Invalida Corte “protección de la vida desde la concepción” 

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 Alba Valdez 

SemMéxico/Testigo Púrpura, Veracruz, 31 de mayo.- Con 10 votos unánimes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidación del Artículo 4° de la Constitución Política de Veracruz, el cual violaba los derechos  reproductivos de las mujeres “protegiendo  la vida desde la concepción”. 

Este Artículo se había adicionado en 2016, por una propuesta enviada por el ex mandatario estatal, Javier Duarte de Ochoa, y que las y los legisladores del Congreso veracruzano habían aprobado, y que minimizaba los derechos sexuales, así como reproductivos de las mujeres que causó controversias, el cual fue defendido, en su mayoría, por grupos conservadores como la iglesia. 

Por ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad  85/2016, que fue votada por las ministras y ministros de la SCJN, quienes argumentaron que los estados no tienen facultades para realizar estás reformas.

Y, si están presentes dichas reformas en los estados no pueden ser usadas para prohibir el aborto o restringir su acceso y que ningún derecho humano es absoluto.

La SCJN añadió que existe la protección constitucional a los derechos reproductivos, incluido el aborto. Como ya se ha mencionado anteriormente, dichas reformas más que un efecto legal tienen un efecto simbólico, político y social que han vulnerado los derechos reproductivos de mujeres y personas gestantes.

Esta invalidación precisa a las entidades, donde ya están presentes, que deben reformar su Constitución o no utilizar esa reforma para obstaculizar el acceso al aborto y para el resto de los estados que no hagan estás reformas.

Veracruz y el aborto

Esta decisión de la Corte se sumó a la decisión del Congreso local, en julio de 2022, cuando Veracruz se convirtió en la cuarta entidad del país en permitir el aborto legal hasta antes de las 12 semanas, tras la aprobación del Congreso del Estado. 

Con 25 votos a favor, 13 en contra y una abstención se ampliaron las causales de aborto legal, desde entonces se permite  -julio 2022-  interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas, por la causal salud de la mujer y sin límite del tiempo en caso de violación. A eso se le suma por malformación del producto que ya estaba contemplada

Además, en los casos que se encuentren fuera del tiempo se impondrá 15 días a dos meses de tratamiento en libertad con respeto a los derechos humanos.  Otro punto que se contempla es el aborto forzado y que solo se sancionará cuando sea concretado, es decir no existirá la tentativa. 

La entonces diputada, Mónica Robles Barajas, fue quien presentó la iniciativa. Esta tuvo que ver con otra decisión de la SCJN que mandató dentro de la declaración de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres AVGM, tras varios intentos de poner en marcha la ILE.

Ahora, es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para hacer congruente la liberación del aborto, acordó invalidar el artículo 4º. De la Constitución que daba ciudadanía al feto: la decisión de la SCJN se sumó a los acuerdos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tenía una queja de las veracruzanas, cinco años antes.

Entre los aspectos que se tomaron en cuenta es que entre 2017 y 2019 en la entidad hubo 21 mil 287 nacimientos de niñas y adolescentes menores de 19 años. Ello coloca a la entidad como el segundo lugar a nivel nacional, hechos ligados al abuso sexual de menores, como sucede en el país. 

En Veracruz, en 2018 se registraron 38 muertes maternas, ello, lo colocó como el tercer lugar a nivel nacional en decesos relacionados con esta causa. 

Finalmente, el Consejo Nacional de Población estima que por la pandemia la insatisfacción de los métodos anticonceptivos incrementó un 20 por ciento entre 2020 y 2021, aumentando los embarazos no deseados. 

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