Eliminar clausulas en los divorcios que limiten los derechos de las mujeres, diputado Sergio Gutiérrez Luna

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Modificación a la LGAMVL basado en jurisprudencia de la SCJN

Micaela Márquez

SemMéxico, Cd. de México, 20 de marzo 2022.- Para garantizar que las autoridades en un trámite de divorcio no existan relaciones de poder entre géneros en los convenios que se celebren para que no se limite la capacidad jurídica o anular el ejercicio de los derechos de las mujeres como una forma de violencia, el diputado Sergio Gutiérrez Luna presentó una iniciativa, ante el pleno de las Cámara de Diputados, el pasado 17 de marzo.

La iniciativa que adiciona la fracción V al artículo 9º de la Ley General del Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) fue avalado por 24 diputadas de los grupos parlamentarios de Morena, Partido del Trabajo y Verde Ecologista.

El diputado en tribuna invitó a las legisladores a sumarse a esta iniciativa que consideró de suma importancia a favor de los derechos de las  mujeres mexicanas pues explico que va en congruencia con un criterio jurisprudencial de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró la inconstitucionalidad de las clausulas de convenios de divorcio que reproducen relaciones de poder intergenéricas por constituir una forma de violencia hacia la mujer y una vulneración de sus derechos humanos.  

Dijo, el diputado Gutiérrez Luna que con esta con esta iniciativa “estamos dando un paso adelante en nuestro deber de asegurar en favor de las mujeres mexicanas, la eficacia horizontal y vertical de sus derechos humanos, quedando tanto los particulares que celebran estos acuerdos contractuales, así como las autoridades del fuero local que los aprueban, vinculadas a hacer latente la eficacia directa del orden constitucional en protección de ellas”.

Expresó en tribuna que tenemos las normas del derecho civil, las que presuponen igualdad de capacidad y condiciones entre las partes de un acto jurídico. “Sin embargo, no podemos ignorar, dijo, que esta concepción no toma en cuenta la vulnerabilidad estructural de las mujeres, a favor de quienes se deben configurar ámbitos jurídicos diferenciados, ante los cuales, incluso los principios de autonomía de la voluntad y de libertad contractual, deben tener menor resistencia”.

Explicó que el dominio institucionalizado hacia las mujeres en el ámbito privado permea las practicas sociales que replican una y otra vez la dominación masculina que con el paso del tiempo se legitiman, arraigan y cuyos efectos se normalizan lamentablemente dentro de la sociedad.  

Por lo que, precisó que las autoridades de los poderes legislativos federales y locales, deben asegurarse que las normas que regulan los convenios de divorcio que deban celebrarse no reproduzcan relaciones de poder entre géneros.

Ante la necesidad de manera directa de garantizar este derecho humano a las mujeres de vivir una vida libre de violencia, dijo, resulta indispensable esta reforma, porque el precedente jurisprudencial de la Corte, actual, vigente, debe ser tomado por nosotros para ordenar a las legislaturas de los estados que adapten las legislaciones en beneficio de las mujeres.

Reiteró que es una iniciativa fundamental, “es un granito de arena que todas y todos debemos de aportar para ir cerrando esta brecha de desigualdad entre géneros”.

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