Cuba: Código de las Familias, desterrar tabúes para hacer cumplir la ley

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Redacción

SemMéxico/SEMlac, La Habana, Cuba, 17 de octubre del 2022.- Desde la aprobación en referendo popular e inmediata entrada en vigor del nuevo Código de las Familias, el 25 de septiembre, grupos de activistas y personas de la ciudadanía han celebrado en redes sociales derechos ganados con la nueva norma.

Pero al mismo tiempo que han circulado imágenes sobre matrimonios efectuados entre personas de un mismo sexo, se han expresado dudas sobre la implementación del cuerpo legal en este y otros temas.

«Pues sí, ¡NOS CASAMOS!», escribió en su muro de Facebook el activista Adiel González Maimó, al anunciar la formalización de su unión ante notario este 13 de octubre, en Bolondrón, una localidad de la provincia de Matanzas, a poco más de 100 kilómetros de La Habana, en el occidente del país.

«Hace cuatro años, en 2018, planeamos en serio casarnos en Cuba, pero por razones fuera de nuestra voluntad tuvimos que postergar aquel sueño. ¡Más hoy 13 de octubre finalmente lo logramos! Hoy por primera vez Lachy pudo llamarme “esposo de verdad», escribió González Maimó.

«Hoy Bolondrón fue testigo de nuestro casamiento civil, y este acto representa para nosotros la culminación de toda una ardua lucha en la que nos involucramos de lleno por (entre otros derechos) el matrimonio igualitario en Cuba. Una lucha que costó mucho esfuerzo, a la que le dimos todo, pero con certeza valió la pena cada desvelo solo por este momento», concluyó.

Instantáneas de otras uniones han circulado en espacios digitales como evidencia de las garantías que supone la legislación para todas las familias. Entre ellas las de la periodista Rocío Baró Guerra con Evelin Rosales Cortina, en La Habana; o las de Alberto y José, una pareja de jóvenes en Manzanillo, en la oriental provincia de Granma, a más de 750 kilómetros al este de la capital, que tras 18 años de relación pudo realizar su sueño de casarse casi inmediatamente después de la aprobación de la norma.

«¡Hoy hicimos oficial lo que hace tiempo era cierto! Nos quedan todavía muchos sueños por cumplir y luchas por dar, pero por hoy, somos súper felices. ¡NOS CASAMOS!», escribió Baró Guerra en su página de Facebook.

Sin embargo, también han emergido en redes sociales interrogantes respecto a la institución del matrimonio; acerca de si ya es posible formalizar legalmente una unión matrimonial o de hecho afectiva por parte de personas LGTBIQ+ y de cómo sería llevado este proceso por parte de los operadores del derecho.

El Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX) reseñó en el artículo «Código de las Familias: ¿Qué sigue ahora?», publicado en su sitio web, la existencia de varias inquietudes relacionadas con la concreción del derecho al matrimonio en la práctica jurídica, aun cuando la legislación ofrece garantías para todas las personas.

Teresa de Jesús Fernández, coordinadora nacional de la Red de Mujeres Lesbianas y Bisexuales, comentó en su perfil de Facebook sobre lo sucedido a una amiga que recibió varias negativas al llamar en dos ocasiones a la notaría del municipio capitalino de Regla.

«Me dijeron que debo preguntar en qué notarías se está efectuando la “unión”, que debo indagar en el registro civil del municipio qué documentación debo llevar… Y que no han recibido el curso correspondiente para estos trámites», indicó De Jesús González citando a su amiga.

«Con respecto a si personas LGBTIQ+ ya pueden ir a notaría y casarse ahora mismo, claro que sí», explicó Yuleisky Moré, especialista del Departamento Jurídico de CENESEX, en el ya citado artículo.

Moré explicó que, a partir de la aprobación del referendo popular el 25 de septiembre, y la firma del Código de las Familias por el presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Esteban Lazo Hernández y el de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, al día siguiente, la norma quedó aprobada para su implementación inmediata.

Desde el 27 de septiembre «cualquier persona mayor de edad puede ir, bien a un Registro del Estado Civil o a una notaría, con dos testigos también mayores de 18 años, y formalizar el matrimonio. La prueba de que el matrimonio existe es la certificación del Registro del Estado Civil o en su defecto la escritura notarial que así lo regule», refirió el jurista.

