El Senado avanzó en leyes en favor de las mujeres, pero dejó pendientes algunas fundamentales como el Sistema Nacional de Cuidados

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La Ley 3 de 3 aprobada como reforma constitucional y turnada a congresos locales para su aplicación en el proceso electoral 2024

106 asuntos legislativos atendió el Senado: recuento de Ricardo Monreal Ávila

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 7 de mayo 2023.- En el recuento de reformas legislativas aprobadas por el Senado de la Republica en el segundo periodo de sesiones de la LXV Legislatura, se aprobaron 15 reformas legales en “favor de las mujeres, según un recuento difundido por el morenista Ricardo Monreal Ávila.

Sin embargo, quedaron sin resolver algunas fundamentales como el Sistema Nacional de Cuidados, la despenalización del aborto para todo el país y se quedaron en la Cámara de Diputados, la igualdad salarial y el presupuesto para la política de género.

El recuento del jefe político del partido oficial en el Senado Ricardo Ávila Monreal, coloca en primer lugar la reforma constitucional conocida como la Ley 3 de 3 contra violadores, acosadores y deudores alimentarios para que no ocupen puestos de elección popular. Que adicionalmente se propone incluir como requisito para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República que goce de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.

Cabe señalar que la Ley 3 de 3 fue aprobada el último día de sesión del periodo ordinario, en una extraña y polémica sesión donde se aprobaron una cascada 18 iniciativas, pero ésta estuvo a punto de ser archivada, así lo advirtieron feministas y colectivas que ejercieron presión presencial. Sin embargo, les quedaron a deber las y los legisladores del Senado, el nombramiento por lo menos, a un comisionado para que el pleno del INAI pudiera sesionar y tuvieran acceso a saber quiénes son los violentadores y omisos en el pago de alimentos.

La iniciativa fue enviada a las 32 legislaturas locales de las entidades federativas para su conocimiento y aplicación en la materia, y se requiere que al menos 17 congresos la aprueben antes del 1 de junio, para cumplir con los tres meses previos al inicio del proceso electoral del 2024.  

Entre estas reformas se aprobó la Alerta Amber para casos de trata, se introdujeron nuevas causales para el feminicidio, reformas para promover educación con perspectiva de género, mejoras para la incapacidad por maternidad, un efectivo registro de deudores alimentarios.

También se hicieron reformas sobre el fortalecimiento para los Centros de Justicia para las mujeres, a cambio del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, PAIMEF, del que no se sabe si tendrá recursos, si desaparece definitivamente o quedó como una oficina reducida en la Secretaría de Gobernación.

Propusieron otras, algunas necesitan la aprobación de la Cámara de Diputados, como la regulación por acoso sexual en espacios públicos; otras incluso ya se promulgaron como las sanciones por matrimonio infantil; un decreto para que haya derecho a la lactancia en centros laborales. Prelación de apellidos materno o paterno; reforma para el ejercicio de la partería tradicional; tamiz neonatal, llamada Ley de Cunas Vacías y prevención de la violencia contra la niñez.

Reformas sin interés genérico 

En el resumen publicado por el Senado se abarca el segundo periodo legislativo que va del 1º de febrero al 30 de abril de este año, en el total refiere que fueron 106 los asuntos legislativos, menciona dos reformas constitucionales, una de las cuales es la de la Reforma Electoral conocida como el Plan B, que se encuentra actualmente suspendida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La otra reforma constitucional establece la edad mínima de 18 años para diputaciones federales y para titulares de secretarias de Estado. Cuatro nuevas leyes, 59 reformas a diversos ordenamientos vigentes y 49 decretos. 

En la presentación Monroy Ávila menciona que los temas tratados son de trascendencia nacional, “como la suspensión de derechos a deudores alimentarios; la regulación del espacio aéreo; la regulación única en procedimientos civiles y familiares; el fomento de la ciencia y tecnología, innovación y humanidades; la justicia electoral; las casas de día para adultos mayores; y la prohibición del matrimonio infantil, entre otras grandes reformas”.

