Congreso de CdMx hace historia al aprobar reforma 3 de 3, diputada Gabriela Quiroga Anguiano

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  • Se aprobó la minuta enviada por el Senado que modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución Federal para que ningún deudor alimenticio, violentador o agresor sexual puede ocupar cargos públicos, ni de elección popular.

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 11 de mayo del 2023.- El Congreso de la Ciudad de México hace historia frente al próximo proceso electoral para que ningún violentador ocupe espacios como candidato, expresó en tribuna la diputada del PRD, Gabriela Quiroga Anguiano, durante la sesión donde se aprobó la minuta enviada por el Senado que modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución Federal para que ningún deudor alimenticio, violentador o agresor sexual puede ocupar cargos públicos, ni de elección popular.

“Más de 30 horas de resistencia sin movernos del Senado de la República el pasado 28 de abril, valieron la pena para que el día de hoy la minuta de la reforma constitucional 3 de 3 contra la violencia, por fin llegara al Congreso de la Ciudad de México”, refirió.

La diputada Martha Soledad Ávila Ventura, coordinadora de la bancada de Morena expresó que la aprobación federal y local de este decreto resulta urgente por el panorama en que se encuentran las mujeres a meses de iniciar el proceso electoral. También dijo que es una medida de sanción y prevención de los abusos en perjuicio de las mujeres.

Las legisladoras Gabriela Quiroga Anguiano, Ana Jocelyn Villagrán Villasana y Tania Nanette Larios Pérez reconocieron a las impulsoras las constituyentes feministas que diseñaron la propuesta Yndira Sandoval y la abogada Patricia Olamendi, ya que refirieron que es una propuesta histórica que va más allá de los partidos políticos. 

Esta reforma debe contar con la aprobación al menos de 17 congresos locales antes del 1 de junio para su aplicación en el proceso electoral del 2024. El congreso de Quintana Roo lo aprobó el pasado 9 de mayo y los congresos estatales de Oaxaca y Yucatán ya incluyeron la disposición 3 de 3 en sus normas. De tal manera que faltarían 13 congresos locales por avalarla, al día de hoy.

La diputada Ana Francis López Bayghen recordó que el proceso para llegar a ésta reforma fue muy largo pero “hoy, por fin, estamos atacando el problema de manera estructural, vamos a dejar de normalizar que violentadores asuman el control de espacios de toma de decisión”.

La legisladora Ana Jocelyn Villagrán Villasana refirió a datos del INEGI que indican que en 2022 las llamadas de emergencia realizadas por mujeres agredidas se ubicaron en la primera posición, con un registro de 287 mil 89.

En votación nominal, la minuta al proyecto de decreto fue aprobada por unanimidad, con 51 votos a favor de las y los legisladores capitalinos.

La minuta modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución federal. En ella se establecen nuevas prohibiciones para ocupar un cargo público, incluso aquellos de elección popular.

Se incluye a quienes enfrenten sentencias por delitos de agresión sexual, violencia intrafamiliar, violación a la intimidad sexual, así como para quien cometa violencia política contra las mujeres en razón de género.

La reforma al artículo 38 establece que se suspenderá el derecho a ocupar un cargo público por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; o por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

Asimismo, por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos; o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

En todos supuestos señalados, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo cargo o comisión en el servicio público.

Asimismo, a través de la modificación del artículo 102, se indica que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República, se requiere ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar con antigüedad mínima de 10 años; con título profesional de licenciatura en Derecho; gozar de buena reputación y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.

SEM/MG

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