Lo que falta para atender las violaciones en México

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Por: Claudia Almaguer

SemMéxico. 30 de noviembre 2019.- Esta vez comencemos por el final, toquemos las cifras de la violencia sexual y la violación en el país. La Encuesta Nacional de la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía indica que en México 10.8 millones de mujeres fueron sometidas a algún tipo de intimidación, hostigamiento, acoso o abuso sexual, que van desde señalamientos obscenos, que las hayan seguido en la calle para intimidarlas sexualmente, que les hayan hecho propuestas de tipo sexual o bien que directamente las hayan manoseado sin su consentimiento o hasta que las hayan violado.

De ese número, para San Luis Potosí se indica que padecieron esas mismas prácticas cerca de 195 mil mujeres.

Pero ya se ha escrito antes que eso no se significa en el mismo número de atenciones en los centros de salud o de denuncias en las agencias del ministerio público. Apenas la revisión de la incidencia delictiva en 2016 a nivel nacional apunta a 35,102 carpetas iniciadas por delitos contra la libertad y la seguridad sexual (abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento, violación simple, violación equiparada, incesto y otros). En 2017 fueron 36,933, para 2018 hubo 42,929 y hasta octubre de este 2019 son 43,187 delitos de los cuales 1317 ocurrieron en el Estado y 568 fueron violaciones.

Desafortunadamente México no tiene las condiciones para responder a los múltiples actos de violencia sexual que se suscitan y que perjudican principalmente a mujeres de todas las edades no sólo debido a que no ha podido establecer criterios mínimos para la atención, investigación y sanción de sus prácticas, sino a que para empezar es que ni siquiera se lo ha planteado.

Si bien es cierto cada entidad federativa tiene una figura penal para las agresiones sexuales con diversos grados de evolución, también lo es que las situaciones particulares de cada fiscalía o procuraduría respecto de las áreas responsables de recibir las denuncias por estos delitos tienen una situación bastante heterogénea que incide en las capacidades y alcances de su labor.

Súmele a ello que no existe como decía un estándar de calidad básico para atender a la víctima e indagar el hecho delictuoso lo que se refiere tanto a los insumos materiales para la recopilación de datos de prueba susceptibles de perderse por el mero transcurso del tiempo, así como a contar con una metodología investigativa de calidad que abone al acceso a la justicia y evite a toda costa la victimización secundaria que generan las instituciones.

Es indispensable tomar en cuenta que para el caso de las víctimas de violación, además de lo que se rescate de hallazgos materiales y biológicos para su caso, también es indispensable establecer un acceso a métodos de emergencia, atención psicológica, interrupción voluntaria del embarazo así como la detección y atención inmediata de enfermedades de transmisión sexual y VIH; porque en los delitos de este tipo atender adecuadamente hace converger a la justicia y la salud para contener de la mejor manera posible el gravísimo daño que genera la violencia sexual en la vida y la libertad sexual de las mujeres.

Pero pensar en un servicio público de este tipo, especializado y con experiencia para el apoyo a las mujeres hace indispensable que la evitación de prejuicios sea parte de la meta, hay que reconocer que falta mucho trabajo para conseguir que tanto en la sociedad mexicana como en los ámbitos de la procuración e impartición de justicia se deje de creer que es el comportamiento de las mujeres lo que causa las violaciones y no los violadores.

Así, en determinado momento, entre más pronto mejor, se debe comenzar a comprender que la perspectiva de género también tiene que insertarse en estas decisiones y acudir hacía un objetivo fundamental: que una mujer víctima de violación en cualquier estado del país reciba la atención que se merece. A más ver.

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