Amparos en cinco entidades para que el IMSS y el ISSSTE garanticen el acceso al aborto legal

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En todo el país Campaña Feminista y de Colectivas promoviendo el cumplimiento de la Nom 46 y los acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Acompañan el proceso AbortistasMx y abogadas feminista , se expande la ola verde. Argumentos fuera de la ley de las instituciones de salud

La estrategia legal se hizo en Baja California, Hidalgo, Oaxaca, Tamaulipas y Veracruz donde a pesar del aborto ya está despenalizado, se ponen obstáculos

Será Ley Tamaulipas 💚 T A M A U L I P A S 💚✨

Sara Lovera

SemMéxico, Ciudad de México, 25 de febrero, 2023.-  Ayer en Tamaulipas, mujeres, acompañamos a diversas colectivas tamaulipecas  presentaron  tres amparos coordinados en Matamoros, Tampico y Ciudad Victoria para exigir que se declare la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal del estado y se brinden servicios de aborto seguro y gratuito para todas, como parte de una campaña nacional para hacer efectivos los acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de septiembre 2021.

La Colectivas de Baja California, Hidalgo, Oaxaca, Tamaulipas y Veracruz están impulsando la estrategia legal para lograr que los servicios federales de salud garanticen el acceso al aborto, ya despenalizado hasta la semana 12 de gestación en esas entidades. Ello a pesar de que, desde el año pasado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, se acordó, luego de largas discusiones el mecanismo para hacer efectiva la norma 046, sobre aborto por violación, ya legal y obligatorio para todas las instituciones de salud.

Esta campaña es acompañada por AbortistasMx, para que las mujeres agrupadas en una articulación feminista, donde participan abogadas y colectivas de esos estados desde el comienzo de este febrero han interpuesto   amparos para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) garanticen los servicios de aborto voluntario en todos los casos.

Sostienen que en estas entidades se omite dar curso a las iniciativas  de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Salud y el Código Penal Federal —congelada en el Senado y la Cámara de diputados  desde 2019 y  2021— por lo que  en numerosos casos, los institutos nieguen el servicio de aborto voluntario, incluso en algunas entidades  donde ya está despenalizado el aborto, como los casos de Hidalgo, Oaxaca y Veracruz, argumentando que  la normativa aún no lo contempla.

El IMSS y el ISSSTE siguen negando la interrupción legal del embarazo, alegando que su aplicación no puede ser, no obstante que la Nom. 46 lo establece, pero hay bajo ciertas causales en leyes locales, y debido a que el Código Penal Federal se constriñe a tres causales: cuando el embarazo es resultado de una violación, cuando existe peligro de muerte de la mujer embarazada y cuando el aborto es espontáneo o accidental, como lo estableció desde 1931 los códigos penales y no obstante reformas más recientes y el acuerdo de la Suprema Corte de Justicia que prohíbe penalizar a las mujeres cuando se interrumpen un embarazo.

Consulta Tamaulipas:  https://semmexico.mx/aborto-en-tamaulipas-lleva-a-241-mujeres-ante-tribunales/

“Lo que hemos visto es que, aunque hay avances —tenemos ya 11 estados de la República que han despenalizado parcial o totalmente los servicios de aborto—, el acceso en IMSS e ISSSTE está restringido, y eso no corresponde a la realidad del país cuando sabemos que el tema del acceso a la seguridad social depende del trabajo”, explica Ninde MolRe, coordinadora de incidencia de AbortistasMx.

Desde la organización se han percatado de que, además, en estados como Hidalgo los servicios de aborto gratuito en clínicas estatales suelen negarse a personas que ya tienen seguridad social, por lo que no es un servicio universal. En consecuencia, esa situación sigue remarcando las diferencias en el acceso a servicios de salud para mujeres y personas con capacidad de gestar.

Por eso, desde AbortistasMx —plataforma de acompañamiento legal a colectivas y organizaciones interesadas en la despenalización del aborto— se ideó la estrategia de los amparos, que hasta ahora se está implementando en Baja California, con Las Calafias y Brujas Californianas; en Hidalgo, con Di Ramona; en Oaxaca, con Ixmucane AC, Tamaulipas con 9 colectivas y en Veracruz, con Marea Verde Altas Montañas y un despacho de abogadas.

