Ignora los acuerdos de la Coalición Juntos Haremos Historia

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Elizabeth Castro

SemMéxico, Oaxaca, 28 mayo 2018.- El 18 de enero de 2018, el Consejo General del IEEPCO aprobó, mediante acuerdo IEEPCO-CG-05/2018 el Convenio de Coalición para las elecciones de Diputadas y Diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por los partidos PT, MORENA y PES. En dicho acuerdo se estableció, que la coalición presentaría candidaturas comunes en 24 de los 25 distritos electorales de Oaxaca, las cuales se repartirían de la siguiente manera: 12 para MORENA, y 6 para el PES y el PT respectivamente.

En este sentido, el PT postuló como candidata a diputada local por el Distrito IX con cabecera en Ixtlán de Juárez, a Keila Mesulemet, mujer de origen Indígena y oriunda de Talea de Castro; contadora de formación y comunicóloga por convicción desde hace diez años.

Mesulemet es fundadora de la radio comunitaria “Nuestra palabra radio comunitaria” de Talea de Castro. En 2013 impulsó la creación del sistema de telefonía celular comunitaria Talea GSM, que representó un parteaguas en la comunicación indígena en nuestro país. Desde entonces y hasta la fecha, el trabajo de Keila Mesulemet se ha enfocado en promover esta nueva forma de comunicación a lo largo y ancho de nuestra entidad.

Sin embargo, su trabajo como impulsora de la tecnología y la comunicación en comunidades de Oaxaca, no fue suficiente para que su candidatura fuera respetada.

El acuerdo de coalición firmado por los tres partidos establece en su cláusula tercera, que cada uno de los partidos integrantes de la coalición tiene sus propios mecanismos para elegir a las y los candidatos, tanto de los ayuntamientos como de las diputaciones locales de la entidad.

En tanto, el apartado dos de la misma cláusula establece que “el nombramiento final de las y los candidatos a Diputados Locales por el principio de mayoría relativa e integrantes de Ayuntamientos del Estado de Oaxaca será determinado por la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición Juntos Haremos Historia, tomando en cuenta los perfiles que propongan los partidos coaligados por consenso. De no alcanzarse la nominación por consenso la decisión final la tomará la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición Juntos Haremos Historia conforme a su mecanismo de decisión.”

Es decir, se tomarán en cuenta los perfiles de las y los candidatos propuestos, antes de determinar su posición. Sin embargo, la trayectoria de Keila Mesulemet, líder comunitaria que ha impulsado el desarrollo y autonomía comunicacional de las poblaciones indígenas del estado, fue insuficiente para que su candidatura fuera ratificada, esto pese a que el 25 de marzo la “Comisión Nacional de Elecciones sobre el Proceso Interno de Selección De Candidatos/as para Presidentes/as Municipales y Diputados Locales por el Principio de Mayoría Relativa al Congreso del Estado de Oaxaca” de MORENA y la coalición, emitió un dictamen donde se estableció la candidatura de Keila Mesulemet.

El 1 de abril, Flavio Sosa Villavicencio, intentó presionar a la Coalición Juntos Haremos Historia, para que la candidatura del Distrito IX fuera otorgada a su prima, Griselda Sosa.

Ignorando los acuerdos de las dirigencias de los tres partidos, Sosa Villavicencio inició una serie de acciones que terminaron en una fractura al interior de la coalición en Oaxaca. Ya que, pese a la insistencia del ex líder de la APPO, el Partido del Trabajo decidió apoyar y respetar la candidatura de Kelia Mesulemet, considerando que el acuerdo establece que seis candidaturas pertenecen al PT, entre ellas Ixtlán de Juárez.

Sin embargo, derivado de las presiones que integrantes de la Sección XXII ejercieron en la Ciudad de México, la coalición a través del representante de MORENA ante el Consejo General del IEEPCO registró como candidata propietaria a Griselda Sosa Vásquez y a Gabriela Marlene Montenegro Pérez como suplente.

Ante estos atropellos, el Partido del Trabajo y Kelia Mesulemet decidieron iniciar un procedimiento en contra de estos cambios e iniciaron ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano bajo el número de expediente JDC/96/2018; al respecto el TEEO resolvió infundados los agravios denunciados por Keila Mesulemet; mencionando que existe un acta de fecha veinte de marzo, (misma que a diferencia de la del 25 de marzo, no se encuentra disponible en línea), donde se aprueba la candidatura de Griselda Sosa y Gabriela Montenegro.

Esta situación, como es de esperarse en un espíritu democrático, derivó en un impugnación ahora en la Sala Xalapa, cuyos magistrados en esta semana definirán si la candidatura del Distrito IX del estado de Oaxaca, es para la imposición de los intereses de Flavio Sosa o para una líder social, esta última, como lo ha pregonado Andrés Manuel López Obrador, son quienes deben tener prioridad en estas elecciones.

SEM/ec/sj

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