La Convención Belem do Pará compromiso de los países para proteger los derechos humanos de las mujeres: Rosa María Álvarez

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  • Día 5 de activismo.
  • Es muy importante llamar a cuentas al Estado Mexicano por las violaciones que se cometen contra las mujeres en un país como el nuestro, que lejos de haber disminuido la violencia contra las mujeres va en aumento.

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 30 de noviembre del 2022.- En un país en que se ha vulnerado los derechos humanos de las mujeres como en México, donde la violencia va en aumento, es importante llamar a cuentas al Estado Mexicano, lo que se establece en la Convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, conocida como la Convención Belem do Pará.

La doctora Rosa María Álvarez de la Federación Mexicana de Universitarias (FEMU) en la capsula del Día 5 de la campaña de “Los 16  días de activismo contra la violencia de Género” que se transmite todos los días a partir del 25 de noviembre y hasta el 10 de diciembre en el portal del Museo de la Mujer abordo el tema “Legislación Regional”.

Destacó la importancia de la Convención Interamericana  para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, mejor conocida como la Convención Belém do Pará llamada así por haberse firmado en esa ciudad brasileña en 1994.

Mencionó el año 1994 porque en los ámbitos internacionales y, particularmente en el Regional, dijo, “nos percatamos de que existe un grave problema de violencia contra las mujeres mismo que había estado aceptado como algo culturalmente vigente en nuestras sociedades sobre todo la violencia familiar”.

Precisó que la Convención de Belem Do Pará fue planteada en el ámbito latinoamericano como un compromiso político para luchar contra la violencia contra las mujeres

Es la primera vez que se considera que la violencia contra las mujeres es una violación de sus derechos humanos, en este tratado se han dado la pauta para posteriormente en cada uno de los países, y particularmente en México establecer todo el marco jurídico en contra de la violencia contra las mujeres.

Se consideró entonces que había tres tipos de violencia; la física, la sexual y la psicológica, estas violencias se podían dar en la vida privada, esto es importante porque la violación de los derechos humanos contra las mujeres  se consideraba solo cuando el Estado participaba en un acto en contra de un particular. 

En la mayoría de los casos es un particular el quien ejerce esa violencia contra las mujeres, un esposo, un padre un hermano.

La Convención establece la violación de los derechos de las mujeres tanto en la vida privada como en la vida pública.

Otro tercer aspecto es la violencia perpetrada o tolerada por el Estado, porque muchas veces las autoridades no toman las decisiones conducentes, lo que da lugar a muchas resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en el que se analizan las violaciones a los derechos de las mujeres por violencia, en las cuales se puede considerar que el Estado no ha cumplido con la obligación de proteger a las mujeres adecuadamente.

Es muy importante llamar a cuentas al Estado Mexicano por las violaciones que se cometen contra las mujeres en un país como el nuestro, que lejos de haber disminuido la violencia contra las mujeres va en aumento, expresó.   

También llamó la atención que no se ha atendido el aspecto educativo, esta violencia se puede erradicar con un programa de educación sólida que muestre la resolución de conflictos, entre las personas, sobre todo a las que forman el núcleo familiar, de muchas formas diferentes a la violencia.

SEM/MG

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