- Está regulado en muchas entidades del país, ahora se propone en Guerrero
Josefina Aguilar Pastor
SemMéxico. Chilpancingo, Guerrero, 28 de octubre de 2020.- El diputado morenista Marco Antonio Cabada Arias propuso al Congreso de Guerrero introducir la “Divorcio Notarial”, en la ley de Divorcio como ya ocurre en entidades como Jalisco, Puebla, Morelos y Estado de México.
El diputado local presentó la iniciativa para reformar el artículo 11, su fracción III, adicionar la fracción IV, así como adicionar el título VII, para agregar el denominado “divorcio notarial”.
El mismo tipo de divorcio se encuentra regulado en el artículo 272 del Código Civil Federal el cual se promulgó en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000, siendo aplicable para ambos el que haya pasado un año de la celebración del matrimonio (artículo 274 Código Civil Federal)
La figura de “Divorcio Notarial”, consiste en la separación conyugal avalada por un notario público en lugar de hacerlo ante un Juez, lo que, sostiene el diputado, es un proceso más sencillo, rápido y económico que hacerlo por la vía judicial.
Explicó que en el artículo 11 de la actual ley de divorcio, se establecen tres procedimientos distintos para obtener el divorcio; administrativo, voluntario e incausado.
El divorcio administrativo procede cuando losconsortes, siendo mayores de edad, sin hijos, la mujer demuestra no estar embarazada, convienen de común acuerdo, divorciarse, presentándose ante el Oficial del Registro Civil.
En el divorcio voluntario, los cónyuges deciden divorciarse por mutuo consentimiento, acuden ante el juez, con una solicitud, copia certificada de las actas de matrimonio, de nacimiento de los hijos menores y un convenio en el que fijan aspectos como la guardia y custodia de los menores; pensión alimenticia, la garantía de ésta, entre algunos otros aspectos.
El divorcio Incausado puede ser solicitado por cualquiera de los cónyuges ante el juez, manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que sea necesario señalar la causa por el cual lo solicita.
A través de este procedimiento, tras un convenio de divorcio, el notario asienta en escritura pública la disolución del vínculo matrimonial, siempre y cuando no tengan hijas o hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela y hubieren liquidado la sociedad conyugal. La propuesta fue presentada este martes, durante la sesión ordinaria del congreso del Estado.