En la creación de nueva ley incluye la expedición del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que se integra por 1191 artículos y 20 artículos transitorios, además de que considera una vacatio legis de cuatro a ocho años. Contempla la constitución y ejercicio del Sistema de Impartición de Justicia en materia Civil y Familiar; como se llevará a cabo el procedimiento oral civil y familiar. Con una perspectiva de género. Se pretende lograr una justicia cotidiana para las y los mexicanos completa parcial y gratuita. Así como un sistema de justicia oral, homologación de normas procedimentales, protección de interés superior de niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad.

Se aprobó la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que reconoce el derecho humano a la ciencia y su relevancia para el goce de otros derechos fundamentales, estableciendo elementos, principios y líneas de acción en torno a asuntos estratégicos para el desarrollo del país. Crea una agenda Nacional y un Programa Especial en materia de humanidades, ciencia, tecnologías e innovación, y el Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías e Innovación (SNHCTI).

 Esta ley ha sido cuestionada antes de su aprobación por la comunidad científica por considerar que atenta con la libertad para investigar y crear conocimiento, sino que atropella avances en las becas para las mujeres embarazadas y discapacitadas y deja en manos centralizadas el futuro de la ciencia y la investigación.   

Justicia Electoral suspendida por la SCJN               

Clasificada con el tema de eficiencia presupuestal de la autoridad electoral y modifica mecanismos de justicia electoral se encuentra el Decreto de Reforma Electoral conocida como Plan B, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Se público en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo del 2023 y actualmente se encuentra en suspensión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La reforma establece diversas disposiciones sobre voto de las personas en prisión preventiva y residentes en el extranjero, acciones afirmativas para grupos en situación de vulnerabilidad y paridad de género en gubernaturas. También reduce y rediseña la estructura de autoridades electorales, acota sus facultades de interpretación y sanción, modifica el calendario electoral, entre otras medidas.

Se prohíbe y sanciona el matrimonio infantil

Se prohíbe y sanciona el matrimonio infantil con las reformas al Código Penal Federal publicado en el DOF el 25 de abril. Considera establecer como delito, una nueva conducta que sanciona la manipulación de personas menores de edad para adoptar un estilo de vida idéntico al del matrimonio sin que se verifique una unión o formalización jurídica; se establece como tipo penal la cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad de resistirlo. Se impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa a quien realice este tipo de acciones.

Alerta Amber inmediata en casos de trata

La modificación a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas para emitir la Alerta Amber por la autoridad competente sin dilación cuando se reporte la desaparición, sustracción o ausencia de una niña, adolescente o mujer. Publicado en el DOF el 5 de abril de 2023.

Se establecen las causales para el delito de feminicidio

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2023. Se refuerza los procedimientos, diligencias y causales en materia de feminicidios, para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Se establecen las causales para que sea catalogado el delito de feminicidio e imponiendo agravantes de las penas y sanciones cuando existan causas de encubrimiento de éste o cuando las mujeres víctimas sean menores, adultas mayores, con discapacidad o se encuentre embarazada; se incluye la definición de perspectiva de género para que las autoridades investigadoras realicen su actuar bajo este principio; se implementan sistemas de alerta y protocolos para buscar y localizar mujeres desaparecidas; se otorgan diversas prerrogativas a familiares, así como mujeres víctimas de tentativa de feminicidio o feminicidio para que haya resarcimiento en la reparación integral del daño.

Centro de Justicia para las Mujeres

Centros de Justicia para las Mujeres. El proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aprobado por el Senado el 28 de abril, suprime la disposición que pretendía establecer recursos que sean asignados por el gobierno federal y locales respectivamente para el buen funcionamiento de los Centros de Justicia, en consecuencia, únicamente se estipula que, para la creación de dichos centros, se deba de priorizar en los municipios con mayor índice de violencia a las mujeres.

Educación en materia de violencia libre de violencia y perspectiva de género

Decreto que adiciona la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia, por el cual la Secretaria de Educación Pública tiene que cumplir con la educación con perspectiva de género, los que serán ejes transversales para la prevención, integración y desarrollo social; y para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres, publicado en el DOF el 18 de abril.

Reformas a la Ley del ISSSTE  

Las Casas para adultos mayores jubilados y pensionados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo del 2023, que modifica la Ley del ISSSTE para que sean obligatorias las prestaciones y servicios correspondientes a casas de día para adultos mayores jubilados y pensionados derechohabientes.

