No al alquiler de vientres piden organizaciones feministas de América Latina

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  • Dicen que la gestación subrogada viola los derechos de las mujeres, México no debe legislar
  • Admitirlo convierte a los países de América Latina, en paraísos de explotación reproductiva

Elda Montiel

SemMexico, Cd. de México, 31 de agosto 2021.- No puede ni debe ser legitimado y amparado por los Estados la maternidad subrogada porque es una violación a los derechos humanos de las mujeres al utilizar su cuerpo y sus funciones reproductivas como materia prima.

El Manifiesto Latinoamericano contra la Explotación Reproductiva signado por más de 100 organizaciones de la región, exigen a los gobiernos, entre ellos México a:

No aprobar ninguna iniciativa de ley en materia de “gestación subrogada” ni ninguna disposición que atente contra la dignidad humana y derechos de las mujeres en razón de su sexo o que pueda favorecer cualquier forma de explotación.

No legislar deseos individuales elevándolos a categoría de derechos, como el de producir niños y niñas con una determinada carga genética a costa de la dignidad humana.

Legislar a favor del interés superior de las niñas y niños.

Legislar para facilitar los procesos de adopción.

Legislar para que la maternidad sea ejercida en libertad

Generar políticas públicas para combatir la histórica feminización de la pobreza exacerbada por la pandemia, que está siendo aprovechada para convertir a nuestros países en paraísos de la explotación reproductiva y sexual.

Así como adherir e impulsar la Convención Internacional para la abolición de la “gestación por sustitución” para su posterior firma y ratificación.

Finalmente organizar un espacio abierto de discusión pública sobre las iniciativas legislativas con las organizaciones promotoras y firmantes de este manifiesto.

Las personas, colectivas y organizaciones feministas y abolicionistas argumentan que la práctica de “alquiler de vientres”, en tanto expresión inequívoca de discriminación, violencia y vulneración de derechos humanos fundamentales de mujeres, niñas y niños, contraviene lo estipulado en convenios y tratados internacionales de los que nuestros países son signatarios y cuyo cumplimiento es obligatorio por mandato constitucional.

Advierten que los derechos que pueden verse vulnerados se recogen en la Convención para la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra las Mujeres, el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños/as que complementa la Convención contra la Delincuencia Organizada, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y de la Niña, así como el Protocolo Facultativo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y de la Niña relativo a su venta.

Hacen hincapié en que la práctica de “alquiler de vientre” se trata de una relación contractual atravesada por la desigualdad social y económica que suele existir entre las partes contractuales.

Se observa a las mujeres como objetos de consumo e instrumentos para dar satisfacción a deseos ajenos.

Dicha práctica en cualquiera de sus modalidades altruista o comercial viola el derecho a la filiación de las mujeres que gestan y dan luz a sus hijas o hijos con independencia de la relación genética con ellas/os, por cuanto toda reglamentación en esta materia es un contratoen el que se exige a las mujeres la renuncia al derecho fundamental a la filiación y la cesión de éste a terceros.

Suscriben la condena de esta práctica que realizó el Parlamento Europeo en su Resolución P8_TA(2015)0470[3], que estima su prohibición universal por considerarla “contraria a la dignidad humana de la mujer, pues enfatizan las posibles implicaciones para las mujeres en situación de vulnerabilidad en los países con altos índices de pobreza y desigualdad, en el contexto de un rentable mercado de la explotación reproductiva que se lucra de las necesidades de las mujeres más vulnerables, a quienes instrumentaliza.

Detallan que la “gestación subrogada” es una práctica que se asocia directamente a otra muy lucrativa para el mercado de esta industria que es la “donación de óvulos”, que materialmente es una compraventa de gametos y otra forma de explotación reproductiva.

Práctica cuyos efectos en la salud de las mujeres, asociados al agresivo tratamiento hormonal para la estimulación ovárica, no han sido sistemáticamente estudiados y no se conocen sus implicaciones a medio y largo plazo en la salud de las mujeres.

Otro de los derechos que corre el riesgo de ser vulnerado por la práctica es la interrupción legal del embarazo (ILE), conquista y logro del movimiento feminista y amplio de mujeres en algunos de nuestros territorios, pero aún no alcanzado en otros.

Por esta razón, para las feministas es inaceptable el condicionamiento de la ILE inherente a los acuerdos de la llamada gestación subrogada, comúnmente a través del establecimiento de “cuotas de reparación económica” inalcanzables para las mujeres que ya no desean continuar con el embarazo.

Feministas de México contra maternidad subrogada

Por otra parte, en México el pasado 7 de junio feministas se pronunciaron frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la maternidad subrogada ya que hay una explotación de los cuerpos de las mujeres.

Ya que la ministra Norma Lucía Piña había propuesto la legislación de la maternidad subrogada de forma altruista, señalando en su propuesta que “las parejas homosexuales tienen derecho a acceder a la vida familiar y si es su deseo, a que ésta comprenda la procreación y/o crianza de hijos, ya sea adoptivos, procreados naturalmente por uno de ellos o mediante el uso de técnicas de reproducción humana asistida”.

Teresa Ulloa, directora regional de Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC, por sus siglas en inglés), señalo en ese entonces que la SCJN no están valorando la profundidad las consecuencias que está decisión tendrá en la vida de las mujeres empobrecidas. Los deseos no son derechos, replicó Ulloa.

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