Congreso de Jalisco anula Ley Olimpia

Fecha:

Compartir:

  • Las y los diputados reformaron la ley para sustituir el artículo que sancionaba violación a la intimidad sexual

Analy S. Nuño

SemMéxico, Guadalajara, Jalisco. 03 de diciembre de 2020.- A menos de 2 meses de haberse aprobado la Ley Olimpia, diputados de Jalisco dejaron sin efecto el sentido de ésta al eliminar el artículo que sancionaba la “violación a la intimidad sexual” para sustituirlo por “aprovechamiento sexual”.

A iniciativa del diputado Gerardo Quirino Velázquez, los legisladores aprobaron reformar el artículo 176-BIS-1 del Código Penal que condenaba la divulgación de contenido erótico sin la autorización de la víctima, es decir, el punto medular por el que se creó la Ley Olimpia.

Evelin Herrera, feminista integrante de la red Yo Voy 8 de Marzo, explicó que al reformar dicho artículo del Código Penal creado tras la aprobación de la Ley el 17 de septiembre, se eliminan las sanciones por violencia digital, ciber acoso y violencia digital, entre otras.

“Se crearon 2 nuevos delitos 176 BIS 1 de violación a la intimidad y 176 BIS 2 de ciber acoso, está reforma fue hecha el 17 de septiembre y el 7 de noviembre se volvió a modificar el 176 BIS 1 y fue suplantado por el delito de aprovechamiento sexual, este delito vulnera los derechos de las mujeres porque no nos permite denunciar la violencia digital”, señaló.

El artículo reformado relacionado a violación a la intimidad sexual establecía sanciones de 4 a 8 años de prisión a quien “por cualquier medio difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte, publique o amenace con difundir imágenes, audios o vídeos de contenido real, manipulado o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual  sin el consentimiento de la víctima o que haya sido obtenido bajo engaño o manipulación”.

Mientras que al sustituirlo por aprovechamiento sexual se castiga a quien “valiéndose de su superioridad, se aproveche de la necesidad o subordinación que tiene otra persona, derivada de sus relaciones laborales, religiosas, docentes o domésticas, obtenga para él o de un tercero vinculado a éste, la cópula como condición para el ingreso, la conservación, la promoción o la permanencia en una determinada circunstancia”.

“Es una burla total a las mujeres, a las organizaciones que han luchado, porque básicamente nos dieron atole con el dedo, nos hicieron creer que las mujeres podríamos denunciar la violencia digital, que las mujeres estábamos protegidas cuando no es así. Hicieron una modificación por debajo del agua, se modificó el delito y nos quitaron la oportunidad de denunciar la violencia digital. No hay error, en esto hay un dolo de los diputados para vulnerar los derechos de las mujeres”, señaló la abogada feminista.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí



Artículos relacionados

En las preferencias del voto a Lucia Meza, Mariana Rodríguez Cantú y Libia Denisse García Muñoz Ledo

Seguras 2 gobernadoras Morelos y Guanajuato y una presidenta municipal en Monterrey

En letras de oro al Muro de Honor en el Senado: las Sufragistas, la UNAM y los hermanos Revueltas

Cómo para dar relevancia, en el último tramo de esta legislatura, en el Senado de la República, un espacio de la nación que denota pluralidad y reconoce lo mejor de México se aprobó llevar al  Muro de Honor una inscripción en letras de oro par  “Universidad Nacional Autónoma de México,  donde millones de mexicanos y mexicanas han adquirido conocimiento y conciencia social.

En Cuba mujeres privadas por su libertad lanzan campaña de difusión y conocimiento

El 8 de marzo  la organización de la sociedad civil Iniciativa para la investigación y la incidencia lanzó la campaña "Cubanas en resistencia" con el objetivo de "visibilizar las historias de mujeres cubanas que han sido privadas de libertad, mujeres que son familiares de personas en prisión, activistas, opositoras y exiliadas".

Avanza en Comisiones ampliar concepto de violencia económica contra las mujeres

Las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda avalaron una minuta de la Cámara de diputados que reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de ampliar el concepto de “violencia económica” contra las mujeres.