Peruana estigmatizada y detenida en México por llevar harina y hoja de coca prescritas por su obstetra

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  • El consumo ancestral de nuestros productos no debe ser penalizado. La hoja de coca no es cocaína, en Abya Yala, ha sido tradicionalmente usada por su poder energizante o como pago a la tierra y otros rituales. Desde 1993 la nutricionista peruana Marina Escobar Moscoso la convirtió en harina para utilizarla en la preparación de alimentos, según ella es un súper alimento que podría acabar con la desnutrición mundial.

Leonor Pérez-Durand

SemMéxico/teleo.Leo.com, Ciudad de México, 10 de noviembre del 2022.- Una mujer peruana ha estado detenida 7 días e ingresada en una prisión mexicana. Ella ha sido tildada de narcotraficante por diversos medios de comunicación, por ingresar al país con harina de coca y hojas de coca que debe consumir por prescripción médica. Ya está fuera de la cárcel, pero con un proceso abierto, por el cual debe permanecer en México y comparecer dos veces al mes por orden del juez.

Ella aún no se recupera de lo vivido, está muy preocupada y asustada pues nunca pensó que llevar harina de coca y hoja de coca, legales en Perú, le fuesen a representar ser recluida en prisión, la misma en la también hay reclusos peligrosos, sentenciados por homicidio, violaciones sexuales y robo agravado. Ahora sólo espera que la justicia mexicana valore que ella no pretendía cometer delito.

Rocío se llama, tiene 39 años y un embarazo de riesgo pues tiene placenta previa y anemia, todo esto hizo que su obstetra le prescribiese harina de hoja de coca e infusiones de la misma hoja, como parte de su dieta. Ella tuvo que viajar a México y por llevar estos productos para consumirlos durante su estancia fue detenida en el aeropuerto, puesta a disposición fiscal y luego de audiencia judicial fue recluida en prisión.

Rocío fue detenida el 20 de octubre, el 23 se realizó la primera audiencia donde se deslindaba si su detención era legal o no y, a pesar, de no tener antecedentes y de explicar y demostrar con documentos y con una entrevista a su obstetra que llevaba esos productos para cuidar de su embarazo, ella fue tratada como narcotraficante tanto por la policía, como por la justicia y los medios de comunicación mexicanos.

Luego de la primera audiencia Rocío fue recluida en el Centro de Reinserción Social (CERESO) de Cancún, en el Estado de Quintana Roo, sin tomar en cuenta su estado ni la existencia de denuncias sobre el riesgo de estos “centros de reinserción”. En julio de este año, por ejemplo, al CERESO de Chetumal, ubicado en el mismo Estado, fueron trasladados 58 presos de “alta peligrosidad”, condenados por homicidio, robo calificado y violación sexual.

Prensa amarilla

Sobre la detención de Rocío, diversos medios mexicanos la han presentado como narcotraficante. Según algunos, la harina y las hojas de coca que ella llevaba son sustancias que se usan para la elaboración de cocaína, otros directamente decían que se trataba de droga o narcóticos; todas estas afirmaciones demuestran total ignorancia sobre lo que son estos productos y sus usos.

“Con más de ocho paquetes de hojas y varios de harina de coca, fue detenida una mujer originaria de Perú en el Aeropuerto Internacional de Cancún, quien de manera voluntaria accedió a ser revisada por la autoridad federal, afirmando que no tenía nada que declarar” dicen los diarios. Y ella dijo que no tenía nada que declarar, porque lo que llevaba son productos legales que se venden y consumen libremente en Perú, Bolivia y Colombia.

La harina de coca que llevaba Rocío, además, estaba empaquetada y contaba con registro de sanidad y permiso comercial y con ella no se elabora cocaína porque son procedimientos diferentes. Además, ella sólo llevaba 2 kilos de hoja de coca y para hacer un kilo de cocaína se necesitan 125 kilos de hoja.

