Falla Estado mexicano a mujeres en reclusión

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  • Informe Diagnóstico de las Mujeres Privadas de la Libertad de la CNDH revela desigualdades
  • La prisión un doble castigo para ellas

Elda Montiel
SemMéxico, Cd. de México, 4 de abril, 2022.- No basta con visibilizar los rezagos y los retrocesos en la protección de los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad, ni que se cuente con un marco nacional e internacional que las proteja, si el Estado Mexicano no genera acciones institucionales concretas que rompan con las estructuras de desigualdad de género que sostiene la discriminación directa hacia ellas.

Al presentar el informe “Diagnóstico de las Mujeres Privadas de la Libertad” por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la titular Rosario Piedra Ibarra, expresó la intención de que este informe se convierta en referente para un análisis profundo a partir de una mirada interseccional y feminista para verlas como mujeres que provienen de contextos de vulnerabilidad, de violencia, pobreza, marginación, explotación y exclusión.

Uno de los objetivos es transitar hacia una cultura donde la reinserción sea un medio y un fin para que puedan recuperar su vida y relacionarse con una sociedad que las vea como personas, como iguales, con dignidad, oportunidades y derechos.

La titular de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, explicó que el Informe surgió ante la imperante necesidad de visibilizar las condiciones en que viven las mujeres internas en los centros penitenciarios de nuestro país, que han sido invisibilizadas en sus necesidades específicas de género en un sistema penitenciario creado y pensado para hombres.

Recordó que anualmente se realiza el Diagnóstico Nacional de Situación Penitenciaria para lo que se realizan supervisiones a los centros de reclusión incluidos los mixtos y femeniles.

A raíz de las supervisiones del 2020 y 2021 se identificó la necesidad de visitar los centros de reclusión mixtos y femeniles que se ubican en zonas rurales o semi-urbanas, ya que se encontraron en condiciones deplorables e incluso en infraestructura, un riesgo para la integridad de las mujeres privadas de la libertad, sus hijas e hijos y sus familias.

Asimismo, da continuidad a las acciones de la CNDH en defensa de los derechos humanos de las mujeres y han emitido 19 recomendaciones, en su administración, ante la inadecuada atención en reclusorios mixtos que albergan clara desigualdad, en relación a los centros femeniles.

El informe expone la situación de las mujeres a partir de cómo viven ellas la prisión y su interacción con los demás, con su entorno y con lo que saben del exterior. Muchas mujeres viven a partir de su origen étnico, condición sexual, edad, discapacidad, condición de salud, económica y cultural que necesitan de manera urgente ser observadas a partir de la progresividad de los derechos humanos.

Rosario Piedra dijo que se busca que esta herramienta contribuya a la generación de acciones afirmativas que les permita vivir una vida libre de violencia, sin discriminación y de acceso efectivo a los servicios que conforme a sus necesidades derivadas de su género deben ser brindadas a fin de alcanzar un nivel de vida adecuado en reclusión.

Por parte del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), la directora general de Planeación, Celia Aguilar Setien, expresó que el informe es muy valioso por los testimonios de las mujeres que plasman de forma brutal la discriminación y el olvido.

Al Instituto le corresponde prevenir que las mujeres caigan en los espacios de violencia, dijo la funcionaria, quien reconoció que existe una omisión de varios años por parte del Estado por el cual las mujeres en reclusión viven en condiciones deplorables.

En la presentación también estuvieron en redes mujeres de los centros penitenciarios de Veracruz, Querétaro, Morelos, Coahuila, Ciudad de México, Jalisco, Guerrero y del Cefereso Femenil CPS-16. Además de más de 80 autoridades del sistema penitenciario federal estatal y militar.

La reclusión, un doble castigo para las mujeres

En el informe se destaca que la práctica penitenciaria debe cumplir un principio básico: no debe añadirse a la privación de libertad mayor sufrimiento del que ésta representa. Esto es, que a la persona interna deberá tratársele humanamente, con toda la magnitud de la dignidad de su persona, al tiempo que el sistema debe procurar su reinserción social.

Sin embargo, la CNDH observó que las mujeres privadas de la libertad viven un “doble castigo”; por un lado, mientras que para los hombres hay un castigo por la transgresión de la norma, en el caso de las mujeres se les criminaliza y se les sanciona con el abandono familiar.

La maternidad elegida se “suprime” con procedimientos para separar a los niños y niñas de sus madres apenas nacen bajo el argumento de que los centros no cuentan con espacios adecuados por el prejuicio de que al ser privada de la libertad es una “mujer mala” o “mala madre”.

Y, por el contrario, se le obliga a ser madres cuando lo que solicita es la interrupción del embarazo por su condición de extrema pobreza, por ser producto del abuso sexual y/o violencia sexual marital, no proporcionándole la información suficiente para la toma de decisiones y/o no se le facilita el acompañamiento para ejercer su derecho a decidir bajo las causales que las leyes permiten en todos los estados.

También quienes deciden ejercer su sexualidad a partir de una orientación distinta a la heterosexual, se les restringe, limita y/u obstaculiza convivir o tener manifestaciones o contacto físico con sus parejas mujeres con las que comparten celdas, o bien, a quienes se les restringe la visita conyugal, y/o se enfrentan a actos de discriminación por expresar su orientación sexual entre sus mismas compañeras o por personal de los centros.

