La Cámara entra a reglamentar protección a la niñez en situación de violencia vicaria, cuando hay varias iniciativas sin solución

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Proponen reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sumada a otras 3 en archivo

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz del partido verde propuso esa cuarta iniciativa

Libertad López 

SemMéxico, Ciudad de México, 12 de junio, 2022.- El Congreso de la Unión desde 2019 tiene archivadas iniciativas para atender lo que se conoce como violencia vicaria, que afecta a las mujeres separadas, que protege a los hombres y que daña a la niñez. No obstante, la legislación no avanzó y no existen políticas públicas en marcha.

Resultado de la violencia vicaria, según estudios, genera inestabilidad a niños y niñas, sufrimiento de las mujeres separadas de sus hijos, padres protegidos por la justicia civil y familiar y porcentajes de violencia a la niñez, sólo atendidos en los Refugios, que ahora no tienen recursos para operar.

Se ha podido precisar que hay registro de casos donde el 80 por ciento de las mujeres fueron separadas de sus hijos de manera inesperada, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional acerca de Violencia Vicaría en México, realizada por la agencia Altermind a petición del Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria (FNCVV).

Ahora, la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (PVEM) impulsa una iniciativa a fin de garantizar la salvaguarda de los menores que quedan en el limbo en esas separaciones. Define la violencia vicaria y pide medidas de protección, que se sumarían a una docena ya reglamentadas.

De acuerdo con el Inegi, sólo durante 2020 se registraron 92 739 divorcios, de los cuales 8 mil 719 fueron resueltos por la vía administrativa y 84 mil 20 por la judicial, esto es, hubo conflictos que afectan a niñas y niños en más de 80 mil casos.  

Esa situación debe atenderse de e manera efectiva y ágil, propone la diputada del partido Verde Ecologista, ya que, al detectar indicadores de violencia vicaria ejercida en contra de las niñas, niños y adolescentes, se necesitan medidas que protejan a tiempo su integridad emocional, psicológica y física

 Las entidades que registraron las mayores tasas de divorcios por cada 10 000 habitantes de 18 años o más fueron Aguascalientes con 30.6, Coahuila de Zaragoza con 28.8 y Campeche con 23.9, mientras que la tasa nacional fue de 10.6. Las principales causas del divorcio a nivel nacional fueron el divorcio incausado, con 66.2%, seguido por el mutuo consentimiento con 32.4 por ciento.   En el país las mujeres se divorcian ligeramente más jóvenes que los hombres, ya que la edad promedio al divorcio es de 39.1 y de 41.6 años, respectivamente. Con al menos dos hijos.

La nueva iniciativa se suma a la presentada el 3 de marzo, por la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenza, para incluir la violencia vicaria dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia. 

La propuesta de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, señala que cuando niñas, niños o adolescentes se vean afectados por violencia vicaria, en los casos en los cuales quien ejerce las funciones de guarda y custodia no desarrolle adecuadamente su rol parental, las autoridades correspondientes están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar.

En México, desde 2019, la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados analiza reformas al Código Penal Federal para imponer hasta 10 años de cárcel al cónyuge que sustraiga, retenga u oculte a un menor fuera de la entidad federativa en donde reside.  

El problema, según el abogado Pedro Hernández Gaona, es la diversidad en la legislación mexicana. No hay una homologación de los tipos penales. «No se está considerando un mismo tipo legal y eso es un gravísimo error. México tiene 34 códigos penales. Además del Federal, el de la Ciudad de México, el Penal Militar y el de cada uno de los estados».   

A eso se suma un creciente número de divorcios por la pandemia. «En el 2020 hubo unos cerca de cien mil divorcios, y ahora aumentaron las separaciones y también los abusos. Los padres que ya no toleraban a su pareja se llevan a sus hijos fuera de la entidad federativa; generalmente son los hombres los que se llevan a los niños y son las madres las que ya no los ven «. 

El académico no considera que este proceso de homologación de tipos penales en el que se está trabajando desde hace años se concrete pronto. «Hay reticencia por parte de las entidades federativas (31 estados sin contar a la Ciudad de México), y tampoco hay una voluntad por parte de la sociedad mexicana por ver resultados pronto «.  

En México la violencia vicaria no está tipificada como delito  es  la más cruel de las violencias de género porque se ejerce en contra de las mujeres a través de sus familiares, sobre todo, a través de los hijos «, afirma la periodista Leonor Pérez Durand, que investiga desde España casos de violencia de género y dirige el portal  tele oleo

«Si un hombre te mata, ya no estás para sufrirlo, pero sobrevivir a la muerte de un hijo, eso es dolorosísimo, es la forma más punzante, más terrible de hacerle daño a una mujer. Pero no solo es el asesinato del hijo, la violencia vicaria es también la manipulación de los hijos por los padres en contra de las madres”.

Ahora esta tercera o cuarta iniciativa sobre la problemática  agrega a la ley que cuando el padre haya sido denunciado o condenado por violencia familiar, doméstica o vicaria o cualquier delito en razón de género contra las mujeres o sea deudor alimentario, las autoridades jurisdiccionales competentes, procurando el interés superior de la niñez, podrán decretar en todo momento, aún como medida cautelar, la limitación, suspensión o pérdida del derecho de convivencia, custodia provisional o definitiva o cualquier régimen de comunicación o relación cuando exista peligro para las niñas, niños y adolescentes. Lo que está ya en códigos civiles. 

Establece que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia o los Sistemas de las Entidades, en coordinación con las Procuradurías de Protección, deberán otorgar medidas especiales de protección de niñas, niños y adolescentes cuando se tenga conocimiento de que son víctimas de violencia vicaria; asimismo, deberán garantizar que sean atendidos por personal especializado en casos de violencia para asegurar que se adopten decisiones que respondan al interés superior de la niñez. 

Añade que se tomarán las medidas necesarias a fin de garantizar el apoyo para que las niñas, niños y adolescentes, durante su protección, atención especializada y recuperación, permanezcan con la madre, excepto si ello es contrario al interés superior de la niñez. 

Plantea como atribución del Sistema Nacional de Protección Integral, diseñar y aplicar protocolos especializados para facilitar la planeación e implementación de medidas de prevención, atención, esquemas de alerta temprana y de seguridad para eliminar la violencia vicaria y garantizar una vida libre de violencia para niñas, niños y adolescentes. 

Define a la violencia vicaria como las conductas realizadas contra otra persona de manera consciente a través de terceros con el propósito de castigar, dañar psicológicamente o causar un sufrimiento a la mujer con la que se mantiene, se ha mantenido o se pretende una relación con la intención de ejercer o continuar practicando manipulación, control, dominación y violencia sobre ella. 

La propuesta, turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, considera que para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes es esencial asegurar el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica mediante la prevención de toda forma de violencia en su contra, por lo que es urgente prevenirla y erradicarla.

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