Reformas a la Ley del ISSSTE publicado en el DOF del 24 de marzo por el que propone suprimir diversas limitantes establecidas en la vigente legislación que mantiene como requisito que los familiares no puedan ser considerados como derechohabientes de la persona trabajadora o pensionada.

Modificación a la Ley del ISSSTE que Elimina condiciones para otorgar pensión por viudez publicado en el DOF el 24 de marzo. Garantiza el derecho a la pensión por viudez en todos los casos eliminando la restricción de acceder a este si se hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de que este hubiese cumplido 55 años de edad.

Ley del Seguro Social

Modificación a la Ley del Seguro Social para incapacidad por maternidad publicado en el DOF el 24 de marzo, que Establece que el subsidio correspondiente a 42 días después del parto a la asegurada, a solicitud de esta, se pagará mediante un certificado único de incapacidad por 84 días y se entregará al principio de la incapacidad.

Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

Con reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. El registro tiene como objetivo otorgar efectiva protección y restitución de los derechos de los menores de edad. Se establece que las autoridades del Poder Judicial de la Federación coordinarán su trabajo con el Sistema Nacional DIF con el propósito de intercambiar y consultar información que se genere sobre el incumplimiento de estas obligaciones. Además, se establecen los requisitos y procedimientos por los cuales se podrá estructurar este Registro, adicionalmente, las autoridades federales competentes podrán instrumentar las medidas de restricción a que haya lugar para los deudores alimentarios.

Reformas polémicas

Entre las iniciativas aprobadas el 28 de abril por el Senado entre las más cuestionadas por la opinión pública, se encuentran:  

Se incluyen atribuciones al IMSS Bienestar para atender personas sin seguridad social. Con el tema regulación del sistema de salud para el bienestar se aprobó incluir acciones, atribuciones y responsabilidades de colaboración entre el IMSS-BIENESTAR relativo a la presentación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social. Establece que el Sistema de Salud para el Bienestar se compone por la Secretaría de Salud, Servicios de Salud del IMSS-BIENESTAR, así como las instituciones y organismos que participan en el mismo, y, en su caso, de manera concurrente por las entidades federativas Así mismo, se propone establecer que los gobiernos de las entidades federativas coadyuvarán en la operación y fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud. Además, se propone incluir la prohibición del cobro de cuotas de recuperación por la prestación de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social.

Asignación de vías ferroviarias a entidades paraestatales. El Senado aprobó la reforma al Articulo 3 de la Ley de Vías Generales y al articulo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y articulo 59 Bis a la Ley Federal de Entidades Paraestatales para establecer que las vías generales de comunicación y los modos de transporte que estén asignados a la federación podrán ser asignadas a favor de entidades paraestatales, con vigencia indefinida, esta asignación no podrá cederse ni transferirse bajo ningún título.

Obtención de recursos para mejoras en vías de comunicación. Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley General de Turismo. Determina que de los ingresos obtenidos del cobro de derechos de visitantes que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, el 20% se destinarán al Instituto Nacional de Migración y el 80% para la entidad que administre, opere y preste servicios aeroportuarios, aeronáuticos, ferroviarios, turísticos, culturales y diversos de la misma indoles, así como para proyectos de infraestructura.

Regulación de contrataciones públicas. Se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que concentra en la Secretaría de la Función Pública la coordinación y conducción de las Unidades de Administración y Finanzas. También establece el rediseño y funcionamiento de los órganos internos de control y la centralización de la política general de contrataciones públicas asegurando un buen uso de los recursos públicos con probidad y eficiencia.

Desaparece la Financiera Rural. Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario Rural Foresta y Pesquero. Extingue el organismo que regulaba la Nacional Financiera. Desaparece el ordenamiento jurídico que determinaba los mecanismos de financiamiento campo y al sector rural dado que los traslada al Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado.

Asuntos aprobados por Senadores remitidos a la Cámara de Diputados

Acoso sexual en espacios públicos. Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, para la prevención y eliminación del acoso en espacios públicos. Se establecen diversas acciones y mecanismos que tiene como propósito prevenir y eliminar el acoso sexual en espacios públicos.