“Estamos implementando esta estrategia para pedir que se extiendan los servicios de aborto a IMSS e ISSSTE en estos estados… El amparo es un mecanismo que el Estado nos da a los ciudadanos para defendernos de las autoridades cuando hay violaciones a nuestros derechos humanos. En este caso, lo que nosotras estamos aludiendo es que, en los servicios de salud federales, que son servicios que el Estado provee, el Congreso y el Ejecutivo federal no están respetando los derechos reproductivos de las personas”, señaló MolRe.

Estos son derechos humanos que deben garantizarse, según lo establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su sentencia 271/2021 de septiembre de 2021. En ella, el máximo tribunal declaró inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. El Código Penal Federal permanece sin ser homologado a ese criterio, pues penaliza el aborto completamente con excepción de las tres causales que contempla.

Los amparos en los cinco estados han sido firmados por derechohabientes del IMSS o ISSSTE, ya sea derivado de su trabajo o del seguro facultativo, y serán jueces federales quienes determinarán si son procedentes o no. Un primer avance ya se dio en Oaxaca en diciembre pasado, donde se ganó el primer amparo promovido por una mujer derechohabiente del ISSSTE contra el Código Penal Federal, solicitando su inaplicación.

“No solamente es el acceso a los servicios, sino la no criminalización. Esta mujer se amparó en el estado de Oaxaca, y el juez declaró que el Código Penal Federal es inconstitucional por restringir el derecho al aborto de forma total”, relató MolRe. Esa sentencia ya es firme, y, por lo tanto, será un antecedente que servirá para el resto de la estrategia. En ese instrumento, sin embargo, no se pidió el otorgamiento de servicios, sino simplemente la inaplicación e inconstitucionalidad del delito de aborto previsto en la normativa federal.

Los siguientes amparos sí contemplarán ambos aspectos. Por un lado, que a las personas no se les criminalice en caso de que necesiten un aborto, y por el otro, que sea parte de los servicios de salud para toda la población. “Estamos tratando de que esa sea la argumentación para generar un precedente, o de alguna forma obligar a IMSS e ISSSTE a brindar esos servicios”, agregó la activista.

Consultada sobre esta iniciativa, la senadora Patricia Mercado Castro, que promovió la iniciativa federal para garantizar el acceso al aborto, explicó que, dado que el delito se persigue a nivel estatal, la despenalización en cada entidad es indispensable, pero a nivel nacional la reforma más importante es a la Ley General de Salud, pues permitiría garantizar el aborto como un servicio gratuito por parte de la Secretaría de Salud, el IMSS y el ISSSTE. Aunado a ello, también sería necesario fortalecer las leyes propias de ambos institutos.

En respuesta a una solicitud de información sobre la cifra de interrupciones legales del embarazo practicadas en el instituto, el IMSS contestó que eran cero.  No obstante, el IMSS ya aprobó la Nom. 46, que tiene detenida en ventanilla.

 En tanto, el ISSSTE declaró la inexistencia de la información “toda vez que el instituto no realiza Interrupción Legal del Embarazo, debido a que este no se encuentra contemplado dentro de la normatividad sectorial vigente”. En cambio, únicamente proporcionó los datos relativos a abortos y muertes fetales englobados en la misma estadística.

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S C J N e H I D A L G O 💚✨

¿Conoces esta importante sentencia?

En 2015, Carlota una adolescente de Hidalgo fue víctima de violación. En ese momento, aún no había sido modificada la NOM 046 ni tampoco el Código Penal del Estado.

El Código Penal establecía que si una persona estaba embarazada producto de una violación tenía que cumplir 3 requisitos para poder acceder al aborto:

💚Denunciar sin saber que estaba embarazada.

💚Que tuviera menos de 90 días de gestación.

💚Comprobar el cuerpo del delito.

La NOM 046 en aquel momento establecía que, si una víctima de violencia sexual requería de un aborto, se necesitaba la autorización del Juez o autoridad correspondiente.

