Sobre igualdad sustantiva el 12.9 % de decretos aprobados

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  • ¿Qué temas legisla la LXIV Legislatura? Un recuento del trabajo realizado en los últimos 22 meses
  • Paridad en todo, violencia política, amnistía para personas sentenciadas por aborto, seguridad para trabajadoras del hogar, algunas de las reformas

Lorena Vaniezcot/Argelia Guevara

SemMéxico, Cd. de México, 14 de julio, 2020.- El 12.9 por ciento de los decretos aprobados por la LXIV Legislatura, en los últimos 22 meses, son en materia de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, esto de acuerdo con el trabajo: ¿Qué temas legisla la LXIV Legislatura? Reporte de decretos aprobados por el Congreso de la Unión (septiembre 2018-julio 2020), elaborado por Lorena Vázquez Correa.

Entre esas reformas realizadas entre el 1 de septiembre de 2018 y el 1 de julio de 2020, destacan las hechas al artículo 19 de la Constitución Política, en materia de prisión preventiva oficiosa, que contempla los casos de feminicidio, violación, secuestro y trata de personas, señala la investigación del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República y publicado en el número 188 de Mirada Legislativa.

La reforma constitucional a la Paridad de género en la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), organismos autónomos, así como en pueblos y comunidades indígenas (Paridad en Todo) (arts. 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115).

Así como la conceptualización y tipificación de la violencia política contra las mujeres en razón de género, las reformas de seguridad social a trabajadoras del hogar, la Ley de amnistía para personas sentenciadas por aborto, la mayoría de edad para contraer matrimonio, el lenguaje incluyente, la paridad en la banca de desarrollo y la licencia de maternidad para personal militar.

Así también, la tarea legislativa tuvo un impacto importante en materia de derechos de la niñez y adolescencia, al aprobar reformas sobre protección de la niñez migrante no-acompañada, derecho a la paz, reconoce la adopción como un medio para garantizar el interés superior de la niñez, entre otras disposiciones.

En tanto que, en materia de inclusión y reconocimiento, la Comisión ordinaria de Juventud amplió su denominación y, por tanto, su objetivo de trabajo al agregar que es la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual.

De los decretos 93 decretos aprobados por el Congreso de la Unión, 12, es decir, 12.9 por ciento se refieren a la agenda por la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres:

De dicha agenda destacan la Reforma constitucional de Paridad en Todo establece que la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como en los organismos autónomos, pueblos y comunidades indígenas deberán asignarse a mujeres.

Se realizaron leyes reglamentarias de la paridad en todo. Destaca la Ley General de Partidos Políticos establece que las organizaciones partidistas tendrán la obligación de entregar informes pormenorizados y justificados sobre la aplicación de los recursos destinados para el desarrollo de liderazgos políticos de las mujeres, y tendrán la posibilidad de emplear parte de dichos recursos en la creación y fortalecimiento de mecanismos contra la violencia política contra las mujeres en razón de género.

De igual forma, los partidos políticos tienen la obligación de garantizar la participación de mujeres y hombres en igualdad de condiciones en sus órganos internos de dirección y espacios de toma de decisión; deberán garantizar la no discriminación por razón de género en la programación y distribución de tiempos del Estado en radio y televisión y el órgano responsable de la impartición de justicia intrapartidaria deberá aplicar la perspectiva de género en todas sus resoluciones.

Las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que las Salas con las que funciona el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá integrarse respetando el principio constitucional de paridad de género y las autoridades electorales jurisdiccionales en las entidades federativas se compondrán observando el mismo principio y alternando el género mayoritario.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que los órganos de dirección de los OPLE y el Consejo General del INE deberán integrarse paritariamente; la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral funcionará de manera permanente y todas las comisiones permanentes del INE se integrarán bajo el principio de paridad de género.

Además, la reforma reitera el reconocimiento del derecho de los pueblos y las comunidades con población indígena para elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad conforme a las normas aplicables.

El 13 de abril de 2020 se publicó el decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por el cual se conceptualiza y tipifica el delito en el ámbito penal, electoral y de responsabilidades administrativas.

Otorga competencias a las autoridades electorales locales y federales para prevenir, atender, sancionar, emitir medidas cautelares y resarcir el daño a las víctimas.

La reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social establece que las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a la Seguridad Social y la obligación de fijar, bajo contrato escrito, la relación laboral entre los y las trabajadoras del hogar y sus empleadores, el cual deberá incluir la vigencia de la relación laboral, horas de trabajo, remuneraciones y prestaciones adicionales.

También se tendrán que garantizar vacaciones, pago de días descanso, aguinaldo, alimentación y cualquier otra prestación que las partes acuerden.

Ley de amnistía para personas sentenciadas por aborto. La nueva ley beneficiará –bajo determinados criterios– a las personas que hayan sido sentenciadas, procesadas o se les haya ejercitado acción penal por el “delito” (sic.) de aborto, entre otros.

Matrimonio infantil. La reforma al Código Civil establece como requisito para contraer matrimonio, que los contrayentes tengan la mayoría de edad y elimina cualquier disposición previa que autorice el matrimonio entre personas menores de edad

Lenguaje incluyente. La reforma a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales tiene como objetivo introducir lenguaje incluyente que visibilice la contribución y el trabajo de las mujeres en los organismos paraestatales y elimine cualquier tipo de discriminación hacia este sector de la población motivada por origen étnico, género, edad, discapacidades, condiciones sociales, condiciones de salud, opiniones, preferencias sexuales, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

Paridad en la banca de desarrollo. El decreto reforma la Ley de Instituciones de Crédito para establecer que las instituciones de banca de desarrollo deberán cumplir la integración paritaria de sus consejeros independientes de manera progresiva y cuando sea necesario nombrar un nuevo miembro de consejo directivo, se deberá elegir a una persona del género que tiene menor representación.

Licencia de maternidad para personal militar. La reforma a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas establece que el personal militar femenino podrá transferir las semanas en que gozará de su licencia de maternidad para después del parto y la licencia aumentará dos meses en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria.

Licencia laboral para trabajadores con hijos enfermos. El decreto establece que los padres y madres trabajadoras con hijos menores de 16 años que hayan sido diagnosticados con cáncer podrán ausentarse de sus labores en caso de que requieran otorgar cuidados asociados a dicha enfermedad.

La licencia tendrá vigencia entre uno y hasta veintiocho días y podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que se excedan trescientos sesenta y cuatro días, los cuales no necesariamente deberán ser continuos.

Y Comisión de juventud y diversidad sexual. La Comisión ordinaria de juventud amplía su denominación y, por tanto, su objetivo de trabajo al agregar que también es la comisión de la diversidad sexual, con lo cual se logra que sector de la población tenga un espacio permanente en el Congreso de la Unión para la representación de sus intereses.

SEM/lv/GR

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