Medicina ancestral y alimento

Rocío es una mujer respetuosa de las prácticas ancestrales, aquellas que la colonia intentó erradicar en los habitantes de Abya Yala y persiguió por formar parte de la cultura y práctica religiosa andina. En plena pandemia Rocío y sus hijos dejaron la gran ciudad, Lima, y -como muchas familias alrededor del mundo- migraron al campo, el interior del Perú. Allí ella se dedicó mucho más al conocimiento de la medicina natural y a disfrutar de una vida en comunión con la naturaleza.

Pasados unos meses, Rocío volvió a quedar embarazada y por complicaciones en sus embarazos previos optó por una obstetra que también tuviese conocimientos de medicina natural, la encontró y fue ella quien al ver su historial y corroborar que el presente proceso también se presentaba con algún riesgo: placenta previa y anemia, le prescribió el consumo diario de harina de coca e infusiones de la milenaria hoja.

La harina de coca es más rica en calcio que la leche, estimula la circulación sanguínea y refuerza la flora intestinal. La coca es una planta que contiene varios alcaloides, entre ellos, la cocaína: de 0.5 % y 1.0 %, cantidad mínima que no tiene relación alguna con los efectos de la droga procesada pues, por ejemplo, al ser masticada y tomar contacto con la saliva se transforma en egonina, sustancia que contribuye a quemar las grasas acumuladas en el hígado, generando energía, lo cual ya es motivo para aconsejar consumirla.

Según la información nutricional la hoja de coca contiene 2.92 % de Calcio, 1.73 % de Potasio, 19.9 % de proteínas, entre otros, mientras que la leche entera contiene 0.121 % de calcio, el plátano 0.358 % de potasio y la quínoa 14 por ciento de proteínas. Por todo esto es el alimento perfecto para las mujeres gestantes.

Un estudio de la Universidad de Harvard llamado “Valor Nutricional de la Hoja de Coca”, realizado en 1975, ya reconocía las virtudes de la milenaria hoja.

Pesadilla de viaje

Rocío tuvo que viajar a México hace unos días, ella ha estudiado su carrera allí y viajó para comenzar los trámites para su titulación y pasar una temporada allá, así que siguiendo la orden de su obstetra y sabiendo que en ese país la harina de coca se vende a precios exorbitantes, se pertrechó de la harina coca y de las hojas que necesitaría para seguir la dieta y las indicaciones prescritas durante su estancia.

El salir del aeropuerto Jorge Chávez, de Lima, el equipaje de Rocío fue revisado y pasó los controles sin problemas, pero al aterrizar en el aeropuerto de Cancún la Guardia Nacional le preguntó si llevaba algo que declarar, ella dijo que no y al pasar su equipaje por los rayos X la policía detectó algo que les pareció sospechoso, al abrirlo encontraron harina de coca y las hojas. Y la detuvieron.

En México, como ya hemos señalado, la harina de coca se vende a precios elevados en relación a Perú. En México, la página Mercado Libre vende el paquete de 200 gramos de harina de coca peruana a 24.83 dólares, mientras que en Perú un paquete de 100 gramos está a 10 soles, es decir: 2.52 dólares, razón por la cual Rocío llevó la harina de coca y las hojas necesarias para su tratamiento.

Contradicciones a la mexicana

La Ley de Salud de México considera la hoja de coca como estupefaciente y en su artículo 235 dice: “La siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, prescripción médica, suministro, empleo, uso, consumo y, en general, todo acto relacionado con estupefacientes o con cualquier producto que los contenga queda sujeto a -entre otros-: Los actos a que se refiere este Artículo sólo podrán realizarse con fines médicos y científicos y requerirán autorización de la Secretaría de Salud”.

Y en su artículo 237 prohíbe todo acto de los mencionados en el artículo 235 de esta Ley, respecto de las siguientes substancias y vegetales, entre ellas, el erythroxilon novogratense o coca, en cualquiera de sus formas, derivados o preparaciones. Sin embargo, si en México, la harina de coca se vende sin restricción, pues como ya hemos visto se puede comprar online sin ningún tipo de requisito: ¿cómo su Código Penal impone cárcel de 5 a 15 años para quien tenga hojas de coca con justificación médica?

