Tampoco estaban dedidamente fundamentados, recuerda la autoridad

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Magaly Rodriguez

Semméxico, Chilpancingo, Gro., 6 abril 2018.- El Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEE), calificó de frívolo y ocioso recurso de impugnación interpuesto por aspirante a la candidatura a la presidencia municipal de Iguala, Zulma Janeth Carvajal Salgado, en la sentencia emitida.

El TEE determinó lo anterior durante la la vigésima primera sesión pública, en la que desahogó entre otros temas la impugnación interpueta por Carvajal Salgado en contra de la Comisión Nacional Jurisdiccional de Partido de la Revolución Democrática (PRD), expedientes TEE/JEC/027/2018 y TEE/JEC/030/2018 y acumulados.

El secretario técnico, Obed Valdovinios Galeana, dio lectura a un extracto de la resolución emitida por el magistrado J, Inés Betancourt Salgado, sobre el expediente TEE/JEC/029/2018 en el que argumentan que la actora agotó su derecho de impugnación pues previamente presentó otros más que quedaron registrados en el expediente TEE/JEC/027/2018, bajo los mismos agravios con lo que su derecho de acción quedó agotada y constituye un impedimento legal para hacer valer de nueva cuenta su derecho en el citado juicio.

“Por lo anterior, se considera que el presente medio de impugnación, resulta eminentemente frívolo…ya que no es posible permitir que los justiciables puedan disponer de manera discrecional o caprichosa, del derecho subjetivo de impugnación en cualquier momento, a través de una multiplicidad de escritos independientes e incluso conexos lo cual rompe en cierto modo, con los principios de certeza y seguridad jurídica que da el juez para resolver un mismo conflicto”, se argumentó.

Luego, se dio a conocer el único resolutivo con el que se desecha “de plano”, el juicio electoral ciudadano promovido por Zulma Janeth Carvajal Salgado, señaló el magistrado Ramón Ramos Piedra. 

La resolución fue aprobada por unanimidad por los magistrados del TEE.

En entrevista cuestionado sobre la acusaciones de las integrantes de la Red para el Avance Políticos de la Mujeres Guerrerenses, en cuanto a la falta de perspectiva de género, de parte de los miembros del pleno del TEE, el magistrado presidente de dicho órgano jurisdiccional, René Patrón Muñoz, respondió “no tengo los elementos”.

En esta misma sesión, se resolvió el juicio interpuesto por la misma Carvajal Salgado en contra de la sentencia recaída en los recursos de inconformidad NG/GUERRERO/112/2018 y NG/GUERRERO/95/2018, emitidos por la comisión nacional jurisdiccional del PRD el 5 de marzo del presente año.

Lo anterior, por indebida motivación y fundamentación, al considerar como agravios el sobreseimiento del recurso de inconformidad dictado por la mencionada comisión nacional perredista en el expediente 95, no se encuentra motivado ni fundamentado, al considerar que no entra al estudio de los agravios expuestos ni valora las pruebas ofrecidas al momento de dictar resolución, con lo que violenta sus derechos humanos y principios pro persona, así como trataos internacionales que contienen señalamientos para erradicar la violencia hacia la mujer.

Carvajal Salgado señala que como aspirante a la candidatura al ayuntamiento de Iguala, no fue informada por parte de la comisión nacional jurisdiccional de su partido, de la reanudación de la sesión del 3 de marzo, en la que se definieron las listas de candidatos a presidentes municipales y síndicos, ni de los métodos ni criterios utilizados para ello. 

El TEE resolvió parciamente fundada esta impugnación y ordenó al órgano perredistas, informar de los criterios utilizados para la designación de candidatos.

SEM/mr/sj


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