Igualdad sustantiva, tema prioritario en el Congreso de la Unión

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  • El sistema de cuidado y la legalización del aborto los temas ausentes en la LXV Legislatura
  • Lo más relevante la ratificación del Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 18 de julio del 2022.- La reglamentación y creación del sistema de cuidados y la legalización del aborto son los pendientes de los temas de la igualdad sustantiva, a pesar de que esta agenda se posiciona en los primeros asuntos legislados en el Congreso de la Unión, en el primer año de la LXV Legislatura (septiembre 2021-junio 2022).

En el estudio del Instituto Belisario Domínguez, “¿Qué temas legisla la LXV Legislatura? Decretos aprobados por el Congreso de la Unión”, de 77 decretos mediante los cuales se aprobaron 54 reformas a distintos ordenamientos se crearon seis nuevas leyes, de acuerdo con la investigación de Lorena Vázquez Correa.

Del 1 septiembre de 2021 a julio de 2022, los temas más legislados fueron: la igualdad sustantiva, seguridad pública y salud, con 15, 13 y 7 decretos, respectivamente. 

El estudio también reconoce que la integración paritaria del Congreso de la Unión tiene una relación positiva en la aprobación de decretos de género, en la representación sustantiva de los intereses de las mujeres y en la construcción de la democracia paritaria.

Advierte que hay que ser cautelosos en cuanto las comparaciones, ya que en la perspectiva de lo legislado por la LXIV Legislatura, en la que se llevaron a cabo grandes reformas constitucionales y legislativas como la paridad en todo y el marco normativo sobre violencia política contra las mujeres, en la LXV Legislatura (2018-2021) ninguna reforma constitucional fue aprobada, de ninguna temática.

Se incluye la ratificación del Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo. Para la agenda de género es un avance relevante porque compromete al Estado mexicano a ajustar los marcos jurídicos e implementar medidas de prevención de la violencia y acoso en los lugares de trabajo.

Entre los 15 decretos aprobados en materia de igualdad e inclusión se encuentran, la tasa cero de IVA a los productos de gestión menstrual, avances en la reglamentación de la paridad en todo, reformas para agilizar la emisión de la alerta de género, atención a la salud con perspectiva de género y planes de educación para la igualdad y contra las violencias, entre otros.

En cuanto a las nuevas leyes, se destacan la Ley Federal de Revocación de Mandato, la Ley Orgánica de la Armada de México, la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. 

El Documento presenta un balance ejecutivo de la actividad legislativa desarrollada por las y los legisladores del Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senado de la República) en materia de aprobación de decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, del 1 de septiembre de 2021 al 17 de junio de 2022.

Los 15 decretos de la igualdad sustantiva:  

Temas de Salud

“Tasa cero de IVA a los productos de gestión menstrual”. La propuesta fue planteada por la Secretaría de Hacienda en el Paquete Económico para 2022. Una reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado bajó de 16 a cero por ciento el impuesto a las toallas sanitarias, copas menstruales y tampones para la gestión menstrual (DOF, 12-11-2021).

“Amamantar en espacios públicos”. Aunque no estaba prohibido amamantar en espacios públicos, tampoco estaba garantizado dicho derecho por ley y, al aprobar la reforma se garantiza que las mujeres no tendrán restricciones o limitaciones para alimentar a sus hijos en cualquier lugar.

El decreto modifica la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación para establecer que ninguna autoridad podrá prohibir, negar, limitar o restringir el acto de amamantar en espacios públicos (DOF, 22-Nov-2021).

“Atención a la salud con perspectiva de género”. La reforma a Ley General de Salud incluye la perspectiva de género en las estrategias y programas para contribuir a la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al derecho a la protección de la salud y, de manera explícita refiere a la igualdad en el tratamiento de las neoplasias (tumores) que afectan la salud sexual y reproductiva de los hombres y las mujeres (DOF, 30-Mar2022).

La modificación a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres incluye la salud como uno de los ámbitos explícitos de las políticas para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres (DOF, 30-Mar-2022). La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores fue modificada para que las personas adultas mayores reciban especial atención en los programas de detección oportuna y tratamiento temprano de enfermedades crónicas y neoplasias en igualdad de condiciones entre mujeres y hombres (DOF, 30-Mar-2022).

Temas de Paridad

“Paridad en el servicio civil de carrera”. Las reformas a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establecen la paridad en los procesos de selección, contratación y ascensos en el servicio civil de carrera de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en las estructuras de los partidos y en altos cargos públicos. Además, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos evaluará la participación paritaria entre mujeres y hombres en los cargos de elección popular (DOF, 18-May-2022).

“Paridad en asociaciones deportivas nacionales”. La reforma a la Ley General de Cultura Física y Deporte establece que es obligación de las asociaciones deportivas nacionales implementar la igualdad de trato y oportunidades, así como la paridad entre mujeres y hombres en el acceso a sus órganos de gobierno y representación, lo cual será vigilado por el Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva (DOF, 25-Mar-2022). En adición a ello, otro decreto reformó la Ley General de Cultura Física y Deporte para establecer que las autoridades competentes deberán ejecutar políticas para garantizar la participación en igualdad de condiciones entre mujeres y hombres que fomenten actividades físicas y deportivas (DOF, 30-Mar-2022).