Violencia por interpósita persona. Proyecto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Código Civil Federal y Código Penal Federal para tipificar la violencia a través de interpósita persona. Regula la violencia a través de interpósita persona como la conducta u omisión que tenga por objeto dañar a una mujer que se dirige en contra de sus hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, por parte de alguien con quien haya tenido o tenga una relación de matrimonio, concubinato o, de hecho. Este tipo de violencia deberá ser tipificado por los Poderes Legislativos, Federal y locales. Quien cometa este delito será sancionado y el agresor podría perder la patria potestad de los hijos en caso de que se haya ejercido en el contexto familiar.

Acceso a seguridad social por muerte por maternidad. Iniciativa de Decreto que modifica la Ley del IMSS y el ISSSTE para acceso a la seguridad social por razones de muerte por maternidad. En caso de que la asegurada hubiese fallecido en el parto o puerperio, el descanso de seis semanas anteriores y posteriores al parto podrá ser ejercido por quien tenga la patria potestad, o en su caso guarda y custodia por resolución judicial del menor, así como los reposos respectivos en el periodo de lactancia.

Derechos a la lactancia en centros laborales. Decreto que reforma las legislaciones laborales para establecer el derecho a la lactancia en centros laborales. Propone establecer en diversas disposiciones la obligación por parte de los centros de trabajo y patrones de incluir espacios y condiciones dignas, adecuadas, privadas, higiénicas, accesibles y seguras para lactar durante las labores.

Prelación de apellidos materno o paterno. Decreto que reforma el Código Civil Federal para que la prelación de los apellidos de hijas e hijos sea acordada por los padres. Propone que en el acta de nacimiento se deberán asentar el nombre y apellidos que correspondan en el orden prelación que definan la madre y el padre pudiendo elegir de entre sus apellidos maternos y paternos. Los apellidos de los hijos futuros de la misma padre y madre deberán ser asentados en el mismo orden con el objeto de mantener un sistema que brinde seguridad jurídica a los descendientes.

Trabajo a personas mayores. Proyecto que modifica la Ley Federal del Trabajo que propone que se implementen acciones y programas necesarios con el propósito de promover empleos y trabajos a las personas adultas mayores, a fin de poderlas contratar conforme a su oficio, profesión o habilidad, sin más restricción que su limitación física o mental, declarada por la autoridad médica o legal.

Partería Tradicional. Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud para el ejercicio de la partería tradicional. Propone garantizar y proteger el ejercicio de las parteras tradicionales en condiciones de dignidad y acorde con sus métodos y prácticas curativas, así como el uso de sus recursos bioculturales, brindando los apoyos necesarios sin condicionamientos o certificaciones, siendo suficiente el reconocimiento comunitario.

Tamiz Neonatal. Reformas a la Ley General de Salud que determina que la protección materno-infantil comprende la atención al Niño y la vigilancia de su crecimiento y 48 desarrollo con el fin de prevenir enfermedades inmunomediadas; por lo que será obligatorio la aplicación de la prueba del tamiz neonatal para esta posible enfermedad y otras que ya contempla la ley.

Violencia contra la niñez. Modificación a la Ley General de la Salud. Propone que los establecimientos que presten servicios de salud deberán informar a las autoridades competentes cuando se les requiera la atención de menores de edad que presenten lesiones, signos de maltrato o cualquier tipo de violencia que se encuentren presumiblemente vinculados a la comisión de hechos ilícitos.

Atención gratuita médica y hospitalaria a personas con discapacidad. Determina que será facultad del Titular del Ejecutivo Federal garantizar a las personas con discapacidad y adultas mayores, sin filiación a instituciones de seguridad social la atención médica y hospitalaria incluyendo medicamentos e insumos asociados de manera 49 gratuita y sin discriminación. También especifica que se deberá incorporar al Seguro Social a las personas con Discapacidad.

Permiso de duelo a madres y padres por muerte fetal o perinatal de sus hijas e hijos. Reforma a la Ley General de Salud, Ley Federal del Trabajo y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Propone otorgar un permiso de duelo a madres y padres por la muerte fetal o perinatal de sus hijas o hijos, la cual corresponderá a cuando menos cinco días laborables con goce de sueldo, independientemente del tiempo de servicio.

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