Vulnerada la participación política y ciudadana de mujeres en municipios oaxaqueños

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  • Por elecciones anuladas en San Miguel Tulancingo, se acusa de “traición” a peticionaria de controversia
  • Pide Tribunal electoral garantizar participación política de adultas mayores en San Pablo Villa de Mitla

Guadalupe López García

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de febrero de 2022.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) instruyó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) a garantizar la protección de datos personales en controversias electorales por un caso en San Miguel Tulancingo y a que dé respuesta a petición para asegurar el voto de las adultas mayores y derecho a ser electas en San Pablo Villa de Mitla.

En el primer caso, debido a que el IEEPCO vulneró el derecho de protección de datos, una persona que promovió una controversia ante ese órgano autónomo fue agredida y amenazada en asambleas comunitarias y en una cuenta de Facebook.

La persona afectada había presentado una inconformidad en el IEEPCO, porque en las elecciones del 11 de abril de 2021 para renovar concejales el municipio de San Miguel Tulancingo —que se rige por el Sistema Normativo Indígena— no se garantizó la participación efectiva de las mujeres ni se respetó el principio de progresividad. Pese a ello, IEEPCO validó el proceso y el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ratificó el fallo.

Puesto que no se aplicó la perspectiva de género en la controversia ante el IEEPCO, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al TEEO anular las elecciones. El ayuntamiento, al ser notificado de la decisión, convocó a reuniones públicas, en donde se exigió que se diera a conocer el nombre de quien había impugnado las elecciones.

Debido a que un dato no estaba testado, como se había solicitado al IEEPCO, en la asamblea se identificó a la peticionaria, la exregidora Rosario Velasco, y la acusaron de haber cometido “traición” contra el pueblo, que le faltó el “respeto” y “manchó” su nombre. Que en Tulancingo no habían visto a “mujeres bullangueras”, que se le debería “meterle unas nalgadas” y que se fuera del pueblo.

Se le recriminó haber involucrado a las mujeres y se justificó que en 2019 en una asamblea se haya prohibido votar y ser electas las casadas, pues no se les podía obligar a ocupar cargos. Asimismo, se pidió a Rosario que no participara en las asambleas por haber demandado a la comunidad.

Opiniones similares aparecieron en una cuenta de Facebook en la que se difunde información sobre Tulancingo, de sus tradiciones, su gente trabajadora o de obras en beneficio del poblado. En la publicación de la resolución del TEEO del 14 de enero, se comentó que no se podía obligar a las mujeres a ocupar cargos y de que el ayuntamiento debería aplicar “mano dura” a la ciudadana que cometió “traición” al pueblo

Como el IEEPCO no garantizó la protección de datos personales, a petición de la afectada, el TEEO abrió el expediente JDCI/101/2021, el cual fue discutido el 21 de enero pasado en su sesión pública (no presencial) de carácter jurisdiccional. De acuerdo con la resolución, en sesión extraordinaria efectuada el 27 de enero, el Consejo General del IEEPCO se comprometió a garantizar el derecho a la protección de datos personales, contar con un mecanismo de atención para atender de forma oportuna ese tipo de solicitudes, capacitar a todas las áreas en la materia e investigar el caso.

En su acuerdo IEEPCO-CG-19/2022, se estableció, como parte de las medidas de reparación, que en un proceso de mediación en el municipio de Tulancingo se toque el tema de la estigmatización de las personas que acuden ante los órganos jurisdiccionales a hacer valer sus derechos político-electorales, a fin de garantizar el principio de progresividad, igualdad y no discriminación.

En lo que respecta al municipio de San Pablo Villa de Mitla, en su sesión del 4 de febrero, el TEEO ordenó al IEEPCO responda a la brevedad una petición ciudadana de dictar medidas efectivas que garanticen la participación de las mujeres en las elecciones extraordinarias, en específico de las adultas mayores, para que sean ubicadas en posiciones reales de acceso al poder.

La ciudadana Dolores López Reyes había pedido al IEEPCO que se establecieran lineamientos para la paridad de género en la convocatoria y se garantizar la alternancia de género. La respuesta que recibió fue de la persona encargada de Despacho de la Dirección del IEEPCO, pero esa atribución solo le corresponde al Consejo General del organismo electoral, por lo que deberá dar respuesta inmediata.

SEM/glg

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