Violencia política | Sobresaltos de la paridad

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Dulce María Sauri Riancho (*)
“Juanitis”: “infección de origen político que consiste en imponer la simulación de la participación femenina para evadir el cumplimiento de la paridad de género y las acciones afirmativas que garantizan la igualdad sustantiva”. Diccionario de la Paridad, 2020 (1).
Gran revuelo ha causado el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a las candidaturas a gobernador/a (2). En las elecciones de 2021 se renovará la titularidad del Poder Ejecutivo en 15 estados de la República, poco menos de la mitad de las entidades federativas.
El extraordinario ruido suscitado en torno a este tema me recordó lo acontecido al comenzar la LXI Legislatura, en 2009, cuando se registró un evento de brutal violencia política contra las mujeres en razón de género.
En su primera sesión ordinaria (3 de septiembre) se presentaron las solicitudes de licencia de ocho mujeres propietarias que, de haber sido otorgadas en ese momento, hubieran representado la inmediata asunción del cargo por sus suplentes, todos hombres.
El acto de violencia política acontecido entonces ni siquiera se conceptualizaba todavía como tal, pero la percepción generalizada fue de fraude a la ley, que establecía la cuota 60-40 en las candidaturas a las diputaciones federales.
Al finalizar 2011, calentando motores para la elección federal de 2012, la dirección responsable del entonces IFE emitió lineamientos que reproducían fielmente el requisito de postular mujeres en el 40% de las candidaturas, “… siempre y cuando no hubiese elección interna por métodos democráticos” (léase asambleas de delegados o consulta directa), porque no se podía “obligar” a los participantes a inclinar su determinación por una candidatura femenina.
María Elena Chapa y nueve aguerridas mujeres cuestionaron la determinación del IFE de “excluir” un gran número de distritos electorales bajo el disfraz de supuestos procesos “democráticos” para evadir la exigencia de postular mujeres en cuatro de cada diez distritos, cuando menos.
Los partidos políticos y sus dirigencias subestimaron ese recurso legal, al considerar que, igual que tres años atrás, se volvería a fórmulas de cumplimiento formal, en el mínimo indispensable, e incluso repitiendo la estrategia de las despectivamente llamadas “juanitas”.
La mayoría se sorprendió cuando el Tribunal, en una sentencia histórica, la 12624, ordenó al IFE que estableciera los lineamientos para que los partidos políticos realizaran la inscripción de candidaturas de mujeres en, al menos, 120 de 300 distritos y además estableció que las fórmulas de candidaturas deberían estar conformadas por personas del mismo género.
Esto último, con el claro propósito de evitar la burla a la ley que se realizó en 2009. No conformes ni resignados, los presidentes de los partidos políticos nacionales realizaron una “consulta” al IFE, clamando por la supuesta imposibilidad de aplicar esa determinación.
Una vez más intervino el Tribunal, que reiteró su instrucción al IFE de no inscribir candidaturas si no respetaban la cuota de género.
Marzo de 2012 se volvió inolvidable para numerosas mujeres que vieron culminadas sus aspiraciones de presentar su candidatura a la Cámara de Diputados o al Senado, gracias sobre todo a una resolución judicial que validó sus derechos.
Poco tiempo después, en febrero de 2014, fue publicada la reforma constitucional que estableció el principio de paridad en las candidaturas al Poder Legislativo, tanto federal como estatales. Apenas hace dos años, en 2018, se aplicó plenamente en la integración de ambas cámaras del Congreso de la Unión. Por eso somos 241 diputadas federales; por eso nos hemos designado como la Legislatura de la Paridad.
La llegada de un importante número de mujeres a las curules y los escaños ha representado también la oportunidad de avanzar en la igualdad sustantiva, en este caso, en la participación en la toma de decisiones sobre los asuntos públicos.
La “Paridad en Todo”, aprobada el 6 de junio de este año, representa la aplicación de ese principio en todos los poderes públicos (incluyendo órganos constitucionales autónomos) y en los tres órdenes de gobierno.
Estos cambios constitucionales y legales se suman al nuevo marco legislativo para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, publicado el 13 de abril pasado.
Estas son las coordenadas legales y políticas que condujeron al Consejo General del INE (por cierto, integrado por 6 hombres y 5 mujeres) a tomar dos decisiones de gran trascendencia.
La primera, conocida por la norma “3 de 3”, mediante la cual se estableció como impedimento para el registro de candidaturas ser abusador sexual, ser deudor de pensión alimentaria o ser agresor familiar.
La segunda determinación fue que, de las 15 gubernaturas en juego en la próxima elección, los partidos tuvieran la obligación de presentar al menos, candidatas en siete entidades.
Acción afirmativa del INE, sí, más cuando las cuentas de mujeres gobernadoras son tan magras – 9 en 103 años- y sólo tres electas entre 2015 y 2018 (Sonora, Puebla y CDMX).
El llanto y crujir de dientes de algunos partidos corresponde en buena medida a las resistencias del 2012, casi 9 años atrás. A regañadientes, pero habrán de cumplir. Gracias a esta decisión del INE, “mágicamente” empiezan a “aparecer” mujeres en condiciones de competir para gobernadoras de sus respectivas organizaciones políticas, aun en estados que todavía son páramos de candidaturas femeninas.
Que este 25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres, sirva para hacer memoria de los obstáculos removidos hacia el ejercicio pleno de nuestros derechos políticos y, al mismo tiempo, para refrendar el compromiso para combatir cualquier forma de violencia política contra las mujeres en razón de género: en candidaturas o en el ejercicio de las responsabilidades para las cuales seamos electas o designadas. Es nuestro derecho.— Ciudad de México.
dulcesauri@gmail.com
1) En proyecto.
2) dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5605089&fecha=17/11/2020. Consulta: 21 de noviembre 2020.

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