IEPC se declara incompetente para investigar caso de Félix Salgado

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Josefina Aguilar Pastor

SemMéxico. Chilpancingo, Guerrero, 15 de enero de 20121.-  El Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC), se declaró incompetente para investigar el caso del precandidato de Morena al gobierno del estado, Félix Salgado Macedonio y en su caso, aplicar el 3 de 3 para eliminar la violencia contra las mujeres no solo al senador con licencia, sino, a todas las y los aspirantes a una candidatura de cualquier índole, concluye que corresponde a los partidos políticos, establecer las bases, reglas y procedimientos para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar en el ámbito de su competencia los actos que constituyan violencia política en contra de las mujeres en razón de género. 

En el punto número 8, del orden del día de la sesión de este jueves del IEPC, se puso a consideración del pleno, el acuerdo 007/SE/15-01-2021con el que dan respuesta a la solicitud hecha por la organización de mujeres “Movimiento Feminista de México”, que solicitó a dicho órgano electoral, una investigación y la aplicación de la medida 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres.

En el escrito presentado, el Movimiento Feminista de México,  señala que con la aplicación de la paridad de género en puestos de elección popular, no sólo buscan que lleguen mujeres, sino que también es necesario que no lleguen al poder hombres misóginos y violentadores.

Refiere que el 17 de noviembre, más de 700 mujeres del estado de Guerrero, firmaron y publicaron un pronunciamiento donde solicitaron a “ese instituto político”, junto con otras instituciones electorales, se le investigue y, en su caso, se le aplique “3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres”a todos los candidatos y precandidatos, poniendo hincapié en el caso del  senador con licencia J. Félix Salgado Macedonio por la denuncia publicada (…), que consta en la carpeta de investigación 12030270100002020117, abierta por la Unidad de Investigación Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Familiar del Distrito Judicial de Tabares con sede en Acapulco de Juárez, Guerrero, el 28 de diciembre de 2016.

Al mismo tiempo, pide que el accionar de las autoridades no solo se quede en discurso o papel, también que informen de manera pública, los mecanismos y protocolos de actuación en estos casos, esto con la finalidad de que no lleguen al poder personas (hombres o mujeres) violentadoras y violadores de los Derechos Humanos.

El acuerdo presentado, señala que en atención a las peticiones planteadas por el Movimiento Feminista de México, el Consejo General determina; “Por cuanto a la solicitud de investigación, tanto al Senador con licencia J. Félix Salgado Macedonio, como a todas las y los aspirantes a una candidatura de cualquier índole, se le informa que este órgano electoral no cuenta con facultades de investigación de tipo judicial”.

En su calidad de presidenta de la comisión de igualdad de género y no discriminación del IEPC, Vienta Molina Revuelta, argumentó el acuerdo. Dijo que tras recibir la solitud del pasado, 4 de diciembre, se dieron a la tarea de analizar la petición; y el 12 enero 2021, comisiones unidas de prerrogativas organización electoral quejas y denuncias y de igualdad de género y no discriminación, sesionaron para analizar la solicitud referida y emitir la respuesta correspondiente.

Finalmente, concluyeron que este órgano electoral, carece de facultades para realizar acciones de investigación judicial, de posibles hechos constitutivos de tipo penal, cuyo principio de legalidad, establece que la propia autoridad solo puede hacer lo que la ley le permite, porque entre los fines que le confiere, no se prevén una facultad investigadora en este sentido.

Molina Revuelta sostuvo que  en el IEPC, recibieron con agrado la iniciativa 3 de 3, por ser una acciona necesaria, razonable y oportuna para avanzar en el establecimiento de mejores condiciones que permitan el desarrollo y participación política de las mujeres libre de violencia.

Bajo esta consideración, aseguran la puntual verificación de que en la etapa de registro de candidaturas a cargos de elección popular, todas y todos los aspirantes,   cumplan con la presentación de su manifestación 3 de 3 contra la violencia en los términos de los razonamientos vertidos por el INE.

“Por todo lo anterior, en mi carácter de consejera presidenta de la comisión Especial, de igualdad de género y no discriminación ratifico el compromiso institucional de garantizar la observancia de todas las disposiciones normativas orientadas a generar más y mejores condiciones que permitan a las mujeres el ejercicio de sus derechos político electorales libre de violencia por razón de género”, expuso la consejera Molina Revuelta.

Dicha posición fue reforzada por la consejera Dulce Merary Villalobos Tlatempa, quien coincidió en que Un órgano garante de los derechos  y libertades políticas de las y los ciudadanos y es responsable de que la competencia electoral sea libre y equilibrada.

Subrayó que el IEPC, ha generado en tiempo y forma las herramientas y mecanismos institucionales, para respetar promover y garantizar los derechos humanos particularmente en lo relacionado al ámbito político electoral, y específicamente los de las mujeres.

Por ello, de acuerdo a lo solicitado por el Movimiento Feminista de México con la iniciativa 3 de 3, el IPEC, a través de lo dispuesto en los artículos de los lineamientos para que los partidos acreditados prevengan, atiendan, sancionen y erradiquen  la violencia política contra las mujeres por razón de género, corresponde a éstos de primera instancia, dar respuesta a la solicitud hecha al instituto. El acuerdo fue aprobado por unanimidad.

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