Personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud podrá negarse a practicar procedimientos

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Alicia Mendoza

SemMéxico, Cd. de México, 10 octubre 2017.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar el artículo 10 Bis a la Ley General de Salud, para establecer que el personal médico y de enfermería, que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece dicha ley.

En la sesión de hoy, la Comisión de Salud presentó una modificación al dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria, la cual fue aprobada por el Pleno.

Esta modificación se hizo al segundo párrafo del artículo adicionado, en el cual se aclara que: “el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley. Cuando se ponga en riesgo la vida del o la paciente, o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia. El ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

Así, el dictamen, que fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación, establece que los y las profesionales, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social que formen parte del Sistema Nacional de Salud podrán hacer valer la objeción de conciencia y excusarse de participar y/o cooperar en todos aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia.

De acuerdo con las modificaciones, la Secretaría de Salud emitirá las disposiciones y lineamientos para manifestar la objeción de conciencia, y tendrá la obligación de contar con personal no objetor que reciba y atienda a las y los pacientes cuando se haga efectiva esta facultad.

El dictamen avalado por el Pleno en lo general con 313 votos a favor, 105 en contra y 26 abstenciones, surgió de una iniciativa que la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social (PES), presentó el 4 de noviembre de 2015.

Posteriormente se aprobó la reserva de la diputada Cecilia Soto González, del grupo parlamentario del PRD, la cual aclara que se incurrirá en causal de responsabilidad profesional cuando se invoque la objeción de conciencia en casos en que se ponga en riesgo la vida de pacientes o se trate de una urgencia médica.

De esta manera, el dictamen fue aprobado en lo particular por 367 votos a favor, 34 en contra y 28 abstenciones.

Durante la discusión del dictamen, diputadas y diputados de los grupos parlamentarios del PES, PVEM, PAN y PRI apoyaron la reforma.

Mientras que legisladoras y legisladores de NA, Morena, PRD y MC sostuvieron que la objeción de conciencia pone en riesgo la atención médica de poblaciones enteras que pueden ser discriminadas o a quienes se les puede negar un derecho básico.

Por su parte, la diputada Candelaria Ochoa Ávalos, del Movimiento Ciudadano, al recordar que la responsabilidad del Estado es procurar el más alto nivel posible de salud en la población, también reivindicó el Estado laico: “las y los servidores públicos tienen, con base en el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la obligación de actuar y ejercer sus actividades en función de ello. Y un principio es la laicidad.”

En su turno, la diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD, afirmó que con dicho artículo se vulnera el derecho a la interrupción legal del embarazo, puntualizando que, además, se vulnera el derecho a la atención médica; “que la Secretaría de Salud nos diga si va a tener en todos los casos no objetores de conciencia; para mí queda claro que sí se pone en riesgo la vida y la salud de muchos y muchas en este país”, cuestionó.

La diputada Cecilia Soto destacó que el dictamen no atiende ningún problema en el país ya que no existen casos donde se haya negado la prerrogativa a la objeción de conciencia a personal médico. Por el contrario, puntualizó que con esta reforma se abre “la puerta a que criterios religiosos normen la política de salud pública en un país laico”.

Recordó que en México a mujeres y niñas, con el argumento de la objeción de conciencia, se les ha negado el derecho a interrumpir un embarazo en casos de violación, aunque agregó que no es un tema solamente de salud reproductiva de las mujeres, sino que es un tema amplio que vulnera los derechos humanos de toda la población, “atiende al problema de la transfusión sanguínea, al trasplante de órganos, a la investigación con células madre”, detalló.

De igual forma, la diputada Mariana Trejo Flores, de Morena, afirmó que el dictamen reconoce que en ninguna de las normas internacionales que México ha firmado y ratificado se encuentra establecido el derecho a la objeción de conciencia, y que además “reconoce que en la Constitución Política no existe precepto expreso que proteja el derecho a la objeción de conciencia, por el contrario, se ha considerado que las convicciones religiosas no pueden ser motivo para incumplir leyes”.

A través de sus redes sociales, feministas, asociaciones, organizaciones y grupos de defensa de derechos humanos argumentaron su rechazo a la aprobación de este dictamen por implicar violaciones a los derechos humanos, especialmente de las mujeres, como lo señaló el Instituto Simone de Beauvoir “inadmisible que @Mx_Diputados apruebe dictamen sobre objeción de conciencia que vulnera derechos reproductivos de mujeres #SaludSinObjeción”.

SEM/am/lr

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