Carlota denuncio sabiendo que estaba embarazada, a 2 semanas de cumplir los 90 días de gestación y la Procuraduría hizo todo para que las pruebas demostraran que no había sido víctima de violación, por lo que le negaron el aborto y, además, cerraron su carpeta por violación.

Empezó una batalla para Carlota que tomó 6 años para que tuviera acceso a un poquito de justicia, pues, aunque la NOM 046 y el Código Penal se reformaron, su amparo no se resolvía.

Finalmente, el 23 de febrero de 2022, la ministra Margarita Ríos Farjat presento un proyecto el cual fue aprobado por la 1ra Sala en el cual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación por 4ta vez reafirmo que las víctimas de violencia sexual tienen derecho a un aborto y que negarlo es una violación a derechos humanos.

También hicieron énfasis en que imponer estos requisitos en los Códigos Penales son un obstáculo y una carga para las víctimas de violencia sexual y por tanto son inconstitucionales.

Actualmente, el Código Penal del Estado de Hidalgo ya eliminó los requisitos y amplio el acceso también a víctimas de estupro.

¡Qué nunca más se le niegue a las víctimas de violencia sexual el acceso al aborto!

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Omiten servicios en Hidalgo

“La realidad es que son nulos”, dice Daniela Téllez, de la organización de acompañantes Di Ramona, en Hidalgo, en torno a los servicios de interrupción voluntaria del embarazo por parte de IMSS e ISSSTE, a partir de la información que se recaba desde la colectiva. “¿Cómo es posible que en los estados tengamos ahora leyes más progresistas que a nivel federal?”, cuestiona.

A partir de la despenalización del aborto en esa entidad en julio de 2021, Di Ramona puso en marcha la línea telefónica ILE Hidalgo, a la que las usuarias pueden llamar para informarse sobre cómo acceder a esos servicios en el estado. Ahí, con mucha frecuencia, reciben la comunicación de derechohabientes de IMSS e ISSSTE que acudieron a buscar el servicio y se toparon con una negativa.

“Desde su derechohabiencia, se les impide acceder a los servicios dentro de sus clínicas locales y cercanas, por las cuales inclusive están pagando de sus salarios sus impuestos para poder acceder a servicios de salud integrales, pero lamentablemente en IMSS e ISSSTE no es una posibilidad”, asegura Téllez.

“Las usuarias tienen que trasladarse necesariamente a hospitales de la Secretaría de Salud pública del estado de Hidalgo, donde evidentemente los servicios tampoco son perfectos y se siguen sobresaturando debido a que la atención no se brinda donde ellas deberían poder acceder a su derecho”, añade.

El argumento llano es que ahí no se da el servicio. “’Aquí esas cosas no se hacen’, así de tajante”, señala la activista. Por ello, el proyecto ILE Hidalgo, que creó Di Ramona para difundir esos servicios en el estado primero mediante una campaña con la colocación de espectaculares en diversos puntos de Pachuca y muros rotulados en otros municipios clave, da cada vez más pasos.

A la difusión, siguió la línea telefónica exclusiva para la información sobre aborto legal —ruta, horarios, documentación, ubicaciones—, independiente de la que ya tenía Di Ramona para acompañamiento de abortos. Así, la campaña de comunicación se transformó en una de incidencia con la Secretaría de Salud de la entidad, a partir de las quejas sobre deficiencias que empezaron a recibir al inicio de la implementación. 

Al mismo tiempo, comenzaron a hacerse evidentes las negativas en los servicios federales de salud. “Afortunadamente, las quejas que llegamos a tener de la Secretaría de Salud en mayor medida se fueron corrigiendo, pero era una constante la negativa por parte de IMSS e ISSSTE, la cual continúa aún hoy en 2023. Es una pena porque en noviembre salió la segunda edición del lineamiento técnico para la atención al aborto seguro nacional, e IMSS e ISSSTE pusieron ahí sus logos; entonces, es incomprensible”, relata Téllez.

