecer mecanismos de prevención, atención y sanción de la violencia política en razón de género.

Con los trabajos de hoy se concluyó el Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura, así después de aprobar la Ley de Seguridad Interior, las diputadas y los diputados aprobaron el dictamen sobre violencia política en razón de género, pero con cambios realizados por las comisiones Unidas de Gobernación y de Igualdad de Género, por lo que se devolvió al Senado para su discusión y eventual ratificación.

El dictamen con proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y propuesta de modificaciones, para definir y sancionar la violencia política en razón de género. 

La Cámara baja avaló modificaciones a la minuta del Senado, específicamente a los artículos 20 Bis, 20 Ter, 47, 48 y 48 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y los preceptos 3 Bis, 159 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Así como a los artículos 2, 3, 22, 25 y 51 de la Ley General de Partidos Políticos; y los preceptos 7, 9 y 17 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Así, de acuerdo con el dictamen aprobado este viernes, el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso define que: “La violencia política en razón de género es la acción u omisión que, en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, o bien; en el ejercicio de un cargo público, tenga por objeto o resultado limitar o anular el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de las mujeres, o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público. Se manifiesta en persecución, hostigamiento, acoso, coacción, vejación, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón del género”.

Además, las reformas buscan que el Instituto Nacional Electoral (INE), los organismos públicos locales, los partidos políticos y las agrupaciones políticas a establezcan mecanismos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género.

Con estas reformas se prohíbe que, en la propaganda política o electoral de partidos políticos, coaliciones y candidatos, se utilicen expresiones que calumnien a las mujeres, las discriminen o constituyan violencia política en razón de género.

El dictamen, también propone el aumento de las penas hasta una mitad, en los tipos penales señalados en las fracciones III, IV, VII y XVI del artículo 7, IV y VIII del artículo 8, y I y VI del artículo 9 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cuando dichas conductas se cometan en perjuicio de una mujer que participe en política.

La minuta sobre violencia política en razón de género fue aprobada por el Pleno del Senado, desde el 9 de marzo, y fue enviada a la Cámara de Diputados, donde se turnó para su dictaminación a las comisiones de Igualdad de Género y de Gobernación. El 25 de abril de este año, la Comisión de Gobernación aprobó la minuta en sus términos, sin modificaciones. Esa misma fecha, la Comisión Especial de Delitos Cometidos por Razones de Género emitió una opinión favorable. 

Al término el del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura, a finales de abril pasado, la minuta quedó como parte de la agenda pendiente de la Cámara Baja para el periodo que inició en septiembre.

Diversas legisladoras hicieron llamados para que la minuta fuese aprobada en periodo extraordinario antes de junio de este año, con el fin de proteger los derechos políticos de las mujeres rumbo a las elecciones federales de 2018, como lo indican las leyes electorales. Por lo que dichas reformas que sancionan la violencia política de género ya no tendrán efecto en el presente proceso electoral.

Ayer, las Comisiones Unidas de Gobernación y de Igualdad de Género discutieron el dictamen y aprobaron cambios a la minuta proveniente del Senado, por lo que hasta hoy llegó al Pleno de la Cámara de Diputados.

A través de sus redes sociales la diputada Maricela Contreras Julián, de Morena, lamentó “que hasta el último día de sesiones haya sido votada en el pleno y hoy, sea tarde para aplicarse en el proceso electoral de 2018”.

Hoy durante la fundamentación del dictamen, la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, destacó que a partir de la reformas en materia de paridad los casos de violencia política contra las mujeres de todos los partidos se agravaron, por lo que la aprobación del dictamen es un avance para reconocer que “cualquier acto de violencia política en contra de las mujeres será considerado como agravante de delito electoral”.

Cabe destacar que en la sesión de ayer, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 383 votos a favor, una abstención y uno en contra, un dictamen que declara el 18 de noviembre de cada año como el Día Nacional para Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres, cuyo objetivo es visibilizar, identificar, prevenir y difundir los derechos de las mujeres que se dedican a la política y con ello lograr la igualdad sustantiva. El dictamen también fue enviado al Senado para su discusión. 

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