Desatención diplomática y consular

Desde que Rocío fue detenida sus familiares se comunicaron con el consulado de Perú en México y según explicaron a teleoLeo.com, les dijeron que no podían brindarle asistencia legal y que la harina de coca y las hojas de coca estaban prohibidas en México y que ingresarlas al país se penaba prisión.

Lo cual no es cierto, según la Ley de Salud mexicana, la hoja de coca y sus derivados no están prohibidos si son de uso médico o científico, lo que está prohibido es no tener autorización de la Secretaria de Salud, pero en estos momentos en México hay otros ciudadanos/as peruanos a la espera de juicio por lo mismo, sin embargo, la advertencia de la embajada recién se publicó en sus redes tras la detención de Rocío: 24 y 26 de octubre.

La ayuda que ofreció el consulado a Rocío fue apostillar los documentos que llegasen a México avalando que tanto la harina como la hoja de coca que llevaba en su equipaje le habían sido prescritas por su obstetra, pero no la visitaron personalmente para comprobar las condiciones de su detención ni atendieron el pedido de su familia respecto a que en la cárcel no estaba recibiendo la alimentación adecuada para su estado.

“El tema que menciona está a cargo del Consulado General del Perú en México. Le ruego se contacte con la Cónsul General” fue la respuesta de Talavera. Sin embargo, él es el máximo representante del gobierno peruano en ese país y debería dirigir las acciones del caso, sobre todo, tratándose de una mujer gestante en estado de vulnerabilidad que está siendo tratada como una narcotraficante, sin serlo, pues la harina y la hoja de coca son legales y de consumo libre en Perú.

“De qué se encarga esta oficina, porque la familia dice que no les han ofrecido ayuda legal ni la han visitado personalmente, a pesar, de que les han comunicado que está recluida en el CERESO de Cancún donde estando embarazada y padeciendo anemia -razón por la cual llevaba la harina y las hojas de coca- no está siendo bien alimentada y donde, además, hay presos peligrosos”, repreguntamos al embajador, pero no respondió.

Pero….

Según la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, artículo 3.1 Funciones de la misión diplomática: “b) Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional; d) enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al gobierno del Estado acreditante”.

Siguiendo la indicación del embajador Talavera nos dirigimos a la cónsul general, Milagros Miranda, quien contestó que no podía contestar: “No estoy autorizada a dar declaraciones a la prensa. Sólo puedo decirle que como en todos los casos de peruanos detenidos por diversos motivos, el Consulado General se encarga de brindar la asistencia humanitaria y la asesoría legal correspondiente. No tenemos competencia para asumir la representación legal de ningún connacional. Saludos cordiales”.

Pero…

Según la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, en su artículo 5, entre las funciones del consul señala: “i) Representar a los nacionales del Estado que envía o tomar las medidas convenientes para su representación ante los tribunales y otras autoridades del Estado receptor, de conformidad con la práctica y los procedimientos en vigor en este último, a fin de lograr que, de acuerdo con las leyes y reglamentos del mismo, se adopten las medidas provisionales de preservación de los derechos e intereses de esos nacionales cuando, por estar ausentes o por cualquier otra causa, no puedan defenderlos oportunamente”.

La cónsul general Milagros Miranda también preguntó a esta periodista de qué medio era, cuando le contesté teleoLeo.com, no respondió más. teleoLeo.com al ser un medio pequeño e independiente puede no resultar atractivo para algunas personas o instituciones declarar para nosotros. Qué se le va a hacer, por aquí seguimos haciendo nuestro trabajo: incomodar, porque periodismo que no incómoda no es periodismo.

Artículo 36. Disposiciones penales

A reserva de lo dispuesto por su Constitución, cada una de las partes se obliga a adoptar las medidas necesarias para que el cultivo y la producción, fabricación, extracción, preparación, posesión, ofertas en general, ofertas de venta, distribución, compra, venta, despacho de cualquier concepto, corretaje, expedición, expedición en tránsito, transporte, importación y exportación de estupefacientes, no conformes a las disposiciones de esta Convención o cualesquiera otros actos que en opinión de la Parte puedan efectuarse en infracción de las disposiciones de la presente Convención, se consideren como delitos si los tratados de fiscalización internacional de drogas se cometen intencionalmente y que los delitos graves sean castigados en forma adecuada, especialmente con penas de prisión u otras penas de privación de libertad.

b) No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, cuando las personas que hagan uso indebido de estupefacientes hayan cometido esos delitos, las Partes podrán en vez de declararlas culpables o de sancionarlas penalmente, o además de declararlas culpables o de sancionarlas, someterlas a medidas de tratamiento, educación, postratamiento, rehabilitación y readaptación social.