Otra consecuencia importante de la negativa del servicio en los institutos federales es que, cuando las usuarias la reciben, se van con la idea de que no se puede abortar en ningún hospital en Hidalgo o incluso de que sigue siendo ilegal, explica. Además del rechazo, no reciben ninguna información adicional, orientación o redirección. De ahí surgió la necesidad de iniciar la estrategia legal en compañía de AbortistasMx.

“Tenemos altas expectativas de esta estrategia, no es la primera en su tipo: hace unos meses en Oaxaca se implementó un amparo muy similar, y la resolución fue positiva. No esperamos menos para el estado de Hidalgo… Sabemos que, si bien un amparo es una herramienta sumamente útil, muy contundente, que nos sirve muchísimo, tampoco lo es todo; entonces, seguimos trabajando desde otros ámbitos: la incidencia, la comunicación, la difusión y la defensoría de este derecho que, ya lo dijo la Suprema Corte, es un derecho y también un servicio esencial de salud”, concluye la activista.

De acuerdo a los argumentos del amparo, dijo el litigante y representante de organizaciones religiosas, “con la actuación de los legisladores se violó también el estado democrático en el que vivimos. (Cuartoscuro).

Entérate: https://semmexico.mx/tres-decadas-de-lucha-la-historia-por-la-despenalizacion-del-aborto-en-guerrero/

En Guerrero la derecha se ampara

El presidente del Consejo Interreligioso del Estado de Guerrero, Carlos Marx Barbosa, informó que los grupos Pro Vida y profesionistas del derecho y la medicina ganaron el amparo interpuesto ante el Poder Judicial de la Federación, por la forma en que se votó en el Congreso Local el tema del aborto inducido, y se ordena que se reponga el proceso de votación de esas reformas al Código Penal del Estado.

El también abogado refirió que por la forma en que se votó ese tema en el Congreso del Estado de Guerrero en mayo pasado, “se violó el derecho a la información que tenemos todos los guerrerenses. La Ley Orgánica del Poder Legislativo prevé tres formas de votar, de acuerdo a la naturaleza de lo que se va a votar. Una es la nominal, en la que el legislador dice su nombre y el sentido de su voto.

También está la económica, que es cuando se ponen de pie en tres turnos, quienes están a favor, quienes están en contra y las abstenciones, cuando se trata de puntos de acuerdo. Y la votación por cédula, que es un voto secreto y es sólo para elegir a alguna persona en algún cargo, cuando se va a dar un nombramiento”.

De acuerdo a lo que señala esa misma Ley Orgánica, y por tratarse a reformas al Código Penal del Estado de Guerrero, “la votación debió ser nominal, porque así lo establece su propia Ley.

Lo que la Biblia dice realmente sobre
el aborto puede sorprenderte

Pero ellos decidieron ocultar esa información y los legisladores decidieron que fuera por cédula, por ese motivo y ante esa situación irregular se promovió el amparo en comento”.

Marx Barbosa lamentó que el Congreso de Guerrero no respete su propia reglamentación y por lo tanto el Poder Judicial de la Federación ordenó la reposición del proceso de votación de las reformas al Código Penal del Estado, “por lo que se tiene que volver a realizar la votación sobre el tema del aborto inducido y que sea por vía nominal”, hasta este febrero el tema no se ha abierto. La iniciativa existe desde 2020 y ahora por las legisladoras.

De acuerdo a los argumentos del amparo, dijo el litigante y representante de organizaciones religiosas, “con la actuación de los legisladores se violó también el estado democrático en el que vivimos, porque los diputados deben ser una representación plural, democrática y abierta sin condicionamientos, entonces si no respetan esa legalidad, y no permiten a sus representados tener acceso a la información y ocultan qué es lo que hacen en el quehacer legislativo, están volando ese derecho de los ciudadanos a estar informados”.

Consideró que el Congreso del Estado seguramente promoverá una revisión a la resolución del amparo y la sentencia podría irse al Colegiado y si ese órgano confirma la orientación del amparo, va a determinar quizá el plazo de unas 72 horas para que se reponga la votación”, concluyó.

Con información complementaria publicada en Animal Político

https://fb.watch/iW9WTX08vg/

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