Entra a comisiones iniciativa para permitir el aborto en Guerrero

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  • Inicia la cuenta regresiva después de casi dos años de lucha y de oposición en el Congreso
  • La iniciativa firmada por 3 diputadas de Morena concuerda con recomendaciones de Conavim y Guerrero sería la 8ª. entidad con ILE en México

Sara Lovera

SemMéxico, Cd. de México, 12 de enero, 2022.- Este viernes en comisiones en el Congreso del Estado de Guerrero podría aprobar el dictamen para establecer la interrupción legal del embarazo que presentaron las diputadas Gloria Citlali Calixto Jiménez, Nora Velázquez Martínez y Beatriz Mojica Morga, todas de Morena, con lo que se inicia cuenta regresiva después de un proceso detenido en 2020.

En una segunda Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres AVGM, la Secretaría de Gobernación a través de Conavin recomendó al Congreso de Guerrero legislar sobre la ILE, y el Congreso, por el contrario, trató de fundamentar una prohibición más allá de la ley y violando la norma 046. Desde entonces hay una dura batalla en Guerrero.

De aprobarse la iniciativa Guerrero sería el octavo estado de la República en aprobar el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo luego de que en el segundo semestre de 2021 se despenalizó el aborto en Hidalgo, Veracruz, Baja California y Colima; la Ciudad de México fue la primera entidad federativa en descriminalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas en abril de 2007, seguida por el estado de Oaxaca en 2019, e Hidalgo, Baja California, Colima y Veracruz en 2021. En todos los casos se obliga a los gobiernos a dotar de atención médica oportuna, para salvar vidas.

 En Guerrero se estima que un alto porcentaje de mujeres se embarazan como resultado de abusos y violación sexual. El Observatorio Ciudadano de las Violencias Contra las Mujeres de Guerrero (Obvio) presentó el testimono de seis menores de edad de la Montaña de Guerrero víctimas de violencia sexual en 2020. La presentación de estos testimonios se dio en el contexto en el que diputados de Guerrero aprobaron poner más trabas para que mujeres que fueron violadas puedan acceder a la interrupción de embarazo de forma segura.

“Obligar a las niñas (a llevar un embarazo a término) es tortura y el Congreso de Guerrero no está pensando en las víctimas, sólo les interesa frenar el aborto porque los grupos conservadores en los partidos tienen intereses con los grupos religiosos. Hacemos un llamado a legislar progresivamente, los derechos humanos no deben ir en retroceso”, escribió el observatorio.

No obstante, la iniciativa de las morenitas, que entrará en comisiones para su discusión propone reformar el Código Penal del Estado, para establecer la interrupción legal del embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación, así como las penas consecuentes a quien se realice o ayude a realizar este procedimiento después de los plazos acordados con o sin el consentimiento de la mujer o persona gestante. Turnada a las Comisiones de Justicia y Salud.

 La diputada Gloria Citlali Calixto Jiménez dio lectura a la iniciativa presentada hoy al pleno del Congreso, que está firmada por las diputadas Beatriz Mojica Morga y Nora Yanek Velázquez Martínez y fue turnada a las Comisiones de Justicia y Salud para su análisis, quien será la encargada del proceso de dictaminación.

En  de octubre de 2020 el congreso del estado  rechazó  eliminar los candados relacionados con la interrupción legal del embarazo producto de una violación en menores, como lo establece la Norma 046 y  pretendía incluir  la Interrupción Legal del Embarazo, por voluntad de la mujer en el Código Penal. Ni una, ni otra cosa admitieron los y las diputadas.

Entonces el argumento político  fue que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), pretendía usurpar las funciones legislativas, toda vez que la aceptación de la segunda Alerta de Violencia de Género contra las mujeres AVGM por agravio comparado solicitaba a los diputados esta reforma, e incluso la Interrupción Legal del Embarazo en los términos aprobados en la Ciudad de México como el caso de Veracruz y lo acordado por la Suprema Corte de Justicia.

Lo que hicieron los diputados fue desechar la reforma al artículo 159 del Código Penal del Estado de Guerrero, para eliminar todos  los condados relacionados con la interrupción legal del embarazo producto de una violación; mientras que  en el caso de menores,  de 18 años, la Secretaría de Salud  no cumple con la norma, que permite que cuando  se haga  la denuncia de la violación de una menor, no se debe  esperar a la resolución del ministerio público de que sí fue una violación, y realizar el aborto,  tal como lo establece la Norma.

Ante ello activistas feministas, lamentaron y condenaron la posición de los diputados y diputadas por rechazar la propuesta que hizo la Conavim y el grupo de trabajo que estudia la AVGM por agravio comparado. Además, dijeron que hay casos de adolescentes abusadas sexualmente. Incluso sostuvieron que ha habido casos, donde las adolescentes han tenido que dar a luz, esperando la autorización del ministerio público.

Por su parte Viridiana Gutiérrez Sotelo, integrante del Observatorio Ciudadano de las Violencias contra las Mujeres en Guerrero (OBVIO-Guerrero), acusó a los 25 diputados y diputadas locales, de dejar a las mujeres en total desamparo de sus derechos.

