- Sustentado en la política institucional de educación en igualdad de género
- Es un eje transversal en la formación universitaria
Lorena Vaniezcot
SemMéxico, Oaxaca, 28 de enero 2020.- Con la publicación de un número especial de la Gaceta Universitaria, órgano institucional de comunicación de la UABJO, entró en vigor el Protocolo para la Prevención y Erradicación de la Discriminación, el Hostigamiento, Acoso Sexual y la Violencia contra las Mujeres, sustentado en la política institucional de que la educación en igualdad de género constituye un eje transversal en la formación universitaria.
La publicación del pasado 21 de enero, es resultado de la aprobación que de dicho protocolo realizó el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO), cuya sesión se celebró el pasado mes de noviembre, informó la institución en un comunicado de prensa.
Además, entraron en vigor otros cuatro nuevos reglamentos de acuerdo a lo establecido al Plan Institucional de Desarrollo (PID 2016-2020), de la presente administración, que encabeza el rector Eduardo Bautista Martínez.
En sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario se presentó el paquete de políticas, acciones y mecanismos que favorecen la transparencia, rendición de cuentas, disciplina financiera, equidad de género y nuevas modalidades educativas, los cuales pueden ser consultados en la gaceta digital en http://www.uabjo.mx/tugaceta
El Protocolo para la Prevención y Erradicación de la Discriminación, el Hostigamiento, Acoso Sexual y la Violencia contra las Mujeres se sustenta en la política institucional de que la educación en igualdad de género constituye un eje transversal en la formación universitaria, y que resulta fundamental su articulación con otras medidas institucionales orientadas a la prevención, atención y erradicación de la violencia, la discriminación, el hostigamiento y el acoso sexual en contra de las mujeres.
El documento se compone de tres títulos y 47 artículos. El primero, sobre disposiciones generales. El segundo, sobre las acciones para la prevención y erradicación de conductas de discriminación, acoso y hostigamiento sexual. El tercero, sobre los procedimientos de actuación.
Contempla derechos de las víctimas, medidas de protección, sanción y reparación del daño, señalando los elementos para presentar una queja y los contenidos mínimos de información, incorporando normatividades sobre derechos de las víctimas y forma de obtener acceso a la justicia.
Su diseño otorga certeza jurídica que permita reducir obstáculos en el acceso a la justicia y cumplimiento de los deberes universitarios que garantice la convivencia en el marco del respeto a los derechos.
SEM/sj
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