Resolución el INAI para que SEDENA informe sobre obras en predio del Aeropuerto Felipe Ángeles

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Recomiendan que la comunidad de Santa Ana Nextlalpan diga si se cumplió con los acuerdos como la reconstrucción del Puente de Santiago

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 11 de septiembre 2022.- El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) debe informar sobre proyectos de construcción en los predios donde se construyó el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, porque es de interés público.

La resolución señala que debe proporcionar la descripción de los trabajos realizados o por realizar, la dependencia que gestionó los mismos desde enero del 2019 hasta el 19 de julio del presente año, en los predios del Ejido de Santa Ana Nextlalpan en el Estado de México, donde se ubica una de las obras insignia de la presenta administración. 

Es debido al interés público por lo que la comisionada Norma Julieta del Río Venegas especificó que no debe dejarse de lado que estos predios fueron adquiridos a precios quizá por debajo de los apropiados, y también, de acuerdo a la ley, con expropiaciones y en algunos casos utilizar el uso de la fuerza.

Por lo anterior, la comisionada también recomendó que ayudaría mucho contar con los testimonios de las y los habitantes de las comunidades que integran el municipio para que den cuenta del cumplimiento cabal de los acuerdos que se habrían generado.

Se detalló que a la petición inicial de una persona sobre los proyectos realizados en los terrenos donde se ubica el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, desde enero del 2019 a julio del 2022, la SEDENA respondió a través de las Direcciones Generales de Ingenieros y Administración después de una “exhaustiva búsqueda” no se tenía expresión documental respecto a la petición, por lo que tenía que turnarla a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).

Ante la inexistencia de la información según la Sedena la persona presentó recurso de revisión ante el INAI.

El sujeto obligado hizo una nueva búsqueda y respondió que se encuentra realizando las gestiones internas necesarias para la reparación y reconstrucción del puente conocido como “Puente de Santiago” para el ejido de Santa Ana Nextlalpan, bajo los trabajos siguientes: a) elaboración del cálculo estructural, b) volúmenes de materiales y c) obtención de materiales y Asesoramiento.

También la comisionada reconoce que el sujeto obligado hizo las investigaciones que dieron como respuesta la inexistencia de información, sin embargo, si consta un acuerdo entre representantes del Gobierno Federal y representantes de la comunidad sobre el acuerdo, suscrito en 2019, acerca de trabajos de reparación o reconstrucción del Puente de Santiago, gestión y mantenimiento de zanjas y canaletas, que no fueron proporcionadas a la solicitud de la persona.  

El INAI no tiene constancia de que la Sedena haya notificado al recurrente la entrega de información que envío en los alegatos y que puede advertirse que la citada Secretaría no se pronunció respecto al traslado del material para el revestimiento de caminos ejidales, así como el apoyo o gestión del mantenimiento de zanjas y canaletas, por lo que se considera que no llevó a cabo una búsqueda exhaustiva de la información.   

El Pleno del INAI revocó la respuesta de la SEDENA y le instruyó: “Informar a la persona recurrente la fecha de los trabajos realizados; la descripción de los trabajos realizados y la dependencia que realizó la gestión de los trabajos realizados, respecto de la reparación y reconstrucción del puente conocido como “Puente de Santiago”.

Asimismo, deberá turnar de nueva cuenta la solicitud a la Dirección General de Ingenieros y a la Dirección General de Administración para que realicen la búsqueda de la fecha, descripción y la dependencia que realizó la gestión de los trabajos realizados o por realizar.

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