Campo algodonero: 10 años de la sentencia contra México por violencia feminicida

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  • Pendiente Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial que atienda de manera efectiva los feminicidios en México.

Redacción

SemMéxico. Cd. de México. 19 de noviembre de 2019.- El pasado 16 de noviembre de 2019 se cumplieron 10 años de la Sentencia Caso González y Otras (Campo Algodonero) VS. México relacionado con la desaparición y ulterior asesinato de las jóvenes Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cuerpos fueron encontrados en un campo algodonero de Ciudad Juárez el día 6 de noviembre de 2001.

A pesar de que han pasado 15 años y 13 días de los hechos ocurridos y 3,655 días de que fue emitida la sentencia, el Gobierno de México tiene pendiente aún homologar el Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial que atienda de manera efectiva los feminicidios en México. Sobre todo, cuando la problemática de los feminicidios ha aumentado y se ha agravado en nuestro país, señala un comunicado de prensa emitido por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2018 fueron asesinadas 3,580 mujeres. Un promedio 9.9 mujeres asesinadas al día, de los cuales sólo el 23% de los casos fueron investigados como feminicidio. Y en enero a junio de 2019 los datos oficiales han registrado 1,812 asesinatos de mujeres, es decir, un promedio de 10 mujeres al día.

Cabe recordar que en la Sentencia de Campo Algodonero, la Corte Interamericana estableció que: La investigación deberá incluir una perspectiva de género; emprender líneas de investigación específicas respecto a violencia sexual, para lo cual se deben involucrar las líneas de investigación sobre los patrones respectivos en la zona; realizarse conforme a  protocolos y manuales que cumplan con los lineamientos de esta Sentencia; proveer regularmente de información a los familiares de las víctimas sobre los avances en la investigación y darles pleno acceso a los expedientes, y realizarse por funcionarios altamente capacitados en casos similares y en atención a víctimas de discriminación y violencia por razón de género.

“Ante este contexto, como Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCN), conformado por 43 organizaciones de la sociedad civil, ubicadas en 23 estados de la República, que surgió para observar las acciones y omisiones de las autoridades mexicanas en los casos de feminicidio en Ciudad Juárez, y posteriormente en todo México, hacemos un llamado al Gobierno Federal para que impulse la homologación con elementos objetivos del tipo penal de feminicidio en todos los estados del país, para garantizar un solo marco normativo que regule el delito de feminicidio y dé un tratamiento igualitario a todas las víctimas de este crimen”. 

Construya, implemente y monitoree un Protocolo Modelo que garantice investigaciones con la debida diligencia, perspectiva de género en la investigación y que garantice el acceso a la justicia para las víctimas y sus familias.

A 10 años de la sentencia que reconoce al “homicidio de una mujer por razones de género” como feminicidio, es necesario que el Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial:

-Parta de la premisa emanada de la sentencia “Mariana Lima Buendía” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece que: “toda muerte violenta de mujeres debe iniciarse como un posible feminicidio”.

-Se garanticen los principios de la debida diligencia en las actuaciones que integran cada investigación.

-Se resguarden pruebas fundamentales para la acreditación del delito de feminicidio.

-Se realicen diligencias particulares, enfocadas a la acreditación de las razones de género desde el inicio de la investigación, es decir, desde las intervenciones policiales y periciales.

-Se desechen los peritajes denominados “necropsias psicológicas”, que, a través de la supuesta realización del perfil de la víctima, las estigmatiza y desvirtúan el hecho de que la mujer pudo haber sido asesinada por razones de género, a través de valoraciones subjetivas de su conducta, haciendo conclusiones y valoraciones que denigran a las víctimas.

“Como Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, refrendamos que en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana que le advierte que: “el Estado está en la obligación de investigar y sancionar a todos los responsables de la obstrucción de justicia, encubrimiento e impunidad que han imperado en relación con estos casos”, es necesario que las autoridades tomen acciones contundentes que garanticen el acceso a la justicia para las mujeres”.

A 10 años del logro que significó la sentencia para las familias y para las mujeres en México, en la que el máximo tribunal internacional en la región que reconoce que el Estado violó los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal, los derechos de acceso a la justicia y protección judicial de la Convención Americana, así como la Convención de Belém do Pará, es necesario que estas acciones sean urgentes y eficaces para que los impactos sean positivos en la vida y en el acceso a la justicia de las mujeres, niñas y adolescentes en México.

SEM/GR

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