También es necesario citar La Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de drogas narcóticas y sustancias psicotrópicas de 1988, de la cual México también es firmante, y su referencia al respeto a los DD. HH., y a los usos lícitos tradicionales de las plantas que, según la OMS y la ONU, contengan estupefacientes o sustancias psicotrópicas como la hoja de coca o las plantas de cannabis.

Artículo 14:

Cada Parte tomará las medidas apropiadas para prevenir el cultivo ilícito y erradicar las plantas que contengan estupefacientes o sustancias psicotrópicas, como la adormidera, el arbusto de coca y las plantas de cannabis, cultivada ilícitamente en su territorio. Las medidas que se adopten respetarán los derechos humanos fundamentales y tener debidamente en cuenta los usos lícitos tradicionales, cuando existan pruebas históricas de tal uso, así como la protección del ambiente.

Victoria de los usos ancestrales en virtud del respeto de los DD. HH.

En marzo de 2017 en Girona, España la justicia absolvió a un ciudadano colombiano procesado por recibir “mambe” vía correo ordinario. El mambe es harina de hoja de coca con ceniza. La fiscalía pedía 4 años de prisión por “recibir cocaína movido por el propósito de distribuir cocaína entre terceras personas”, pero luego de una gran exhibición de pruebas y argumentos sobre el valor histórico, cultural, social y medicinal de la hoja de coca la fiscalía tuvo que retirar los cargos y el imputado fue absuelto.

“Este resultado representa una victoria para los derechos humanos en relación a las plantas tradicionales víctimas de las políticas de drogas basadas en el desconocimiento”.

Dra. Constanza Sánchez, directora del Área de Derecho, Política y Derechos Humanos de la Fundación ICEERS

Para Rocío llevar hoja de coca y harina de coca en su equipaje no era delito porque estos productos no son drogas y en Perú, Bolivia o Colombia se compran de manera legal y en su caso, tampoco se observa el “uso indebido” porque le habían sido prescritas por su obstetra, así que ella no debió pasar un sólo día en prisión. Mantener un proceso abierto en su contra contraviene los tratados internacionales firmados por México, los mismos que deben ser cumplidos porque son leyes supranacionales y porque, además, así lo consigna su propia Ley de Salud.

Defensa

En su alegato de la segunda audiencia celebrada este 27 de octubre, la defensora pública asignada a Rocío, recordó que desde el 21 de octubre, 24 horas después de ser detenida, “la pareja de la imputada, presentó diversos documentos en los cuales explica que la hoja de coca y la harina de coca son por prescripción médica, ya que son de uso medicinal y parte de su tratamiento médico permitido en Perú, los cuales se anexan al presente”. También menciona entrevista con la obstetra de Rocío, corroborando la declaración de su defendida.

El mismo 27 de octubre, luego de la audiencia, Rocío fue puesta en libertad, ahora tiene orden de comparecencia, debe presentarse 2 veces al mes ante la justicia y no podría abandonar México hasta el final del proceso. “Ha sido una experiencia muy traumática, pero no me esperaba estar encarcelada por seguir las recomendaciones de mi obstetra, por cuidar de mi embarazo. La pesadilla aún no ha acabado, sólo espero que todo salga bien, no merezco pasar por esto, mis hijos están en Perú y no merecen que su madre esté lejos de ellos por mucho tiempo”.

“Un asunto fundamental en el centro del debate, que ya comentamos en algunos de nuestros posts en el pasado, es qué hacer con el uso tradicional de plantas psicoactivas fuera de los contextos tradicionales. La respuesta por parte de varios gobiernos ha sido seguir la tendencia hacia la criminalización. Sin embargo, el enfoque prohibicionista cuenta con numerosos defectos, como priorizar el control de drogas sobre los derechos humanos”.

