Lo que ya se había dicho, pero que no escuchó nadie porque no lo dijo un hombre

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Claudia Almaguer

SemMéxico. 11 de enero 2020.- Durante la semana que hoy termina acudí a un curso denominado “Género, violencia política y nuevas masculinidades” en el que se mencionaron diversas situaciones y propuestas ante las cuales es francamente imposible poner cara de sorpresa porque se trata de temas que se han abordado constantemente por parte de diversas investigadoras feministas, de activistas y organizaciones vinculadas a la defensa de los derechos de las mujeres.

No obstante, vale la pena aprovechar la oportunidad de hacer algunos recordatorios para reconocer que el señalamiento de las injusticias, las exigencias y las propuestas siempre provienen de las voces de las mujeres, pero además para oponer la debida resistencia y hacer visible ese sesgo tremendo que existe cuando los hombres hablan de los temas de género y entonces sí les hacemos caso. Los enunciados son los siguientes:

La violencia de género es una pandemia

Pongamos un punto de partida para esta frase, por ejemplo, el Tribunal Internacional de Crímenes en contra de las Mujeres que se produjo en Bruselas en 1976 cuando cerca de 2000 mil mujeres acudieron del 4 al 8 de marzo a denunciar la situación de extrema violencia de la que eran víctimas en todo el mundo por la condición y subordinación de género, ocasión que dio lugar también al primer abordaje del constructo teórico de femicidio desarrollado por Diana Russell.

Precisamente gracias a estos movimientos de mujeres es que la violencia de género salió de la legalidad, de la normalidad, de lo privado y por eso es que hoy se tienen datos a nivel internacional respecto a que 1 de cada 3 mujeres ha sufrido violencia física y sexual como indica la Organización Mundial de la Salud o mediciones muy focalizadas como la Encuesta Nacional de la Dinámica de las Relaciones en los Hogares publicada por el INEGI que dio en 2016 con que 587 mil mujeres de 15 años y más en San Luis Potosí han vivido algún tipo de violencia además de que aproximadamente 94 mil estaban en una situación de riesgo inminente.

Hay que mejorar la legislación que sanciona la violencia contra las mujeres, el feminicidio y los ataques con ácido

Han transcurrido veintiséis años de lucha por el reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia desde 1993 cuando diversas voces feministas desde el periodismo, la academia y la sociedad civil como Esther Chávez Cano, Julia Monárrez, Marcela Lagarde, Sara Lovera entre muchas más comenzaron a denunciar la existencia de asesinatos con características brutales al norte del país en Ciudad Juárez Chihuahua.

Estos movimientos, representados a través de posicionamientos públicos, artículos, actos de protesta e inclusive demandas a nivel internacional para que el Estado Mexicano otorgara una respuesta eficaz y coherente al fenómeno de la violencia de género han dado como resultado todo un marco jurídico protector que  reside en instrumentos como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en protocolos especializados para la integración de la perspectiva de género en la investigación de los delitos y la impartición de justicia así como en la creación del delito de feminicidio que comenzó el 21 de diciembre de 2010 en el código penal del estado de Guerrero y concluyó el 12 de septiembre de 2017 con la tipificación de Chihuahua.

Desde entonces el perfeccionamiento y la búsqueda de objetividad en este delito han justificado diversas iniciativas en el país. San Luis Potosí como resultado directo de la Declaratoria de Alerta por Violencia de Género tiene una presentada por el Ejecutivo en abril del 2019 y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 20 de junio del mismo año. En ella se propuso precisamente lo que el expositor del curso, Pablo Navarrete vino a decir, dado que parte de la sanción del feminicidio es la pérdida de la patria potestad sobre los hijos en común con la víctima. Allí mismo se reforman otros delitos que también son expresiones de violencia de género, lo que constituye una política criminal específica que se complementa con otra iniciativa que presentó la diputada Consuelo Carmona Salas en junio pasado y que propone sancionar con 20 años de prisión las lesiones causadas con ácidos o sustancias corrosivas. Cabe decir que ninguna de las dos iniciativas ha sido tomada en cuenta.

Hay que tipificar la violencia política

Esto ya se ha dicho antes, aunque nunca mencionan el modo de hacerlo, en el Senado de la República hay alguna propuesta y en las entidades que cuentan ya con tipos penales denominados así se trata de enunciados que no cumplen con la taxatividad que el derecho penal exige porque son definiciones sustraídas de otro tipo de legislación. Así, nos vamos a encontrar con “delitos” como el del código penal del Estado de México que indica:

“A quien por cualquier medio impida u obstaculice a una mujer el acceso a los cargos de elección popular su debido desempeño o la induzca a la toma de decisiones en contra de su voluntad, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.”

En otras palabras, populismo penal inadecuado, simbólico e inaplicable que no le servirá a las mujeres. Y claro que hay otras formas de integrar determinadas circunstancias a la norma penal pero no solamente allí, porque también debería de ser sancionado por las autoridades electorales, por los partidos políticos y en general por cualquier institución en donde pudiera llegar a producirse fuera de los tiempos de elección.

Hay que revisar el estado de las Alertas por Violencia de Género

Marcela Lagarde estuvo en San Luis Potosí en febrero de 2019 y habló al respecto, un mes después vendría también Rita Segato quien hizo énfasis en la situación de la violencia sexual y los feminicidios, aquí también destacan las protestas de las jóvenes en las marchas del 8 de marzo y el 25 de noviembre y sus posicionamientos en cuanto a los pocos avances que observan en relación con las medidas de la declaratoria.

Y aunque formalmente sí existen revisiones, una nacional que está aquí https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/401827/InformeMAVGCM.pdf y una local que está acá https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/477005/Primer_dictamen_anual_San_Luis_Potos__GIM.pdf   desde noviembre de 2015 cuando la Comisión Estatal de Derechos Humanos hizo del conocimiento público que iba a solicitar la declaratoria para San Luis Potosí se dijo repetidamente que ello vendría a intentar paliar la expresión más álgida de la violencia que es el feminicidio, pero que desde 2011 había claros indicadores de otras conductas que daban con un perfil victimal conformado por mujeres que produjo para ese año alrededor de tres mil denuncias por lo que era indispensable una estrategia integral pensada para las circunstancias de la entidad.

Y escribimos entonces: “Ahora se pretende dar la batalla para erradicar la forma más grave de violencia, como quien trata la etapa más virulenta de una enfermedad que todos hemos dejado que agrave. Efectivamente la sociedad potosina ha estado enfrentando desde hace mucho tiempo severas resistencias ante la modificación de los roles sociales de mujeres y hombres, de ahí su permisibilidad y sus formas discriminatorias, porque para llegar a un punto álgido de la violencia de género en donde a las mujeres se nos priva de la vida en formas crueles, es porque previamente ya se produjeron otras miles de agresiones que han sido toleradas por todos.”

Así, con todo esto ya pronunciado, ¿a qué viene la cara de sorpresa? A más ver.

Twitter: @Almagzur

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