En 40 años ninguna mujer ha sido Magistrada Presidenta

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Redacción

SemMéxico, Tuxtla Gutiérrez, Chis., 5 de octubre del 2018.- La Red Chiapas por la Paridad Efectiva (REPARE) solicitó que la designación de quien presidirá el Tribunal Electoral del Estado se haga desde una perspectiva de género y se considere el trabajo que en esta materia han realizado algunas mujeres.

En una carta pública esta organización civil solicitó el cumplimiento de la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia de las Mujeres, para el caso de la designación de la presidencia del Tribunal Electoral del Estado que este viernes habrá de decidirse.

REPARE que ha pugnado por la igualdad en la designación en los cargos de la administración pública estatal y municipal, incluidos los organismos autónomos, como los electorales y de derechos humanos, señala que, en los 40 años de existencia del Tribunal Electoral del Estado, nunca ha presidido una mujer, y en ese tiempo, solo cuatro magistradas han integrado dicho órgano.

En su carta, la organización civil demanda la aplicación de los preceptos que tutelan los derechos políticos, electorales y laborales de las mujeres, consagrados en la Constitución Política del Estado, dado que hoy en el tribunal Electoral Estatal se decidirá a la persona que asumirá la presidencia de ese órgano, por lo que se plantea que la decisión sea consecuente con los marcos internacionales.

Explican que pese a que ni constitucional ni legalmente está considerada la alternancia de género en la Presidencia de los Órganos Electorales, no obstante, se trata de derechos humanos mismos que deben ser progresivos, sobre todo, por tratarse de la aplicación en favor de mujeres que se dedican a la toma de decisiones que impactan directamente en la vida y actividad de muchas otras mujeres, tutelados en los acuerdos internacionales y plasmado en la Carta Magna sobre la inclusión de las mujeres en paridad.

La interpretación del contenido de los derechos humanos debe ir a la par de la evolución de los tiempos y las condiciones actuales de vida, en virtud de que los textos que reconocen dichos derechos son «instrumentos permanentes» a decir de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o «instrumentos vivos» de acuerdo con la jurisprudencia interamericana.

Al respecto, los estándares en relación con el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia son claros en establecer que las autoridades estatales, tanto administrativas como jurisdiccionales, no solo deben condenar toda forma de discriminación basada en el género, sino también están obligadas a tomar medidas concretas para lograrlo, tales como consagrar la igualdad de género y de sexo en sus normas y, sobre todo, abolir todas aquellas leyes, costumbres y prácticas que redunden en acciones discriminatorias contra las mujeres.

Finalmente, las integrantes de REPARE recuerdan que Chiapas es una entidad con antecedentes de Violencia Política de género contra las mujeres, así como de Discriminación por razones de Género hacia mujeres que ocupa cargos de elección popular.

Por ello, sostienen, no es posible que quienes tienen la responsabilidad constitucional de resolver con perspectiva de género los asuntos que les son sometidos a su jurisdicción, no sean capaces de emitir un voto de confianza a favor de una mujer, de quien no se duda, reúne los mismos requisitos que sus pares, y que también cuenta con los mismos méritos y capacidades para poderse desempeñar como Presidenta del citado Tribunal Electoral, tan es así, que fue designada en la misma fecha que todos los integrantes del Pleno, pero, con el beneficio de contar con mayor número de años para ejercer el citado cargo constitucional.

SEM/cr/sj

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