* Extienden de seis a siete semanas anteriores y el mismo número posteriores al parto
* En caso de que la hija o hijo requiera otros cuidados médicos se extenderá hasta 14 semanas
Redacción
SemMéxico, Cd. de México, 23 septiembre 2019.- La Comisión de Estudios Legislativos aprobó modificaciones al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo para extender el número de semanas de incapacidad laboral por maternidad.
Así, las madres trabajadoras tendrán derecho de tomar siete semanas anteriores
y siete posteriores al parto. En la ley actual se establece que las semanas por
alumbramiento son seis antes y seis después, precisa el dictamen.
Además, las trabajadoras podrán transferir hasta cinco de las siete semanas de
descanso previas para después del parto. Previa autorización del médico
tratante, señala el documento avalado por mayoría.
En caso de que las hijas o hijos hayan nacido con cualquier tipo de
discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de
hasta catorce semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado
médico correspondiente, dice el dictamen de la comisión que preside el senador
Manuel Añorve Baños.
Señala, además, que el objetivo va de acuerdo al Convenio C-183 de la
Organización Internacional del Trabajo que reconoce en su artículo 4 numeral 1 el
derecho de las madres trabajadoras a una licencia por maternidad de una
duración de al menos 14 semanas.
En las consideraciones del dictamen se destaca el interés de los senadores de
garantizar y mejorar las condiciones y los derechos a las madres y padres
trabajadores, no obstante, el Instituto Mexicano del Seguro Social advirtió que
la carga presupuestal podría representar cuatro mil 892 millones de pesos.
Por lo anterior, las y los legisladores destacan que las modificaciones a la ley cumplen con los parámetros y estándares internacionales, tomando en cuenta que su aplicación sea de forma ordenada y sin requerir modificaciones extraordinarias que puedan afectar el interés de las madres trabajadoras.
SEM/sj
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