(…) la fiscalización de la hoja de coca responde a un conjunto de factores históricos y políticos que no tienen cabida en los valores de la comunidad internacional actual. No hay una sola evidencia científica que permita concluir que el uso de hoja de coca pueda producir algún tipo de daño para la salud pública. Por el contrario, presenta múltiples beneficios terapéuticos y juega un importante papel entre los pueblos andinos, donde ha respaldado las relaciones sociales desde tiempos inmemoriales.

La venta de coca y productos derivados en Perú, Bolivia y Colombia resulta legal y próspera. Sin embargo, el comercio de coca a través de las fronteras no está permitido. “Sospechar que alguien trae hoja de coca de su país de origen para procesarla y extraer cocaína es absurdo”.

La hoja de coca en los tribunales: entre los derechos culturales y el laberinto toxicológico

El gobierno mexicano también sería uno de los que para luchar contra el tráfico de drogas ha criminalizado el uso tradicional de plantas como la hoja de coca o de cannabis. Así lo afirmó la socióloga Ana Paula Hernández, especialista en DD. HH en el documento “Legislación de drogas y situación carcelaria en México (…) un gran número de la gente encarcelada por delitos relacionados con drogas no son los grandes traficantes y ni siquiera han cometido delitos relacionados con el comercio, producción, suministro o tráfico de narcóticos”.

Costumbres, cultura, tradición e historia al banquillo

No se pueden criminalizar las costumbres, medicina y consumos ancestrales, de nuestros pueblos. La forma de socializar y de vivir de los indígenas originarios de Abya Yala no puede ser llevada a juicio y puesta en prisión. Somos una historia, una cultura, compartimos origen; dejemos de ser colonia, defendamos nuestra historia, no sigamos permitiendo que primen los intereses de países que han hecho de nuestra hoja de coca elemento de adicción.

Perú, Bolivia y Colombia ya han dado el paso. Para mal o para bien vivimos en un mundo globalizado, donde la migración de grandes grupos humanos es moneda corriente y eso no puede significar que las personas no puedan seguir sus costumbres y su cultura en el país que los recibe, si ello no pone en peligro a nadie y, encima, lleva consigo productos legales en su país que le han sido prescritos para cuidar de su salud.

Consumir harina de coca no es ser adicta o adicto a la cocaína, llevar harina de coca y/o hojas de coca en el equipaje no significa ser narcotraficante. Rocío merece que la justicia mexicana, luego de todas las evidencias mostradas en esta nota, reconozca que no puede seguir estigmatizando la harina de la hoja de coca y la hoja misma, sólo porque hay una política de Estado que se alinea a las políticas anti drogas dictadas desde Estados Unidos.

La hoja de coca se usa en Abya Yala hace más de 5.000 años, los Paracas, cultura preinca peruana, la usaban como anestésico en las famosas trepanaciones craneanas.

Cuando los españoles llegaron a nuestras tierras y vieron que la hoja de coca era sagrada prohibieron su uso y consumo y para ello se valieron de la “Santa Inquisición”, sin embargo, explica la socióloga boliviana Sedenka Silva, cuando vieron que masticar coca daba energía a los trabajadores -para mantener jornadas intensas y continuadas- decretaron que era buena. Tras 200 años de liberación del yugo español, no podemos continuar aceptando o rechazando nuestras prácticas y costumbres ancestrales en función de los intereses de los países dominantes.

Es necesario, además, decir a los medios que han retratado a Rocío como una peruana narcotraficante, que se informen antes de repetir a pie juntillas los comunicados oficiales de la policía o de cualquier institución, porque lo mínimo que puede hacer un periodista al publicar una nota de prensa es corroborar que la información sea correcta. Con sólo googlear harina y hoja de coca, habrían sabido que no son cocaína.

Esta es otra tarea que debería emprender, en este caso, la embajada de Perú en México, exigir que nuestros compatriotas -que por desconocimiento intentan ingresar con esos productos- no sean tildados de delincuentes sin tener en cuenta el contexto y las circunstancias particulares de cada caso.

SEM/MG

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