Pedirá Jara Cruz a Poder Judicial que cambie la medida cautelar a Juan Antonio V.C.

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  • En desacuerdo, dice Jara Cruz; Mecanismo: se eleva la vulnerabilidad de María Elena Ríos.
  • La defensa arguyó que la Fiscalía no acreditó la razón para que el inculpado siguiera en prisión preventiva.

Patricia Briseño

SemMéxico, Oaxaca, 23 de enero del 2023.- El gobernador del Estado, Salomón Jara Cruz anunció que solicitará al Poder Judicial del Estado de Oaxaca el cambio de medida cautelar de Juan. Antonio V.C., para que permanezca en prisión preventiva en el penal de Tanivet, aseguró que la audiencia se realizó sin perspectiva de género y señaló que “considero que, el mensaje enviado por el Poder Judicial es muy peligroso y alienta la impunidad en una entidad que históricamente ha presentado altos índices de violencia feminicida”.

En el mensaje que se emitió esta mañana señaló que “en Oaxaca no vamos a tolerar ningún tipo de corrupción, ni jueces por consigna. Es momento de promover una reforma y una transformación profunda del Poder Judicial en nuestro estado”, sentenció.

“Como titular del Poder Ejecutivo instruí a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana realizar un diagnóstico específico en el caso, y la conclusión es que no existen las condiciones materiales para dar cumplimiento al cambio de medida cautelar que el juez dictó”, dijo.

Explicó que, el domicilio en el cual se pretende llevar a cabo la prisión domiciliaria no cuenta con las condiciones mínimas de seguridad, y el Gobierno del Estado no cuenta con el personal necesario para garantizar que el procesado no evadirá la acción de la justicia.

Desde el pasado sábado, el gobernador Jara Cruz había emitido otro comunicado, en el que señaló estar en desacuerdo con la resolución del juez de la causa en el caso de María Elena Ríos Ortiz, quien este fin de semana cambió la medida cautelar al presunto autor intelectual del ataque con ácido que sufrió en septiembre de 2019. Delito que en el comunicado de prensa es mencionado como “tentativa de homicidio” y no como está abierta la causa: tentativa de feminicidio.

También este fin de semana, la Coordinación Ejecutiva Nacional del Mecanismo de Protección Federal para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, manifestó su preocupación por la decisión del juez de control, Teódulo Pacheco Pacheco. En otro documento, la defensa del inculpado Juan Antonio V.C. señaló que solicitaron la revisión de la libertad caucional, por haber excedido el plazo legal de dos años que la ley contempla, dado que la Fiscalía estatal no acreditó la razón por la cual debería continuar en reclusión en el penal de Tanivet.

Este sábado por la tarde, el juez tras seis días de audiencia, resolvió que Juan Antonio V. C. pudiera llevar el proceso judicial en su contra “en prisión domiciliaria” por lo que ordenó su excarcelación, ante ello Jara Cruz dijo que es respetuoso de las decisiones del Poder Judicial, pero indicó que el exdiputado local del PRI y empresario gasolinero debió haber sido mantenido en prisión preventiva hasta hacer justicia a la joven saxofonista.

De acuerdo con el comunicado de prensa, emitido la tarde noche del sábado 21, el gobernador oaxaqueño afirma que “la violencia en contra de las mujeres requiere el compromiso de los tres Poderes del Estado, por lo que no se puede ser indiferente ante esta determinación”.

El texto explica en qué consistió la audiencia de revisión de medida cautelar “a que tiene derecho el imputado” con motivo de la promoción presentada por su abogado defensor conforme al artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) y derivado de una enfermedad que presenta, excusa el comunicado.

Por ello señala que “el imputado demostró estar enfermo. Por esta razón, el Juez le impuso como medida cautelar la consistente en la sujeción domiciliaria, con guardia y vigilancia de la Policía Estatal las 24 horas del día, además de colocación de brazalete electrónico”.

La Defensa

Por su parte, la defensa del imputado informó que el cambio de la medida caucional a su representado, Juan Antonio V., de prisión preventiva a arraigo domiciliario “se debió a que excedió el plazo legal de dos años que la ley contempla para tales efectos».

“La Fiscalía General del Estado no acreditó en ese plazo legal, la razón por la cual debería continuar en reclusión en el penal estatal de San Francisco Tanivet, Oaxaca”, asentó.

“Creemos firmemente en el trabajo que realizan las instituciones de procuración de justicia, y reiteramos la postura que asumimos desde el principio respetando sus determinaciones a pesar del linchamiento y la presión mediática que se ha ejercido en nuestra contra en todo momento”.

El Mecanismo

Por otra parte, la Coordinación Ejecutiva Nacional del Mecanismo de Protección Federal para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, manifestó su preocupación por la decisión del juez de control Pacheco Pacheco, al dictar un cambio en la medida cautelar a favor del presunto autor intelectual del ataque con ácido a la saxofonista oaxaqueña, María Elena Ríos. 

“Esta resolución alienta la situación de vulnerabilidad y latente riesgo en que se encuentra María Elena Ríos y su familia, y en ese sentido, envía un mensaje de impunidad y revictimización”, expuso.

A través de una comunicación, el área de la Secretaría de Gobernación reiteró su compromiso para seguir asumiendo el esquema de protección que sea necesario tanto para la víctima directa e indirectas, ante este nuevo contexto.

Se refirió también a que este caso “ha cimbrado a la sociedad mexicana al visibilizar, una vez más, las condiciones de discriminación estructural a la que se enfrentan las mujeres que buscan justicia en nuestro país”.

Ante la importancia del caso llamó a las autoridades ministeriales y judiciales de Oaxaca, para que “en el ámbito de su competencia garanticen la seguridad de Ríos Ortiz y familia a través de los procedimientos previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales”.

De igual forma exhortó que, a través de los mecanismos procesales de la misma legislación nacional, “se impulse una revisión exhaustiva de la decisión dada a conocer en el presente caso, lo anterior, en apego al mandato constitucional que obliga a todas las autoridades a proteger el derecho a defender derechos humanos”.

SEM/pb/sj/MG

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