La sentencia del caso Mariana Lima Buendía hasta mayo de 2023

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  • Arranca una jornada de foros en todo el país para difundir la sentencia de la Corte 54/2013 como una lección que deben adoptar las fiscalías de todo el país.
  • El Observatorio Ciudadano del Feminicidio llamó al Poder Judicial del Estado de México para que dicte  sentencia al feminicida.

Sara Lovera y Elda Montiel

SemMéxico, Metepec, Estado de México, 23 de noviembre del 2022.- El asesinato de Mariana Lima Buendía, la búsqueda de la verdad y la justicia, con investigación a fondo y 6 años de proceso y la sentencia condenatoria que se espera hasta mayo de 2023 es una lección para gobiernos, ministerios públicos, jueces y juezas sobre lo que debe hacerse para juzgar el feminicidio, reconoció aquí la secretaria de la Mujer del Estado de México, Martha Hilda González Calderón.

Reconoció que el “caso” es una lección necesaria para aprender cómo mitigar el dolor de miles de familiares y madres de las mujeres asesinadas -11 todos los días en México- y dijo durante el arranque de una serie de presentaciones en los estados de la República de las lecciones y herramientas que ha dejado este “caso” porque  significó hacer visibles errores y omisiones, de nuestro sistema de justicia que ha obligado a las madres y a las familias a intervenir en la investigación.

Se trató de una reunión vibrante y emotiva, didáctica y descriptiva de cómo la impunidad es el resultado de la incapacidad para darle peso al asesinato de mujeres en un país machista, denominada Sentencia Mariana Lima, el parámetro nacional para juzgar con perspectiva de género, promovida por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) que se replicará en todo el país, y que comenzó en el Estado de México, donde Mariana Lima Buendía fue asesinada un 28 de junio de 2010.

En la reunión se hizo un reconocimiento al valor y entereza de Irinea Buendía, cuyo dolor de madre en esta -más de una década-, la convirtió en defensora de los derechos de esas mujeres que todos los días son asesinadas y responsable, por su tesón, de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) 554/2013 que ordenó juzgar todos los casos de la muerte violenta de cualquier mujer, con perspectiva de género.

Se busca, explicó, María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Observatorio, se realizaran una serie de foros para difundir el impacto de la Sentencia e hizo un llamado al Poder Judicial del Estado de México para que emita la sentencia en el caso de Mariana Lima con perspectiva de género, bajo los estándares de la SCJN y equivalente a todos los años de lucha de la familia Lima Buendía. Los hechos ocurrieron hace 12 años y lleva en proceso seis años.

En el marco del “Día Internacional para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres” y los 16 días de activismo contra la violencia de género en el Foro de Metepec, en coordinación con la Secretaría de las Mujeres del Estado de México y la Fiscalía Central de Delitos Vinculados a la Violencia de Género de la Fiscalía del Estado, también se reconoció que la Sentencia de la Corte es ahora un instrumento indispensable que deben conocer y leer todos y todas las juzgadoras.

Se hizo un llamado a todas las Fiscalías Generales de Justicia para que incorporen los criterios de la Sentencia del caso de Mariana Lima Buendía en los protocolos de investigación criminal del feminicidio en todos los estados de la República.

Igualmente se llamó a que todas las muertes violentas de mujeres sean investigadas como feminicidio, y que se garantice que toda la evidencia se recopile e impere la debida diligencia.

México es el país en donde cada día 11 hombres asesinan a 11 mujeres, es por ello que juzgar con perspectiva de género y garantizar el acceso a la justicia puede contribuir a revertir la pandemia que ha significado la violencia feminicida.

Se dijo que hay una deuda pendiente con las madres, padres y demás familiares de las víctimas de feminicidio, quienes postergan los duelos y con el dolor a cuestas inician un peregrinar en busca de justicia.

Ahí estuvieron y luego participaron con el público Martha Hilda González Calderón, secretaria de las Mujeres del Estado de México; la maestra Dilcya Samantra García Espinoza de los Monteros, fiscal central de Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género de la FGJEM; la abogada del caso, Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio y la señora Irinea Buendía Cortés.

La larga historia

A pesar de que la sentencia fue emitida desde hace 7 años, el 25 de marzo del 2015, desde el ONCF se ha documentado la preocupante prevalencia que las autoridades adelantan conclusiones además de las deficiencias en la investigación en los casos de feminicidio, se continúan investigando como homicidios dolosos e incluso como suicidio, con supuestos recados o mensajes póstumos como lo fue en el caso de Mariana.

Durante el desarrollo de las investigaciones, se han perdido pruebas, no se han realizado diligencias fundamentales en la investigación. Se pondera la realización de pruebas de alcoholemia y búsqueda de drogas de uso común en los cuerpos de las mujeres frente a peritajes y pruebas científicas.

Aunado a ello, no existen planes metodológicos de investigación claros que permitan llevar a cabo una metodología durante la investigación por parte de las autoridades para el esclarecimiento de los feminicidios.

Es ahí donde la sentencia Mariana Lima es histórica, porque impulsó y generó nuevos estándares y criterios para la investigación de muertes violentas de mujeres; donde estableció que las autoridades investigadoras deben identificar cualquier patrón o práctica que pueda haber causado la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta, se deben preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia feminicida.

Tanto en el Estado de México como a nivel nacional, como defensoras de los derechos humanos, dice el Observatorio “seguimos enfrentando fallas en todas las etapas del proceso penal, desde la evaluación adecuada de los motivos de género (para que pueda catalogarse como un feminicidio), la compensación adecuada a la víctima como reparación del daño, hasta una falta de juzgamiento con perspectiva de género por parte del Poder Judicial”.

Cabe recordar que el cuerpo de Mariana Lima fue encontrado sin vida el 29 de junio de 2010 en Chimalhuacán, Estado de México. Su esposo, quien era policía judicial, aseguró que la joven de 29 años se había suicidado; sin embargo, su madre Irinea Buendía, desde el primer momento, exigió que el caso se investigara como un feminicidio, pues existían antecedentes de violencia por parte del esposo de su hija, quien actualmente se encuentra preso y en espera de una sentencia por el feminicidio de Mariana.

El 25 de marzo de 2015, fecha del nacimiento de la joven, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la sentencia Mariana Lima, a través de la cual se ordena reabrir la investigación con perspectiva de género y debida diligencia. El criterio establece que toda muerte violenta de mujeres debe ser investigada de inicio como un posible feminicidio.

SEM/MG

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