“Reglamentación de la paridad en todo”. La reforma modifica nueve leyes para incluir la paridad de género en los órganos internos de la administración pública. Algunos órganos que deberán cumplir la paridad de género son la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la Junta de gobierno de la CEAV, el Consejo Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la Junta de Gobierno del Mecanismo para la prevención y protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, los Consejos Regionales de pueblos indígenas, el Consejo Nacional l del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, así como la integración del Sistema Nacional de Protección Integral. Además, adopta lenguaje incluyente en las leyes modificadas (28- 20 DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS LEGISLATIVO LEGISLATIVOS LEGISLATIVO 04-2022). Así, el Congreso avanzó en la reglamentación del principio constitucional de paridad de género en todos los espacios de poder (Vázquez, 2020).

“Reglamentación de la paridad en todo”. El decreto modifica 31 leyes para atender la disposición del artículo Segundo Transitorio de la reforma de junio de 2019, por el cual el Congreso de la Unión adquirió la obligación de realizar las adecuaciones normativas correspondientes para reglamentar el principio de paridad de género establecido en los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución, conocido como paridad en todo (DOF, 11-May-2022; Vázquez 2019; Vázquez, 2020). Algunas leyes modificadas fueron la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, General de Salud, entre otras.

Temas de Igualdad

“Hijas de ejidatarios como sucesoras de la tierra”. La reforma a la Ley Agraria que incorpora a las hijas de los ejidatarios dentro de la lista de las personas sucesoras de los derechos sobre la parcela y de los demás bienes inherentes del ejidatario (DOF, 8-Mar-2022). De acuerdo a las comisiones dictaminadoras brinda certeza jurídica a la titularidad de la tierra, empodera económicamente a las mujeres rurales y reduce la desigualdad de género.

“Supletorios para la igualdad sustantiva”. La reforma agrega dos ordenamientos supletorios a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para lograr la igualdad sustantiva: 1) la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 2) la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (DOF, 21-10- 18 DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS LEGISLATIVO LEGISLATIVOS LEGISLATIVO 2021).

Los ordenamientos supletorios operan cuando una figura jurídica no se encuentra regulada en forma clara y precisa en un ordenamiento legal y, por ello, es necesario acudir a otro cuerpo de leyes para determinar sus particularidades. La primera norma supletoria añadida establece la coordinación interinstitucional y política del Estado para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres. La segunda define las obligaciones y competencias de las autoridades para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y el interés superior de la niñez como eje rector en la toma de decisiones donde se involucre a personas de dicho grupo.

“Género, interculturalidad y medio ambiente”. El decreto que modifica la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para promover la perspectiva intercultural y de género en la distribución de costos y beneficios asociados a los objetivos de la política ambiental (DOF, 21-10-2021). Las comisiones dictaminadoras del Senado argumentaron que la reforma pretende orientar las actividades de preservación y restauración del equilibrio ecológico, con especial atención en el trabajo que impulsan y ejecutan las mujeres, los apoyos diferentes que necesitan para combatir los efectos de los desastres naturales y su integración en los espacios de decisión en temas ambientales

“Inclusión de personas con discapacidad”. La reforma a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad señala que la Administración Pública implementará medidas contra la discriminación y acciones afirmativas que permitan la inclusión social de las personas con discapacidad, principalmente las mujeres, las personas con discapacidad con grado severo, las que viven en el área rural, o personas que no pueden representarse a sí mismas (DOF, 29-Abr-2022).

“Campañas de comunicación social con lenguaje incluyente y libre de violencia”. La reforma la Ley General de Comunicación Social establece que las campañas de comunicación social deberán utilizar un lenguaje incluyente, libre de discriminación y eliminar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres (DOF, 12-04-2022).

“Políticas del Ejecutivo federal para la igualdad”. La Política Nacional que desarrolle el Ejecutivo Federal deberá considerar los siguientes lineamientos: “promover que las campañas de comunicación social de las dependencias de la Administración Pública Federal eliminen el uso de estereotipos sexistas y discriminatorios e incorporen el lenguaje incluyente; y que fomenten la participación de las mujeres en las diferentes disciplinas deportivas, en la ciencia y la tecnología, así como el desarrollo de investigadoras profesionales” (DOF, 29- Abr-2022).

Violencia contra las Mujeres

“Educación para la igualdad y contra las violencias”. El decreto propone implementar cursos de sensibilización y formación, dirigidos a servidores públicos, personal administrativo y docentes para evitar la reproducción de roles y estereotipos de género e impulsar la igualdad sustantiva (DOF, 15-Mar-2022).

“Agilizar la emisión de la alerta de género”. El objetivo de la reforma es agilizar el procedimiento para la emisión de la alerta de violencia de género contra las mujeres, atendiendo a la situación de urgencia de los hechos documentados, al territorio especificado en la solicitud, así como al principio de debida diligencia.

Especifica la obligación del Estado mexicano (en los tres niveles de gobierno) de tomar las medidas presupuestales y administrativas para dar cumplimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Señala que las políticas públicas deberán seguir los principios rectores de la perspectiva de género, la debida diligencia, la interseccionalidad, la interculturalidad y el enfoque diferencial. Asimismo, se establecen plazos claros para el trámite inicial, fijando 30 días naturales para analizar los hechos de violencia denunciados y presentar las conclusiones (DOF, 29-Abr2022).

Deberá observar en todo momento los principios de transparencia, máxima publicidad y acceso a la información, así como la protección de datos personales durante la totalidad de las etapas del procedimiento.

SEM/MG

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