Eliminar el IVA a los artículos de gestión menstrual, un avance en la igualdad entre hombres y mujeres: estudio del Instituto Belisario Domínguez

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*Pendiente resolución de SCJN ante el rechazo de iniciativa en el 2020

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 15 de mayo 2021.- La eliminación del IVA a los artículos de gestión menstrual representaría un avance hacia la eliminación de sesgos de género en la política fiscal, pues se considera un impuesto sexista, ya que en el marco de tributación actual se otorga una tasa cero a artículos de primera necesidad como son alimentos y medicina. 

Además, el consumo de estos artículos representa un medio para garantizar el derecho universal para mantener un nivel adecuado de salud y bienestar de las mujeres.

Ante la creciente visibilización que ha impulsado el movimiento feminista sobre el impacto diferenciado y desproporcionado que tiene el impuesto a los productos de gestión menstrual, al menos 21 países y ciudades han implementado reformas a sus políticas fiscales para eliminar o reducir dichos gravámenes, las cuales han sido de estrategias diferentes.

Aprueba Comisión de Educación de Cámara de Diputados facilitar acceso gratuito a productos de higiene menstrual

Países como Canadá, la India, y Reino Unido aplican tasa cero, mientras que Estados Unidos, Nicaragua y Australia han optado por la exención de impuestos. Otros como Bélgica, Colombia, Alemania e Italia han disminuido los gravámenes que se cobran, mientras que Francia ha optado por proveer productos de higiene menstrual de forma gratuita. 

En México, este tema se encuentra en discusión en el Congreso de la Unión señala el estudio “Menstruación libre de impuestos: una lucha contra la discriminación tributaria”, elaborado por Mario Iván Domínguez Rivas y Lorena Vázquez Correa del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la Republica.

La investigación concluye que la igualdad entre la mujer y el hombre favorece el crecimiento económico, por lo que es importante la inclusión de la perspectiva de género en la política fiscal, en particular, en los sistemas tributarios que han carecido de ella.  

Fue hasta la Legislatura de la Paridad de género, la LXIV Legislatura 2018-2021, cuando el Pleno de la Cámara de Diputados discutió por primera vez si es válido o no un impuesto para un acto biológico que solo sucede a las mujeres al presentar la diputada Martha Tagle una iniciativa en representación del movimiento Menstruación Digna México. 

Se propusieron tres ejes de acción, la eliminación del IVA a dichos productos, es decir, establecer una tasa de 0 por ciento de IVA a la enajenación de estos productos en lugar de la actual del 16 por ciento y, la gratuidad de los productos de gestión menstrual como son toallas sanitarias desechables, toallas de tela, compresas, tampones, panti protectores, copas menstruales y cualquier otro bien destinado a la gestión menstrual. Finalmente generar investigación y datos sobre la gestión menstrual en México.

La Cámara de Diputados desechó la propuesta de reforma bajo el argumento de que “los más de 3 mil 199 millones de pesos que se recaudan por este rubro cada año son necesarios para “construir carreteras e infraestructura”.

Al respecto, se señala en la investigación que el costo fiscal asociado estimado en el 2020 sería incluso menor al gasto fiscal estimado para la tasa cero de IVA a libros, periódicos y revistas, representando el 70.9 por ciento de este, por lo que reafirma que el IVA en artículos de gestión menstrual representa un impuesto sexista o rosa que va en detrimento de la igualdad entre las mujeres y hombres en el sistema fiscal mexicano. 

Iniciativa en el Senado para eliminar el IVA en productos de higiene menstrual, presentará Jorge Ramírez Marín

 

169 diputados y Menstruación Digna México se unen ante SCJN

Si bien, la propuesta se discutió en el Senado de la República ese mismo mes en el marco de la aprobación del Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal de 2021, también fue rechazada, por lo que 169 diputaciones presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el respaldo del movimiento Menstruación Digna México.

