Reformas para garantizar mayores derechos a las mujeres trabajadoras embarazadas

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  • Además del pago del subsidio por embarazo al inicio de la incapacidad.
  • Adiciones a la Ley del IMSS artículos 102 Bis y 101.

Elda Montiel  

SemMéxico, Ciudad de México, 26 de septiembre del 2022.- La Cámara de Diputados aprobó por mayoría de votos dictamen que garantiza que las mujeres trabajadoras embarazadas derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedan transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del alumbramiento y que reciban el pago del subsidio por embarazo al inicio de la incapacidad.

En el argumento, la diputada morenista Angélica Ivonne Cisneros Luján, presidenta de la Comisión de Salud, expresó que el propósito es garantizar mayores derechos a las mujeres trabajadoras embarazadas que han dado “una lucha silenciosa para transferir semanas del período prenatal al período postnatal”. 

Además de establecer los vínculos que genera la lactancia materna entre la madre, hijo o hija, para garantizar tiempos de calidad durante el período de crianza.

La adición al Artículo 102 Bis a la Ley del Seguro Social establece que, la solicitud expresa de la asegurada, con la previa autorización escrita del médico a cargo del control y vigilancia prenatal, ya sea del IMSS o particular, y con la opinión del patrón o jefa y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrán transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después de su culminación. 

El dictamen, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, también adiciona un tercer párrafo al Artículo 101 de la Ley del Seguro Social, a fin de que el subsidio en dinero otorgado durante el embarazo y puerperio, a solicitud expresa de la asegurada certificada de su estado de embarazo por el IMSS, con atención médica institucional o externa, se pagará mediante la emisión de un certificado único de incapacidad por 84 días.

El cual deberá ser entregado en una sola exhibición, desde el inicio de la incapacidad, dentro del periodo de las 34 a las 38 semanas de gestación. 

Cisneros Lujan consideró que “Se le da certeza y tranquilidad económica a la mujer embarazada”.

Agregó que se garantiza los derechos de las mujeres embarazadas derechohabientes del IMSS al evitar que la solicitud hecha por la asegurada esté sujeta a la interrupción, discrecionalidad o criterios diferentes de las áreas administrativas. “Va por la tranquilidad emocional y económica de las trabajadoras embarazadas”.

Por su parte el diputado Alejandro Carbajal Hidalgo de Morena, precisó que la reforma es fundamental para las mamás que tienen un hijo/a y que requieren más tiempo con el niño/a. Además, que expuso que las madres enfrentan situaciones adversas, ya que más de la mitad de las mujeres se ven obligadas a abandonar el trabajo cuando tienen una hija y/o hijo al hacerse cargo de la familia, según los indicadores. 

“La LXV Legislatura ha visto por los derechos de la seguridad social; somos una de las legislaturas que más ha generado iniciativas y dictámenes en favor de las trabajadoras y de los trabajadores de México”, añadió.

SEM/MG

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