Ordena TEPJF en Morelos aplicar acciones afirmativas

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* Pide a Ople que se debe favorecer la participación de personas que se autoadscriban como indígenas

* El PES debe cumplir con paridad de género

Estrella Pedroza

SemMéxico, Cuernavaca, Mor., 17 de agosto, 2020.- La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SRTEPJF) dio revés a Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) y ordenó aplicar acciones afirmativas para todas las personas indígenas en el proceso electoral 2020-2021 bajo el concepto de auto adscripción.

Lo anterior, tras revocar seis acuerdos aprobados por el IMPEPAC y dejar uno más sin efectos (aprobados entre los meses de enero y junio) donde de cara al proceso electoral se establecen acciones afirmativas solo para los recién creados municipios indígenas Xoxocotla, Coatetelco y Hueyapan.

Los acuerdos fueron aprobados con cuatro votos a favor emitidos por las consejeras electorales Xitlali Gómez Terán e Isabel Guadarrama Bustamante y los consejeros electorales Alfredo Javier Arias Casas y José Enrique Rodríguez Pérez.

Dicha acción se traducía a que todos los partidos políticos tendrían que presentar en sus planillas personas indígenas para la presidencia municipal y sindicatura.

Razón por la que municipios Tepoztla, Coatetelco, Hueyapan, Puente de Ixtla y Xoxocotla impugnaron ante la Sala Regional del TEPJF.

Ante ello, el Pleno -en la sesión pública realizada el pasado 13 de agosto-

consideró que el IMPEPAC determinó un porcentaje desmedido de población indígena como requisito para implementar acciones afirmativas.

Debido a que solo tomó en cuenta el dos por ciento de la población de la entidad que habla alguna lengua indígena e ignoró el 40 por ciento de la población que se asume como tal.

Tampoco, realizó una consulta previa a las comunidades y pueblos indígenas para que determinarán la forma en la que quieren elegir a sus autoridades.

Por lo tanto, los magistrados ordenaron que el IMPEPAC debe reponer los acuerdos respetando a los tres municipios su derecho de libre determinación y autogobierno.

Además, deberá definir acciones afirmativas para el resto de los municipios del estado de Morelos garantizando la partición político electoral iguaria en el proceso electoral.

Ana Isabel León Trueba, presidenta consejera del IMPEPAC, detalló que tendrán 15 días hábiles para cumplir con lo que ordenó la SRTEPJF.

De manera paralela, la sala regional del TEPJF estableció que el Partido Encuentro Social de Morelos (PESM) debe integrar sus órganos internos preservando los principios de paridad de género y reconociendo los derechos de la militancia.

Tras revocar de manera parcial la resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) donde avala el proceso de selección de órganos internos del PESM.

Los magistrados señalaron que a la convocatoria emitida por Congreso Estatal le faltó delinear reglas claras sobre quiénes podrían participar, la mecánica de registro, la integración de las propuestas y las directrices enfocadas a garantizar la paridad de género tanto horizontal como vertical.

SEM/ep/sj

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