La acción de inconstitucionalidad busca que la SCJN reconozca que, tanto la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, como los motivos para reiterar la tasa de 16 por ciento establecidos en Ley del Impuesto al Valor Agregado son expresiones de una política tributaria discriminatoria y carente de perspectiva de género que afecta a las mujeres. 

Por ello, y dada la experiencia internacional en la legislación sobre el tema, la política fiscal buscaría establecerse en el sentido de eliminar el impuesto a los artículos de gestión menstrual y, paralelamente, buscar la forma de otorgar de manera gratuita estos artículos a personas con bajos ingresos. 

En México, el colectivo Menstruación Digna −conformado por más de 30 organizaciones de la sociedad civil− visibilizó la necesidad de incorporar la gestión menstrual como un tema de la agenda y las políticas públicas, a fin de crear condiciones estructurales para que las mujeres, niñas, adolescentes y personas menstruantes puedan vivirla con dignidad.  

Así, el movimiento tuvo una victoria cuando en febrero de 2021, la SCJN admitió analizar el recurso de acción de inconstitucionalidad; es decir, admitió pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la política tributaria referida, aunque no hay fecha para resolución. 

Mientras el movimiento Menstruación Digna México espera la resolución de la SCJN, la iniciativa de la diputada Martha Tagle fue dictaminada en lo relativo a la gratuidad de los productos 13 de higiene menstrual.

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Aprobada reforma a la Ley de Educación para acceso a productos de gestión menstrual en escuelas de tipo básico y medio superior

En abril de 2021 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma el artículo 114 de la Ley General de Educación para que las autoridades educativas y sanitarias de las entidades federativas faciliten el acceso a los productos para la gestión del sangrado menstrual en los planteles educativos públicos del tipo básico y medio superior. 

Las obligaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria de las entidades federativas. La minuta fue enviada al Senado para continuar su proceso legislativo.

Michoacán, primer estado en aprobar acceso gratuito a productos de higiene menstrual en escuelas publicas

En marzo de 2021 Michoacán fue la primera entidad federativa que aprobó la reforma a la Ley de Educación para garantizar el acceso gratuito los productos de gestión menstrual para niñas, mujeres y personas menstruantes que lo requieran en las escuelas públicas estatales, así como para establecer que los programas de estudio resalten la educación sexual integral y la orientación reproductiva, el ejercicio de la sexualidad, la maternidad y paternidad responsables, la prevención de embarazos no deseados en adolescentes y de enfermedades sexuales.

También a nivel local, integrantes del colectivo Menstruación Digna México acudieron al Congreso de Nuevo León para presentar una iniciativa de reforma para garantizar productos de higiene menstrual gratuitos en las escuelas públicas, así como la inclusión e impartición de planes de educación menstrual, para lo cual proponen reformar la Ley de Educación local.

Existen otras iniciativas legislativas sobre menstruación digna que proponen garantizar la gratuidad y previsión de los productos de higiene menstrual en los centros de reclusión penal y de alojamiento para personas en situación de calle, así como promover políticas laborales para el reconocimiento de los malestares menstruales fuertes -derivado de algún síndrome menstrual-, como una causal para obtener permisos de ausencia remunerada, las cuales permanecen pendientes de dictaminar en comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados y del Senado de la Republica. 

Por su parte, en la Ciudad de México entró en vigor la prohibición de vender tampones con aplicador de plástico desde enero de 2021. La política se enmarcó en las reformas a la Ley de Residuos de la Ciudad de México para que la población deje de usar los plásticos de un solo uso sustituibles con otros materiales, entre los que se encuentran los tampones.

Al respecto, colectivas feministas han advertido que esta medida es reflejo de la ausencia de la perspectiva de género y la desigualdad económica en la política ambiental, ya que el uso de tampones como vía la gestión menstrual no puede equipararse al rol de un tenedor desechable, o al de un popote, y en el mercado no hay un sustituto al mismo precio y de la misma calidad o mejor, lo que ha dejado a millones de mujeres sin alternativas de gestión menstrual. 

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