En México más de 100 mil personas desaparecidas y crisis forense con 52 mil fallecidos sin identificar, estudio del IBD

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  • Son 20 mil 10 las mujeres desaparecidas con edades de 15 a 19 años de edad.
  • Preocupa a ONU el grado de impunidad estructural en las desapariciones y la revictimización.

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 02 de agosto del 2022.- El fenómeno actual de la desaparición de personas en México pasó de ser un mecanismo de represión política por agentes del gobierno y las fuerzas armadas, la llamada “Guerra contra el Narcotráfico”, a convertirse en un fenómeno con diversos perpetradores, modalidades y víctimas que abarca a hombres, mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas de la comunidad LGBTIQ+.

De las 100 mil 447 personas desaparecidas de 1964 a mayo del 2022, el 83.7% ocurrió en los últimos 16 años, de acuerdo con un estudio elaborado por la Dirección General de Investigación Estratégica del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.  

Además, existe una crisis forense que se manifiesta en la existencia de más de 52 mil personas fallecidas sin identificar.  

En cuanto al sexo de las personas desaparecidas y no localizadas, de las 84 mil 63 personas registradas en el período de 2006 a mayo de 2022, 63 mil 784 correspondieron a hombres (76.1 %) y 20 mil 10 a mujeres (23.9 %). Los rasgos de edad donde se tienen más registros en hombres son de 25 a 29 años, y en mujeres de 15 a 19 años.

El grave problema de desaparición de personas en México llevó a que el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (CED, por sus siglas en inglés), con fundamento en el artículo 33 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada, visitará a México del 15 al 26 de noviembre de 2021 y presentará sus observaciones, hallazgos y recomendaciones el 12 de abril de 2022.

La investigación titulada “Hallazgos y recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU a México” elaborada por Juan Manuel Rodríguez Carrillo y Susana Ramírez Hernández destaca que son 10 las entidades del país que registran el 71.8 % del total de personas desaparecidas que en encabeza Jalisco con más de 13 mil desapariciones. Le sigue Tamaulipas, Estado de México, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Michoacán, Ciudad de México y Coahuila.  

Preocupante el grado de impunidad y revictimización en las desapariciones forzadas

El organismo de la ONU resaltó el preocupante estado de impunidad estructural “que favorece la reproducción y el encubrimiento de las desapariciones forzadas” así como la revictimización.

Entre los hallazgos destaca la preocupación de Naciones Unidas por el enfoque militarizado de la seguridad pública adoptado por el Estado para combatir la delincuencia, lo que implica un riesgo en materia de derechos humanos. Así como la falta de estrategia integral a pesar de las múltiples herramientas normativas, institucionales y jurisprudenciales para la búsqueda e investigación que registra deficiencias en su implementación.

A cuatro años de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, aún no se ha publicado su reglamento.

La mayoría de las entidades federativas aún carecen de una política pública en materia de desaparición de personas. Algunas no han armonizado sus marcos legislativos con la Ley General ni han dotado a sus comisiones estatales de búsqueda con los recursos mínimos indispensables para cumplir con su labor.

Aún no se han creado un banco nacional de datos forenses, un registro nacional de personas fallecidas no identificadas y no reclamadas, ni un registro nacional de fosas, y que tampoco se ha emitido el Programa Nacional de Exhumaciones.

Se señala la falta de independencia y autonomía de la Comisión Nacional y de las Comisiones estatales de los Derechos Humanos, y la lentitud en resolver quejas, especialmente las presentadas contra la Guardia Nacional por violaciones de derechos humanos, incluyendo desapariciones forzadas.

La participación de las víctimas en los procesos de búsqueda parece depender principalmente de la voluntad de los servidores públicos encargados de atenderles. Aunado a que existe un aumento de actos de seguimiento, vigilancia, persecución, amenazas y tortura cometidos a los servidores públicos a cargo de las búsquedas e investigaciones.

En cuanto a las investigaciones se confirmó la ausencia frecuente de investigaciones de campo, que se sustituyen por “envíos de oficios, que quedan sin respuesta”. El limitado uso de medios de prueba de base científica y la fragmentación de las investigaciones, lo que resulta  en que raras veces se persigue el delito de desaparición forzada como tal.

A nueve años de la adopción de la Ley General de Víctimas sus resultados han sido muy criticados.

Por ejemplo, el Sistema Nacional de Atención a Víctimas solo se ha reunido una vez en 2015. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas no cuenta con medios para que otras instituciones se vinculen a procesos de atención a víctimas. La atracción de casos locales suele hacerse de forma discrecional. La política de atención y reparación a las víctimas se enfoca excesivamente a la indemnización. Las comisiones de atención a víctimas carecen de recursos. Los criterios aplicados para otorgar apoyo no son adaptados a las víctimas de desaparición.

Entre las principales recomendaciones del CED de la ONU destacan:

  • Cambiar el enfoque de seguridad pública.
  • Fortalecer las instituciones y los procesos de búsqueda e investigación.
  • Garantizar la coordinación sistemática y efectiva de las instituciones.
  • Remover los obstáculos que impiden la judicialización de los casos de desaparición forzada.
  • Prevenir y erradicar las desapariciones forzadas.
  • Implementar mecanismos normativos, jurisprudenciales e institucionales para la búsqueda.
  • Atender debidamente a las desapariciones ocurridas en el contexto migratorio.
  • Facilitar los procesos de búsqueda, investigación, reparación y memoria relacionados con los casos de larga data.
  • Atender la crisis forense.
  • Facilitar el acceso a la búsqueda, verdad, justicia y reparación con enfoque diferencial.
  • Reconocer el papel de las víctimas y atender debidamente sus necesidades de atención y protección.
  • Proteger a los servidores públicos involucrados en las búsquedas e investigaciones.
  • Atender las deficiencias de los registros como estrategia de prevención y erradicación de las desapariciones.

Así como también que se cuente con los recursos humanos y financieros para que la Comisión Nacional de Búsqueda y las comisiones locales puedan cumplir adecuadamente con sus funciones.

Al Poder Legislativo, se le recomendó dar seguimiento a la implementación de las leyes creadas para atender la problemática y asignar el presupuesto necesario para las comisiones de búsqueda del país.  

SEM/MG

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