Opinión| ¿Qué tanto modifica a la FEM su nuevo nombre?

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Dora Villalobos

SemMéxico, Chihuahua, Chi., 18 de agosto, 2021.- ¿Qué pretende María Eugenia Campos Galván al agregar el concepto Atención a la Familia al nombre de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por razones de Género (FEM)?

Esta pregunta ronda entre las feministas desde que conocimos la iniciativa de reformas identificada como “Reingeniería de la Administración Pública del Estado de Chihuahua” que la gobernadora electa envió recientemente al Congreso del Estado.

La pregunta es válida porque, más allá del cambio de nombre, la iniciativa no modifica las facultades de la FEM. El único cambio que propone es que la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y Atención a la Familia se haga cargo de los Centros de Justicia para las Mujeres (CEJUM).

La incógnita da pie a que las feministas hagamos advertencias. El primer temor es que, aunque la iniciativa no modifica el articulado, en la práctica le quiten a la FEM la exclusividad de atender delitos por razones de género. Que le exijan atender todo tipo de delitos que tienen que ver con la familia, aunque no sean por razones de género.

Y es que la creación de la FEM no fue tarea fácil. La sostienen leyes locales y nacionales, lineamientos internacionales y también un acuerdo muy importante que avaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Quizá quienes integrarán la próxima administración lo ignoran. Por eso hay que refrescar la memoria.

La FEM es fruto de una intensa lucha que dimos las feministas y en especial Norma Ledezma Ortega, mamá de Paloma Escobar Ledezma, asesinada en marzo de 2002.

Norma recorrió todas las instancias locales y nacionales en busca de justicia para su hija. Como no encontró respuesta, acudió a instancias internacionales. En el 2012 llegó a un acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Logró que se creara la FEM como un “acuerdo reparatorio” y como “medida de  no repetición” por el feminicidio de Paloma. Sólo eso la detuvo para no ir hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El gobierno de César Duarte Jáquez no tuvo más remedio que crear la FEM. No fue voluntad política. Al contrario, convencerlo fue difícil. Anteriormente la Fiscalía General tenía una Unidad Especial que atendía feminicidios y otros delitos de género. Norma insistía en que debía convertirse en Fiscalía Especializada. Por eso hizo el acuerdo reparatorio en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Hasta ahora, después de nueve años de funciones, la FEM ha progresado mucho. Los recursos siempre son insuficientes, pero aun así atiende a las víctimas de violencia de manera especializada. Y lo más importante, tiene claro que su razón de ser es la atención de delitos por razones de género.

En lo que podría ser exposición de motivos, la “Reingeniería de la Administración Pública del Estado de Chihuahua” incluye un apartado que se llama “Acción y Combate a la Violencia Familiar”. Presenta estadística para evidenciar que la problemática se ha incrementado en el estado y resalta el propósito de enfocar los esfuerzos para disminuir la incidencia de esta “reprobable conducta”.

Pero la Violencia Familiar es un delito que ya persigue la FEM. Lo ha hecho siempre. De hecho, el mayor número de carpetas de investigación que integra la FEM son por el delito de Violencia Familiar.

El Artículo 8 Bis de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua enumera con precisión los delitos que la FEM debe perseguir:

  • Hechos en los que se haya privado de la vida a mujeres por razones de género
  • Que atenten contra la libertad y seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual
  • Violencia familiar
  • Que atenten contra la obligación alimentaria
  • Desaparición de mujeres respecto de hechos no vinculados a la delincuencia organizada
  • Discriminación por razones de género y
  • Delitos en materia de trata de personas previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los Delitos, inclusive tratándose de niños en los términos de las disposiciones aplicables

La iniciativa de Maru Campos no modifica ninguno de los renglones anteriores. No elimina, ni agrega delitos que la FEM debe perseguir.

El único cambio que propone es que la FEM se haga cargo de los Centros de Justicia para las Mujeres (CEJUM). La iniciativa de reforma dice textualmente que la Fiscalía Especializada en Atención de Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y Atención a la Familia tendrá a su cargo: “Coordinar el esfuerzo conjunto de las dependencias y entidades de la administración pública estatal que integran los Centros de Justicia para las Mujeres en el Estado, ejerciendo funciones de control, vigilancia, supervisión y seguimiento de las responsabilidades que les competen, así como presidir el Consejo Consultivo de los Centros de Justicia para Mujeres conforme a los objetivos establecidos en el Acuerdo que les da origen”.

No es un cambio menor. Ya existe una iniciativa de reforma que propone integrar los CEJUM a la Fiscalía. Es una propuesta que presentó recientemente el Poder Ejecutivo a petición del Movimiento Estatal de Mujeres. Esta iniciativa busca también descentralizar los Centros de Justicia. Las y los diputados deberían aprovechar para hacer una reforma integral que realmente fortalezca a los CEJUM.

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