Asimismo, apuntó que el artículo 309 establece la instrumentación notarial, es decir que las personas pueden concurrir y solicitar la acreditación de su unión de hecho afectiva, ya bien sea ante Registro del Estado Civil o ante un notario público.

Este paso igualmente requiere la presencia de dos testigos que avalen y prueben que han tenido una relación única, singular y estable en el tiempo y que, por tanto, es digna de ser reconocida legalmente, dijo.

Para un cuerpo legal efectivo

Olga Lidia Pérez, jefa de la Dirección General de Notarías y Registros Públicos del Ministerio de Justicia, señaló en conferencia de prensa el 11 de septiembre, que el proceso de capacitación de las y los profesionales y de todo el personal del sector para asumir la implementación de la normativa comenzó desde que se tuvieron las primeras versiones del texto.

Ahora que el cuerpo legal es efectivo, este proceso se intensifica y continuará de esa manera mientras sea necesario, dijo.

La preparación tiene que ser de todos/as, subrayó la especialista, no solo de notarios y registradores, sino de recepcionistas, auxiliares, pues la aplicación del Código requiere sensibilidad, un modelo de actuación ejemplar, con rigor profesional y excelencia en el trato hacia las personas.

Es una tarea difícil, pero humana, que implica un gran compromiso, añadió Pérez.

Olga Lidia Pérez dijo que nadie «puede alegar una objeción de conciencia para negarse a prestar un servicio», en respuesta a la pregunta sobre las denuncias en las redes sociales de personas del mismo sexo que no habían podido acceder al registro del matrimonio o de la unión de hecho afectiva por negativa del funcionario/a encargado, alegando ese justificante.

«Sobre el tema de la objeción de conciencia hay un artículo en la Constitución de la República que es claro y preciso. Desde la primera versión del Código que se hizo pública, la número 22, uno de los primeros temas que nosotros tratamos con nuestros notarios y registradores fue ese, que aquí lo que prevalece es la condición de funcionario público», afirmó.

«Hasta ahora nos llegó conocimiento de un caso al que le negaron el derecho de acceder al registro del matrimonio o unión de hecho afectiva, pero cuando precisamos en qué notario o registrador había sido, no hubo respuesta», detalló Pérez.

La funcionaria explicó que, no obstante, ante esa alerta se volvió a abordar el asunto en videoconferencia con todas las provincias, en las que participaron las y los directores provinciales de justicia y los jefes de departamento de Notarías y Registros Públicos.

«Ciertamente, el notario o registrador que plantea algún tema de esta naturaleza no puede continuar siendo notario o registrador, pues aquí prevalece esta condición de funcionario público, por encima de cualquier creencia», insistió Pérez.

«Nosotros no discriminamos, tenemos notarios registradores que practican su religión y eso no es motivo ni les ha impedido acceder a este ejercicio, pero no lo pueden plantear como un motivo de objeción de conciencia para no formalizar un matrimonio. Aquí todos tenemos derechos y el reconocimiento es claro y preciso en la norma», enfatizó.

La viceministra de Justicia, Pilar Varona, sostuvo que, ante cualquier situación, las personas pueden dirigirse en el mismo lugar del hecho al notario o registrador principal, para denunciar lo ocurrido. También pueden hacerlo en las direcciones municipales de Justicia, para hacer más expedita la solución.

«Están todos los mecanismos, los canales, desde la base, para tramitar las inconformidades», afirmó Varona.

Yashna Díaz, también viceministra de Justicia, explicó que está habilitada una dirección de correo electrónico (sobreelcodigo@minjus.gob.cu), para que la ciudadanía haga consultas, manifieste sus dudas y exponga sus inquietudes en torno a la aplicación del nuevo Código de las Familias.

También pueden dirigirse al Servicio de Orientación Jurídica de CENESEX (soj@cenesex.cu), aclaró el centro en su sitio web.

Yashna Díaz agregó que se habilitarán direcciones similares en todas las provincias, de manera que el proceso de atención será más expedito.

Capacitar y educar, tanto a quienes operan el Derecho, como a la sociedad cubana en general, continúan siendo retos para desterrar prejuicios y contribuir a la implementación efectiva de la nueva legislación familiar.

SEM/MG

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