La representante de Obvio-Guerrero aseguró que esta decisión de los diputados es un revés para el libre ejercicio de los derechos de las mujeres, “no solo están atentando en contra del dictamen de Conavim, sino en contra de toda una legislación internacional de la que tienen un total desconocimiento y no cumplen con la Ley general de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia”.

Por otro lado, Yolitzin Jaimes Rendón, de la colectiva “Las Revueltas, opino; “es terrible el dictamen. Hacen del proceso un episodio burocrático y más traumatizante para las mujeres. Es un atentado al derecho a decid

La iniciativa que ahora está en comisiones incluya la terminología de «persona gestante» que no la comparten muchas feministas.

La definición en Guerrero tendrá que ajustarse a los dictados de la Suprema Corte de Justicia que decidió no criminalizar el aborto inducido desde el año pasado, considerando injusta toda criminalización y opuesta a la Constitución y a los acuerdos y convenciones firmados por México.

La criminalización de mujeres con emergencias obstétricas

En México, del 15 al 20 por ciento de los embarazos diagnosticados concluyen en aborto espontáneo, de acuerdo con el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS). Y a nivel mundial, alrededor de seis por ciento termina en parto prematuro, detalló el doctor Alfonso Gerardo Carrera Riva Palacio, ginecólogo y director Médico de la Fundación Marie Stopes y Coordinador de Global Doctor For Choice en México. 

Los abortos espontáneos pueden presentarse en cualquier momento de la preñez, pero médicamente se nombran como tales cuando un embrión o feto muere o es expulsado antes de la semana 20 de embarazo, o pesa menos de 500 gramos. Si pesa más o el incidente ocurre después de la semana 22, se suele emplear el término médico “muerte fetal”, según la organización Planned Parenthood y el IMSS.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que se considera un parto prematuro cuando la labor de parto ocurre antes de las 37 semanas de gestación: se considera extremo cuando es antes de las 28 semanas, muy prematuro cuando es de las 28 a las 32 semanas, y prematuro tardío, de 32 a 37 semanas.

Se les denomina “partos fortuitos” si ocurren fuera de las instalaciones médicas y, por lo tanto, presentan un elevado riesgo de mortalidad y morbilidad, según artículos de la Revista de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED). 

Las razones médicas por las que un embarazo no llega a término son muchas y muy variadas. Los partos prematuros están asociados a diversos factores, algunos intrínsecos y otros hereditarios. Existen familias en las que todos los partos son prematuros o en las que existen pérdidas en la gestación de manera habitual, lo cual indicaría la intervención de un elemento genético. También se ha vinculado la necrosis tumoral, deficiencias en vitaminas, infecciones urinarias, vaginales o de riñones, con los productos pre término.

“El parto prematuro expone a las mujeres no solo al aborto sino a que tengan complicaciones como sangrados. Una mujer que no está lista, porque nunca fue vigilada ni revisada, se expone a la anemia, a la falta de control de hierro, enfermedades que desde la semana ocho van aumentando el riesgo. La anemia es una condición frecuente que sí afecta la calidad de vida de las mujeres y los fetos; y la hemorragia empeora la situación porque se asocia con infecciones”, precisó el ginecólogo.

El control prenatal debe comenzar en la semana 11 de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana (NOM) 007-2010. Por eso, las mujeres que no tienen un acompañamiento adecuado están en una situación de desventaja. Desafortunadamente no todas tienen acceso a ese servicio, admitió el especialista.

En los procesos por homicidio en razón de parentesco por emergencias obstétricas, lo que suele definir la culpabilidad de las mujeres es la determinación de que el producto estaba vivo.

Esto a pesar de que no existe una manera de comprobar si se trató de un aborto espontáneo, es decir, si el producto estaba muerto desde el útero; si nació muerto o vivo, o si era viable, pues son muchas las razones por las cuales el producto puede fallecer en un parto fortuito.

«El feto puede tener un desprendimiento o tener ya una asfixia previa que nadie sabe que la tiene. Si tiene asfixia va a ser difícil que sobreviva porque su pronóstico es malo. Se necesita una atención intrahospitalaria y aquí los minutos cuentan», comentó el ginecólogo Alfonso Carrera al respecto.

Guerrero

En 2012 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atrajo el amparo de una mujer indígena de Guerrero por violación a sus derechos de defensa adecuada, para discutir —entre otras cosas— la fiabilidad de la prueba de docimasia pulmonar hidrostática. 

El resultado fue que “la única prueba de cargo que sustentaba la condena era la necropsia practicada por el perito oficial, la cual era claramente insuficiente para establecer que el deceso de la víctima fue resultado de alguna acción realizada por la quejosa”. 

Un punto común que tienen los casos de mujeres criminalizadas por eventos obstétricos es que tanto el personal de salud, como los elementos policíacos e incluso el Instituto de Defensa Pública del Estado, se encargan desde el primer momento de encontrar elementos para culpar a las mujeres que tuvieron un aborto espontáneo o un parto fortuito.

Consulta la Iniciativa aquí

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