Las autoridades penitenciarias a nivel federal, estatal y militar deben identificar estas causas que contribuya al desarrollo de políticas públicas diferenciadas que eviten la reproducción de esos mecanismos de control, opresión y sometimiento que agudizan la desigualdad social y causan violencia estructural contra las mujeres.

Deben generarse controles de confianza, capacitación al personal y sensibilización entre la población penitenciaria, a fin de generar un contexto libre de violencia y discriminación que les permita a las mujeres pertenecientes a la comunidad LBTTI manifestar su orientación sexual si así lo desean.

Derecho al trabajo

Los ingresos de las mujeres no superaban los dos mil pesos, muchas de ellas, en trabajos que las ubican en contextos de explotación y abuso, en condiciones serviles sin remuneración y con trabajo de cuidado desvalorizado e invisibilizado, ya que en los centros penitenciarios su condición se agrava ya que conservan sus responsabilidades como proveedoras, pero sus ingresos son ínfimos a pesar de realizar uno o dos trabajos, por autoempleo y en labores dentro del penal.

Se generan condiciones de control y sometimiento en la población penitenciaria que busca tener un “trabajo”. Éste se da como un tipo de concesión por parte de la autoridad que lo otorga a un pequeño grupo por buen comportamiento y no como un derecho para toda la población.

Por lo que es indispensable, se señala en el Diagnóstico, el fomento de la industria penitenciaria que les permita seguirse desarrollando en actividades productivas y revertir el esquema de salarios desiguales o por debajo al que se ofrecen a los hombres.

Distribución de espacios

La distribución de sus espacios, así como las normas, los reglamentos, discursos y manuales de operación de los centros penitenciarios están hechos pensando en el perfil de los hombres y sus necesidades. La excusa es que las mujeres solo representan el cinco por ciento de la población penitenciaria.

En los centros mixtos, en donde se aloja a mujeres y a hombres, los espacios destinados a las mujeres son anexos o apéndices, lo que complementa la necesidad del hombre. Los espacios verdes para los espacios varoniles son más amplios, en tanto que para las mujeres es un espacio no previsto para ellas, “es un no lugar”.

Eso es lo que sostiene las estructuras de género dentro del sistema penitenciario y que sostiene las desigualdades entre las mujeres y los hombres en la sociedad.

Salud y convivencia familiar

Las mujeres reciben la atención médica en los consultorios en áreas varoniles. En varios de los casos, son atendidas por personal médico del sexo masculino.

En los centros femeniles faltan espacios para la convivencia familiar, en algunos no existe un espacio para la visita íntima, lo cual es el reflejo de un discurso que está estrechamente ligado a la idea del abandono y escasa visita que reciben las mujeres en los centros penitenciarios, invisibilizando sus derechos a la convivencia, a su intimidad, a ejercer su sexualidad y a la vinculación con el exterior.

De acuerdo con los Diagnósticos del Sistema Penitenciario las deficiencias que vulneran la calidad de vida en reclusión de las mujeres se asocian a la incorrecta separación entre hombres y mujeres; a la falta de personal de seguridad y custodia, así como personal de custodia del sexo femenino; la falta de gestión e implementación de actividades laborales, de capacitación, educativas y deportivas, así como, una deficiente atención a mujeres que viven con sus hijas y/o hijos que viven con ellas.

Además se constató la inexistencia de talleres, aulas escolares, espacios para la capacitación, canchas o equipo deportivo y la falta de infraestructura para realizar actividades laborales en los centros femeniles o mixtos, donde existe una inadecuada separación.

Obligar a la población a permanecer más de 20 horas en la estancia, constituyen mecanismos de opresión que impiden la participación activa y plena, obstaculizando el derecho a la participación en las actividades de reinserción social y, en algunos casos, en los que sí existen estos espacios, éstos suelen destinarse a un grupo pequeño y no para el uso de toda la población para el que no serían suficientes, y permanecen con un uso restrictivo y controlado de la población que sí puede acceder a realizar estas tareas.

Mujeres indígenas privadas de la libertad

La CNDH observó que un porcentaje importante de las mujeres privadas de la libertad que fueron entrevistadas se reconocían como personas indígenas, algunas monolingües con problemas para entender el español.

Asimismo, pudo visibilizarse que varias mujeres fueron criminalizadas por sus propias comunidades indígenas, no teniendo acceso adecuado a la justicia, desconociendo sus procesos, sus sentencias e incluso, el destino de sus hijos de los que fueron separados al ingresar a las prisiones.

Preocupación Centro de Zihuatanejo

En el estado de Guerrero no existe separación entre población penitenciaria femenil o varonil. Estos centros penitenciarios deberán ser revisados porque trasgreden diversas normatividades.

Solo en el Centro Federal, el CEFERESO 16 Femenil Morelos, se han implementado acciones que han destacado como buenas prácticas a favor de las mujeres privadas de la libertad, entre éstas, la implementación del Módulo de Respeto.

La protección y garantía de los derechos humanos de la diversidad sexual y el modelo de avanzada del CENDI en beneficio de las niñas y niños que viven con sus madres en el centro.

Sin embargo, a pesar de los resultados favorables que dichas prácticas han reflejado, no han sido retomadas por el propio sistema penitenciario federal como base para el diseño e implementación de una política penitenciaria nacional permanente.

SEM/em/sj

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